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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (02/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 227575 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de agosto de 2002 Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Minis- tro de Salud y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de agosto del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 13841 Autorizan viaje a funcionaria de la DIGEMID para participar en la V Reunión de la Comisión Mixta Peruano Chilena de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1253-2002-SA/DM Lima, 26 de julio del 2002 Visto el Expediente Nº R042639-02 y Memorándum OFICE Nº 624-2002, de la Oficina de Financiamiento, In- versiones y de Cooperación Externa; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Santiago de Chile, el 3 y 4 de junio del 2002, se llevó a cabo la "V REUNIÓN DE LA COMI- SIÓN MIXTA PERUANO CHILENA DE ESTUPE- FACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS"; Que, fue conveniente la asistencia de doña Natalia Margarita DELGADO VALDIVIA de PALOMINO, Directora Ejecutiva de Registro y Normas de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27619, Ar- tículo 17.1º de la Ley Nº 27444 y Artículo 8º literal l) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar con eficacia al 3 de junio del 2002 el viaje, de doña Natalia Margarita DELGADO VALDIVIA de PALOMINO, Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Direc- ción General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DI- GEMID, por su participación en la "V REUNIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA PERUANO CHILENA DE ESTUPEFA- CIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS", del 3 al 5 de junio del 2002, en la ciudad de Santiago de Chile, de- biendo presentar a su retorno un informe sobre su partici- pación. Artículo 2º.- Los gastos que origine el cumplimiento de la presente Resolución fueron asumidos por el Tesoro Pú- blico, según detalle: Pasajes S/.1,427.11 Viáticos S/.2,091.00 Tarifa de Corpac S/. 87.12 ----------------- TOTAL S/.3,605.23 Artículo 3º.- La presente Resolución no concede dere- cho a exoneraciones aduaneras de ningún tipo o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 13722TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban modificación de diversos procedimientos del TUPA del Minis- terio, en la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil DECRETO SUPREMO Nº 037-2002-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; Que, mediante Resolución Directoral Nº 036-2002-MTC/ 16.15, se modificó el numeral II.1 del procedimiento de en- trega y rendición de viáticos para inspectores con fondos de caja chica, aprobado por Resolución Directoral Nº 115- 2001-MTC/15.16, modificada por Resolución Directoral Nº 121-2001-MTC/15.16, a fin de adecuar los montos de viá- ticos para inspecciones que realiza la Dirección General de Aeronáutica Civil en el extranjero, a la escala vigente de viáticos por viajes al exterior aplicable a los funcionarios públicos o cualquier persona que viaje en representación del Estado; Que, en tanto el monto del derecho de tramitación se determina en función al importe del costo que su ejecución genera para la entidad por el servicio prestado, correspon- de modificar los derechos de tramitación del concepto "In- ternacional-adicional por día" establecido en los Procedi- mientos Nºs. 05, 08, 09, 11, 12, 13, 16 y 18 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que forman parte del TUPA del Ministerio, lo cual permitirá cubrir los montos de la es- cala de viáticos vigente, aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, asimismo, se han evaluado los costos por dere- cho de trámite del Procedimiento Nº 5 de la citada Direc- ción General, referidos a la evaluación del personal aero- náutico, determinándose que es necesario reducir el co- bro por derecho trámite en los rubros de vuelo nacional e internacional, en los casos específicos de tripulantes auxi- liares y técnicos; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, una vez aprobado el TUPA, toda modificación que implique el incremento de derechos de tramitación, debe realizarse por Decreto Supremo del Sector; Que, mediante Ley Nº 27779 se aprueba la Ley Orgáni- ca que modifica la organización y funciones de los Ministe- rios, estableciéndose la nueva denominación y funciones del Ministerio Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción; De conformidad con el numeral 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27779 y la Ley Nº 27444; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la modificación de los Procedi- mientos Nºs. 05, 08, 09, 11, 12, 13, 16 y 18 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la sección corres- pondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, con- forme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de julio del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones