Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2002 (03/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de agosto de 2002

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la desaparicion de bienes entregados a la Municipalidad Distrital de Huangascar
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 344-2002-MTC/15.02 MORDAZA, 13 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Convenio de Cesion de Uso Nº 014-98-MTC/ 15.17, suscrito el 16 de junio de 1998 el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, representado por el Director General de Caminos entrego al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Huangascar de la provincia de Yauyos, una mezcladora de concreto y una camioneta; Que, con Memorandum Nº 1153-2001-MTC/15.06, el Procurador Publico del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion manifiesta que segun los antecedentes remitidos por la Oficina de Equipo Mecanico de la Direccion General de Caminos se ha determinado la desaparicion de los bienes a que se refiere el considerando precedente; Que, mediante Informe Nº 003-2002-MTC/15.17.05, el Director de la Oficina de Equipo Mecanico manifiesta que los bienes que fueron entregados a la Municipalidad Distrital de Huangascar mediante Convenio de Cesion en Uso, no han sido devueltos; Que, la situacion descrita amerita la intervencion del Procurador Publico de este Ministerio, a fin de defender los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra la Municipalidad Distrital de Huangascar de la provincia de Yauyos y contra los que resulten responsables de los hechos que senala la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como de los antecedentes al mencionado Procurador Publico para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 13824

porte Acuatico del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 (28.FEB.2001), se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y por el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 271-2002-MTC/15.15.03 y 1402002-MTC/15.15.al, respectivamente, la citada Empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 4012001-MTC/15.15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa CALIDAD E.V.H. SRL., la Licencia Nº 020-2002-MTC/15.15-SAN, para que preste Servicio de Avituallamiento a Naves en MORDAZA y Terminal Portuario del CALLAO; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- La Licencia que se otorga por el articulo precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte. Articulo 3º.- La Licencia de Servicio de Avituallamiento a Naves que se otorga por el Articulo 1º de la presente Resolucion Directoral implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A., y las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FARROMEQUE MORDAZA Director General (e) Direccion General Transporte Acuatico 13326

Otorgan licencia a Calidad E.V.H. SRL. para prestar servicio de avituallamiento a naves en MORDAZA y Terminal Portuario del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 136-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 25 de junio de 2002 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-006713) presentada por CALIDAD E.V.H. SRL., pidiendo Licencia para la prestacion de Servicio de Avituallamiento en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Trans-

PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial a presuntos responsables de irregularidades en la construccion de la obra "Modulo Basico de Justicia de Caraz-Ancash"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 139-2002-P-PJ MORDAZA, 1 de agosto del 2002

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