Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2002 (03/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, sabado 3 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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Magistratura, se nombra a los Fiscal Adjuntos Provinciales Titulares del Pool de Fiscales del Distrito Judicial del Cusco; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a los Fiscales Adjuntos Provinciales Titulares del Pool de Fiscales del Distrito Judicial del Cusco: - MORDAZA Villena MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munares Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial del MORDAZA, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 13884

Ilo y departamento de MORDAZA, a la MORDAZA Zepita Nº 512, distrito y provincia de Ilo y departamento de Moquegua. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 13828

Prorrogan plazo otorgado a la EDPYME Crear Tacna para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 678-2002 MORDAZA, 18 de MORDAZA del 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes inmuebles adjudicados que forman parte del Anexo de la presente Resolucion, presentada por la EDPYME CREAR TACNA, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, la EDPYME debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº EDPYME-0071-2000 establece los procedimientos a seguir para la constitucion de provisiones para los bienes adjudicados o recuperados con prorroga y en el numeral 4 que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E" mediante Informe Nº DESF "E" 0892002/OT y con el visto MORDAZA del Departamento Legal; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 807-99 del 26 de agosto de 1999; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que EDPYME CREAR TACNA proceda a la enajenacion de los bienes adjudicados senalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, la EDPYME CREAR TACNA debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision con cargo a los resultados del mes en que se vencio el referido plazo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca

SBS
Autorizan a la EDPYME Crear Tacna S.A. el traslado de agencia ubicada en la provincia de Ilo
RESOLUCION SBS Nº 670-2002 MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME CREDITOS DE ALCANCE REGIONAL TACNA S.A., EDPYME CREAR TACNA, para que se le autorice el traslado de su Agencia de Ilo ubicada en el MORDAZA MORDAZA Nº 450-B, distrito y provincia de Ilo y departamento de MORDAZA, a la MORDAZA Zepita Nº 512, distrito y provincia de Ilo y departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de Directorio de fecha 10.5.2002, la EDPYME CREAR TACNA aprobo el traslado de su Agencia de Ilo ubicada en el MORDAZA MORDAZA Nº 450B, distrito y provincia de Ilo y departamento de MORDAZA, a la MORDAZA Zepita Nº 512, distrito y provincia de Ilo y departamento de Moquegua; Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E", mediante Informe DESF"E" Nº 088-OT/2002; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular SBS Nº EDPYME-13-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la EDPYME CREAR TACNA S.A., para efectuar el traslado de su Agencia de Ilo ubicada en el MORDAZA MORDAZA Nº 450-B, distrito y provincia de

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