Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2002 (22/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 22 de agosto de 2002

Los convenios correspondientes a fraccionamiento de deudas no tributarias asi como de omisos y subvaluadores, realizados en la modalidad de "Convenio Manual" no podran ser reestructurados. El pago de las cuotas de convenios de fraccionamiento no incluiran reajustes ni moras. En casos extraordinarios de precariedad economica, para el fraccionamiento o reestructuracion de convenios, previa autorizacion del Director de la Oficina de Administracion Tributaria se podra disminuir el porcentaje de la cuota inicial y ampliar las cuotas hasta un numero de quince (15) incluida la cuota inicial. Articulo Quinto.- Para el caso de las multas administrativas, se concederan las siguientes rebajas: 1.- Multas impuestas hasta el 31.12.2000.- 80% de descuento 2.- Multas impuestas durante el ano 2001.- 70% de descuento 3.- Multas impuestas al 01.01.02 al 31.07.02.- 60% de descuento No se incluyen en estos beneficios las multas administrativas impuestas por arrojar basura y/o desmonte en la via publica, asi como las impuestas por infracciones de transporte, quienes solo gozaran del descuento correspondiente a pronto pago que establecen las Ordenanzas Nº 003-C/MC y Nº 015-C/MC de fecha 31 de marzo y 1 de junio de 2001, respectivamente. Se concedera fraccionamiento de multas administrativas en los casos en que estas superen el 5% de la UIT, para lo cual se consignara una cuota inicial minima de 20% de la deuda. El numero MORDAZA de cuotas en que podran fraccionarse las multas es de 10 cuotas incluida la cuota inicial, las cuales no podran ser inferiores a S/. 30.00 (Treinta con 00/100 nuevos soles). Las multas administrativas impuestas por arrojar basura y/o desmonte en la via publica, asi como las impuestas por infracciones de transporte, en los casos que MORDAZA transcurrido el termino de pronto pago establecido en las Ordenanzas Nº 03-C/MC y Nº 15-C/MC, podran fraccionarse en los terminos senalados en el parrafo precedente, de manera especial con las visaciones del Director de Saneamiento Ambiental y del Director de Desarrollo MORDAZA, respectivamente segun corresponda. Articulo Sexto.- La vigencia de la presente ordenanza sera hasta el 31 de agosto del ano 2002. Articulo Setimo.- Dispensar de la lectura del acta para su inmediato cumplimiento. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 14925

Locales, fomentan el bienestar de los vecinos, administrar los espacios publicos, controlar las construcciones, remodelaciones y demoliciones de los inmuebles, segun los Articulos 3º y 65º de la Ley Nº 23853. Que, segun el Informe Nº 434-02-DDU/MC, se manifiesta que existe un gran numero de propietarios de inmuebles construidos Sin Licencia de Obra (antes construccion), que no se han acogido a la Amnistia otorgada por Ordenanza Nº 26-2001-C/MC, por lo que la Direccion de Desarrollo MORDAZA se pronuncia favorablemente con la ampliacion de la vigencia de dicha Ordenanza. Que, segun Informe Nº 583-2002-OAL/MC, la Oficina de Asesoria Legal manifiesta su conformidad con la ampliacion de la vigencia de la mencionada Ordenanza. Estando a lo expuesto y en uso de la facultad establecida en el Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853. El Pleno del Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Ampliar hasta el 31 de diciembre del 2002, la vigencia de la Ordenanza Nº 26-2001-C/MC, que establece la Amnistia de Licencia de Obra (antes Licencia de Construccion). Articulo Segundo.- Podran acogerse a lo dispuesto en el articulo anterior los propietarios que ejecutaron construcciones Sin Licencia de Obra hasta el 31 de MORDAZA del 2002, siempre y cuando sus predios se destinen a MORDAZA habitacion y/o comercio menor. Articulo Tercero.- Dispensar de la lectura del Acta, para su inmediato cumplimiento. Registrese, comuniquese, cumplase, archivese. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 14920

Aprueban el Cuadro Tarifario para el Camal Municipal
ORDENANZA Nº 060-C/MC Comas, 07 de agosto de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION ORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA Visto: El Dictamen de la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, respecto al Informe Nº 002-2002-DM/MC, referente al Cuadro Tarifario por los Servicios que brinda el Camal Municipal, fijados mediante Resolucion de Alcaldia Nº 026-2002A/MC. CONSIDERANDO:

Prorrogan vigencia de ordenanza que establecio amnistia de licencia de obra
ORDENANZA Nº 059-C/MC Comas, 7 de agosto de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION ORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA Visto: El Dictamen de la Comision de Desarrollo MORDAZA, respecto al Informe Nº 434-2002-DDU/MC por el cual se solicita ampliacion del termino de vigencia de la Amnistia de Licencia de Construccion (Obra) que fuera aprobado por Ordenanza Nº 26-2001-C/MC. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los Servicios Publicos

Que, la Comision de Administracion, Planificacion, Economia y Finanzas, en reunion de trabajo del dia 06 de agosto del 2002, con participacion de los Directores de Desarrollo Economico; Planificacion y Presupuesto; analizaron el Cuadro Tarifario aprobado y concordaron en senalar que el Cuadro Tarifario responde a la necesidad de regular las tarifas de los servicios que brinda el Camal Municipal, cuyos costos estan enmarcados dentro de los que rigen en el libre MORDAZA, en la perspectiva de captar ingresos propios para coberturarlos en el Presupuesto Municipal, siendo factible su ratificacion para respaldar la propuesta; Estando a lo expuesto y en uso de la facultad establecida en el Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853. El Pleno del Concejo por MAYORIA aprobo la siguiente:

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