Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2002 (04/12/2002)


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DECRETO DE ALCALDIA Nº 158 MORDAZA, 21 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de diciembre de 2002

Que, con fecha 3 de octubre ultimo se ha dictado el Decreto de Alcaldia Nº 134, que dispone la convocatoria de procesos de licitacion publica en las rutas del Plan Regulador de Rutas de MORDAZA que se encuentren en calidad de desiertas; la convocatoria de procesos de autorizacion en las rutas del Plan cuyos recorridos no comprenden vias de acceso restringidas; establece requisitos y condiciones para obtener la ampliacion y/o renovacion de la autorizacion o concesion para prestar el servicio de transporte regular en vias de la jurisdiccion de la Provincia de Lima; Que, se ha recibido solicitudes de transportistas para la no publicacion del Decreto de Alcaldia en referencia; Que, es conveniente suspender los efectos del indicado Decreto; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, las Ordenanzas Municipales Nº 104 y Nº 131 y la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre Nº 27181; SE DECRETA: Articulo Unico.- Suspendase por el plazo de 120 dias calendario el Decreto de Alcaldia Nº 134 del 3 de octubre de 2002. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 21260

dicho incumplimiento, de conformidad con la MORDAZA parte del Art. 49º del Reglamento acotado; Que, advirtiendose deficiencias en el presente MORDAZA de seleccion conforme a lo informado por el Departamento de Logistica y con la finalidad de superarlas, es necesario declarar de oficio la nulidad del mismo mediante el presente acto administrativo, debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano y comunicarse a las instancias administrativas correspondientes; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el D.S. Nº 012-2001-PCM y el D.S. Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de Oficio la Nulidad del MORDAZA de Seleccion por Concurso Publico Nº 002-2002SAT-SERVICIOS para la contratacion de una empresa que brinde el servicio de seguridad y vigilancia, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolucion, debiendo retrotraerse al estado de Convocatoria. Articulo 2º.- Autorizar al Comite Especial para efectuar la convocatoria del Concurso Publico Nº 002-2002SAT-SERVICIOS, con observacion de las normas legales vigentes. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VIDALON MORDAZA Gerente (e) de Administracion 21369

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Rectifican rubro correspondiente a Administracion Tributaria, punto 01, Declaraciones Juradas, del MORDAZA 2002 del municipio
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-02-MDB Barranco, 27 de noviembre de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO, CONSIDERANDO:

Declaran nulidad de concurso publico para la contratacion de empresa de seguridad y vigilancia
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION DE GERENCIA DE ADMINISTRACION Nº 03-05-00000025 MORDAZA, 3 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia de Administracion Nº 0019-02-SAT/03 del 12 de marzo de 2002 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, para el ejercicio fiscal 2002; Que, mediante Informe Nº 49-82-00000014 del 2 de diciembre de 2002 el Departamento de Logistica reporta que la convocatoria del Concurso Publico Nº 0022002-SAT-SERVICIOS para la contratacion de una empresa de seguridad y vigilancia no se efectuo simultaneamente en dos diarios sino que el dia sabado 30 de noviembre solo se difundio a traves del Diario Oficial El Peruano; Que, el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales senaladas en el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y en efecto en el presente MORDAZA de seleccion se ha prescindido de las normas esenciales del procedimiento establecido para la etapa de convocatoria, constituye causal de nulidad de las etapas siguientes y lo retrotrae al momento anterior a aquel en que se produjo

Que, haciendo uso de las facultades otorgadas en la Constitucion Politica del Estado, la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Ordenanza Nº 086-MDB se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2002 de la Municipalidad de Barranco, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de acuerdo al Informe Nº 020-2002-MDB-DM/OP de la Oficina de Planeamiento del 10-4-02 y el Informe Nº 0042-2002-MDB-OAT de la Oficina de Administracion Tributaria del 22-3-02, se ha detectado un error material en el MORDAZA 2002, en el rubro correspondiente a Administracion Tributaria en el punto 01 "DECLARACIONES JURADAS" al senalarse como derecho de pago: S/. 0.194", siendo lo correcto: "0.194% UIT" Que, segun el Articulo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, senala que la modificacion del MORDAZA que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos se debe realizar por Decreto de Alcaldia; Que, en conformidad con la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y los Articulos 38º la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

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