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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (04/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 234493 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de diciembre de 2002 vés del Sistema Peruano de Normalización, del cual for- man parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolu- ción Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y ac- tualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizar- se con la participación de representantes de todos los sec- tores involucrados: producción, consumo y técnico, consti- tuidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normaliza- ción Permanentes: a) Geotecnia, b) Cementos, Cales y Yesos, y c) Petróleo y sus Derivados. Combustibles Líqui- dos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comi- tés Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización indica- dos, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Perua- nas (PNTP) en las fechas siguientes: a) Geotecnia, 1 PNTP, el 1 de julio del 2002. b) Cementos, Cales y Yesos, 4 PNTP, el 8 de julio del 2002. c) Petróleo y sus Derivados. Combustibles Líquidos, 1 PNTP, el 15 de agosto del 2002. Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas citados fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elabora- ción y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusión Pública por un período de sesenta días calendario, contados a partir del 9 de setiembre del año en curso; Que, de estas Normas Técnicas Peruanas propuestas las: NTP 334.009:1997, NTP 334.057:1980 y NTP 321.059:1988, quedan reemplazadas por nuevas ediciones, siendo las de- más Normas Técnicas Peruanas nuevas versiones; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación, como Normas Técni- cas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legis- lativo Nº 807 y la Resolución Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reuni- dos en su sesión de fecha 114 de noviembre del 2002; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Perua- nas, las siguientes: NTP 339.179:2002 SUELOS. Modulo de suelos de subra- sante y materiales no tratados de ba- se/sub-base. 1ª Edición. NTP 334.009:2002 CEMENTOS. Cementos Portland. Re- quisitos. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 334.009:1997 NTP 334.057:2002 CEMENTOS. Método de ensayo para determinar la fluidez de morteros de ce- mento Portland. 1ª Edición. Reemplaza a la NTP 334.057:1980 NTP 334.118:2002 CEMENTOS. Método de ensayo para la determinación cuantitativa de fases en clinker de cemento Portland me- diante el procedimiento microscópico de conteo de puntos. 1ª Edición. NTP 334.119:2002 CEMENTOS. Método de ensayo para la determinación de la finura del ce- mento Portland y crudos por los tami- ces 300 m (N 50), 150 m (N 100), y 75 m (N 200) por el método húmedo. 1ª Edición. NTP 321.059:2002 PETRÓLEO Y DERIVADOS. Emul- siones asfálticas catiónicas. Especifi- caciones. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 321.059:19 83Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Téc- nicas Peruanas: NTP 334.009:1997 CEMENTOS. Cemento Portland. Re- quisitos NTP 334.057:1980 CEMENTOS. Método de ensayo para determinar la fluidez de morteros de ce- mento hidráulico NTP 321.059:1983 MATERIALES BITUMINOSOS. Emulsiones asfálticas catiónicas. Requisitos Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 21262 Designan Secretaria Técnica de la Comi- sión Delegada de Procedimientos Con- cursales del Indecopi que opera en ESAN RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 175-2002-INDECOPI/DIR Lima, 29 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 788 y en la Ley Nº 27809, Ley General del Sistema Con- cursal y en el marco de la descentralización de sus funcio- nes, el Indecopi ha suscrito Convenios de Delegación de Fun- ciones con distintas entidades de prestigio, públicas y priva- das, estableciendo Comisiones Delegadas de Procedimien- tos Concursales encargadas de tramitar y resolver los proce- dimientos a que se refiere la Ley en referencia; Que en ese contexto, resulta pertinente efectuar la de- signación correspondiente al cargo de Secretario Técnico de la Comisión Delegada de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en la Escuela Superior de Adminis- tración de Negocios -ESAN-; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio; y, De conformidad con el inciso e) del artículo 5º del De- creto Ley Nº 25868; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señorita Cecilia Elena Noriega Febres en el cargo de Secretaria Técnica de la Comisión Dele- gada de Procedimientos Concursales del Indecopi que opera en la Escuela de Administración de Negocios -ESAN-. Artículo 2º.- Dejar sin efecto el encargo de funciones efectuado a la señorita Celia Mariela Mercedes Candela Véliz, a que se refiere la Resolución de Presidencia de Di- rectorio Nº 147-2002-INDECOPI/DIR, dándosele las gra- cias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR ALMEYDA TASAYCO Presidente del Directorio 21296 Designan fedataria del Indecopi RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 176-2002-INDECOPI/DIR Lima, 29 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 127º de la Ley del Procedi- miento Administrativo General, Ley Nº 27444, cada enti-