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Pág. 234482 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002- MTC, se exceptuó de los alcances del numeral 3.1 del artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectúen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido el Orden de Ins- pección Nº 0990-2002-MTC/12.04 señalando que el Ins- pector Javier Calmell del Solar Varisco, realizará chequeo de proficiencia a personal aeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A. como parte de su chequeo en la aeronave Airbus, modelo A-320, en la ciudad de Sao Pau- lo, República Federativa de Brasil, durante los días 11 al 13 de diciembre de 2002; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0990-2002-MTC/ 12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Re- solución Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Calmell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, durante los días 11 al 13 de diciembre de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolución Mi- nisterial; Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, según el siguien- te detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 21261 Autorizan viaje de funcionario a Uru- guay para participar en reuniones or- ganizadas por la Comisión Intera- mericana de Puertos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 752-2002-MTC/02 Lima, 28 de noviembre de 2002CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha comuni- cado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que la Comisión Interamericana de Puertos - CIP de la Organi- zación de Estados Americanos (OEA), ha convocado a la Cuarta Reunión del Comité Ejecutivo y a la Tercera Re- unión de los Comités Técnicos Consultivos de la CIP, que se realizarán en la ciudad de Montevideo, República de Uruguay, durante los días 3 al 7 de diciembre de 2002, las mismas que están abiertas a todos los Estados miembros de la OEA; Que, en las referidas Reuniones se informará respecto al Acuerdo de Cooperación y Asistencia Mutua entre las Autoridades Portuarias Interamericanas, capacitación por- tuaria, de las relaciones con organismos internacionales y con el sector privado, sobre la regulación de concesiones portuarias, administración portuaria, reformas portuarias, costos portuarios, dragados, entre otros puntos de impor- tancia para los países miembros; Que, según los términos de su Memorándum Nº 737- 2002-MTC/13, la Dirección General de Transporte Acuáti- co ha considerado de sumo interés asistir a las reuniones convocadas por la CIP, en razón a los temas a que se alu- den y a que nuestro país es miembro de dicha organiza- ción internacional, señalando que la asistencia a tales even- tos posibilitará atraer inversiones del sector privado, el de- sarrollo portuario y la cooperación internacional para ca- pacitación; Que, asimismo, la empresa de dragados Jan de Nul V. de Bélgica, ha cursado invitación al Director General de Transporte Acuático para que realice una visita a las instalaciones de la cual es concesionaria para conocer operaciones de dragado y del Sistema de Concesión de Hidrovía del río Paraná y participe en el Seminario Inter- nacional de Planificación y Desarrollo Portuario, even- tos que se realizarán durante los días 9 al 12 de diciem- bre de 2002 en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, cuyos gastos por la participación del mencio- nado funcionario serán con cargo de la empresa que ha cursado la invitación; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Efraín Coll Calderón, Director General de la Dirección General de Transporte Acuático, a la ciudad de Montevideo, Repú- blica de Uruguay, durante los días 3 al 8 de diciembre de 2002, y a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, durante los días 9 al 13 de diciembre de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado para la ciudad de Montevideo, República de Uruguay, será con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 629.70 - Viáticos US$ 1,200.00 - Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el funciona- rio mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes, de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realiza- das y los resultados obtenidos durante el viaje autoriza- do. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 21342