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Pág. 235002 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de diciembre de 2002 De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560; DECRETA:Artículo 1º.- Autorízase a la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria - SUNAT, a que proceda ala colocación de ánforas adicionales en lugares distintos alos señalados en el artículo séptimo de las Bases del Sor-teo de Comprobantes de Pago aprobadas por Decreto Su-premo Nº 178-2002-EF. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas y entrará envigencia el día de su publicación en el Diario Oficial El Pe-ruano. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 22031 Declaran improcedentes recursos de queja interpuestos contra resoluciones del Tribunal Fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 540-2002-EF/10 Lima, 11 de diciembre de 2002 Visto, el recurso de queja interpuesto por DITEL S.A. contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 263-2-2001; CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de julio de 2001, DITEL S.A. interpo- ne Recurso de Queja contra la Resolución del Tribunal Fis-cal Nº 263-2-2001 del 15 de marzo de 2001, que declarainadmisible la demanda contencioso administrativa inter-puesta contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 1152-2-2000 del 24 de noviembre de 2000, por no haber cumplidocon efectuar el pago de la deuda tributaria actualizada com-prendida en las Órdenes de Pago Nºs. 024-1-15343 a 024-1-15346 ni haber presentado carta fianza bancaria o finan-ciera, de conformidad con los requisitos establecidos en elartículo 158º del Texto Único Ordenado del Código Tributa-rio, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, no obs-tante haber sido requerida para tal efecto, de conformidadcon lo dispuesto por el artículo 64º del Texto Único Orde-nado de la Ley de Normas Generales de ProcedimientosAdministrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS; Que, la quejosa alega interponer Recurso de Queja contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 263-2-2001 porno estar conforme con lo resuelto por ella, toda vez que lademanda contencioso administrativa debió ser merituadapor una Sala distinta a la que emitió la resolución impugna-da a efecto de no quebrantar los principios de pluralidad yseguridad jurídica; Que, de acuerdo a lo informado por el Tribunal Fiscal mediante Oficio Nº 4180-2001-EF/41.01 del 10 de diciem-bre de 2001, de lo expuesto por la recurrente se apreciaque en vía de queja pretende que se deje sin efecto la Re-solución del Tribunal Fiscal Nº 263-2-2001 del 15 de marzode 2001, lo cual no procede ya que conforme al artículo153º del Código Tributario, contra lo resuelto por el TribunalFiscal no cabe recurso alguno en la vía administrativa; se-ñalando además, que la reclamación formulada por la que-josa fue conocida en primera instancia administrativa porla Superintendencia Nacional de Administración Tributariay, en segunda instancia, por el Tribunal Fiscal, no habiendopodido acceder a la vía judicial debido a que no acreditóhaber cumplido con los requisitos de admisibilidad de lademanda contencioso - administrativa establecidos por elCódigo Tributario, cuya evaluación corresponde al TribunalFiscal conforme a lo establecido en el artículo 157º del ci- tado Código, por lo que no se atentó contra los principiosde pluralidad de instancias ni de seguridad jurídica; Que, de acuerdo a lo señalado por el artículo 155º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado porel Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el Recurso de Queja sepresenta cuando existan actuaciones o procedimientos queafecten directamente o infrinjan lo establecido en el citadocuerpo legal, mas no contra resoluciones formalmenteemitidas por el Tribunal Fiscal, respecto de las cuales elartículo 153º del citado Código Tributario prevé que no caberecurso alguno en la vía administrativa; Que, de lo señalado en las normas citadas se despren- de que si la quejosa pretende impugnar una resolución for-malmente emitida por el Tribunal Fiscal por discrepar conel sentido del fallo contenido en ella, debió hacer uso de suderecho a interponer una demanda contencioso - adminis-trativa contra la misma, presentada conforme a lo dispues-to en el Artículo 157º del Código Tributario, y no un Recur-so de Queja. De conformidad con lo establecido en el Artículo 155º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE:Artículo Único.- Declarar IMPROCEDENTE el Recur- so de Queja interpuesto por DITEL S.A. contra la Resolu-ción del Tribunal Fiscal Nº 263-2-2001, por los fundamen-tos expuestos en la parte considerativa de la presente re-solución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 21943 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 541-2002-EF/10 Lima, 11 de diciembre de 2002 Visto, el recurso de queja interpuesto por DITEL S.A. contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 568-2-2001; CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de julio de 2001, DITEL S.A. interpo- ne Recurso de Queja contra la Resolución del Tribunal Fis-cal Nº 568-2-2001 del 17 de mayo de 2001, que declarainadmisible la demanda contencioso administrativa inter-puesta contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 1208-2-2000 del 13 de diciembre de 2000, por no haber cumplidocon efectuar el pago de la deuda tributaria actualizada com-prendida en las Resoluciones de Determinación Nºs. 024-3-07738 y 024-3-07739, y en las Resoluciones de MultaNºs. 024-2-24076 a 024-2-24090, ni haber presentado car-ta fianza bancaria o financiera, de conformidad con los re-quisitos establecidos en el artículo 158º del Texto ÚnicoOrdenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Su-premo Nº 135-99-EF, no obstante haber sido requerida paratal efecto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo64º del Texto Único Ordenado de la Ley de Normas Genera-les de Procedimientos Administrativos, aprobado por De-creto Supremo Nº 002-94-JUS; Que, la quejosa alega interponer Recurso de Queja contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 568-2-2001 porno estar conforme con lo resuelto por ella, toda vez que lademanda contencioso administrativa debió ser merituadapor una Sala distinta a la que emitió la resolución impugna-da a efecto de no quebrantar los principios de pluralidad yseguridad jurídica; Que, de acuerdo a lo informado por el Tribunal Fiscal mediante Oficio Nº 4180-2001-EF/41.01 del 10 de diciem-bre de 2001, de lo expuesto por la recurrente se apreciaque en vía de queja pretende que se deje sin efecto la Re-solución del Tribunal Fiscal Nº 568-2-2001 del 17 de mayode 2001, lo cual no procede ya que conforme al artículo