Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2002 (13/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 13 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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153º del Codigo Tributario, contra lo resuelto por el Tribunal Fiscal no cabe recurso alguno en la via administrativa; senalando ademas, que la reclamacion formulada por la quejosa fue conocida en primera instancia administrativa por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria y, en MORDAZA instancia, por el Tribunal Fiscal, no habiendo podido acceder a la via judicial debido a que no acredito haber cumplido con los requisitos de admisibilidad de la demanda contencioso - administrativa establecidos por el Codigo Tributario, cuya evaluacion corresponde al Tribunal Fiscal conforme a lo establecido en el articulo 157º del citado Codigo, por lo que no se atento contra los principios de pluralidad de instancias ni de seguridad juridica; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el Recurso de Queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en el citado cuerpo legal, mas no contra resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal, respecto de las cuales el articulo 153º del citado Codigo Tributario preve que no cabe recurso alguno en la via administrativa; Que, de lo senalado en las normas citadas se desprende que si la quejosa pretende impugnar una resolucion formalmente emitida por el Tribunal Fiscal por discrepar con el sentido del fallo contenido en MORDAZA, debio hacer uso de su derecho a interponer una demanda contencioso - administrativa contra la misma, presentada conforme a lo dispuesto en el Articulo 157º del Codigo Tributario, y no un Recurso de Queja. De conformidad con lo establecido en el Articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Queja interpuesto por DITEL S.A. contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 568-2-2001, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

INEI-DTD informo al Ministerio de Economia y Finanzas sobre estimaciones actualizadas de la Poblacion al ano 2001 y Extension Territorial, entre otros indicadores requeridos; Que, el Articulo 6 del Decreto Supremo Nº 005-2002EF - Reglamento de la Ley del Canon, establece que por Resolucion Ministerial se aprobaran los Indices de Distribucion del Canon Forestal; Que, es conveniente aprobar los Indices de Distribucion del Canon Forestal correspondientes al Tercer Trimestre del ano 2002; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebense los Indices de Distribucion del Canon Forestal, correspondientes al III Trimestre del ano 2002, a aplicar a las Municipalidades Provinciales, Distritales y Gobiernos Regionales del MORDAZA beneficiadas con este Canon, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion del Canon Forestal correspondientes al III Trimestre del ano 2002, consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Recursos Naturales INRENA, segun lo establecido en el Articulo 2º literal f) del Decreto Supremo Nº 005-2002-EF y la R.M. Nº 261-2002-EF/15. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas ANEXO INDICES DE DISTRIBUCION CANON FORESTAL III TRIM 2002
GOB.LOCAL / DEPARTAMENTO / PROVINCIA / DISTRITO / GOB.REGIONAL INDICE

TOTAL GOBIERNOS LOCALES AMAZONAS

1.0000000000

MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 21944

CHACHAPOYAS CHACHAPOYAS MORDAZA BALSAS CHETO CHILIQUIN CHUQUIBAMBA GRANADA MORDAZA LA JALCA LEIMEBAMBA LEVANTO MORDAZA MARISCAL MORDAZA MOLINOPAMPA MONTEVIDEO OLLEROS QUINJALCA SAN MORDAZA DE DAGUAS SAN MORDAZA DE MAINO SOLOCO SONCHE BAGUA LA PECA ARAMANGO COPALLIN EL MORDAZA IMAZA BONGARA JUMBILLA CHISQUILLA CHURUJA COROSHA CUISPES MORDAZA JAZAN RECTA SAN MORDAZA SHIPASBAMBA MORDAZA YAMBRASBAMBA CONDORCANQUI MORDAZA EL CENEPA RIO MORDAZA 0.0015437843 0.0006602361 0.0006122109 0.0001901948 0.0000457448 0.0001873358 0.0001652462 0.0001321629 0.0004258962 0.0016956883 0.0002521069 0.0000985691 0.0001419314 0.0002923037 0.0000883242 0.0033290903 0.0011427347 0.0019076664 0.0015236349 0.0013110101 0.0025131721 0.0002062940 0.0000859076 0.0002166410 0.0002056473 0.0001988400 0.0000795428 0.0002077916 0.0004130985 0.0002656193 0.0003210644 0.0001745041 0.0003661625 0.0001872677 0.0001741297 0.0000638521 0.0002862453 0.0001435651 0.0001531633 0.0004248070 0.0000537433

Aprueban Indices de Distribucion del Canon Forestal correspondientes al III Trimestre del ano 2002, a aplicarse a Municipalidades y Gobiernos Regionales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 542-2002-EF/15 MORDAZA, 11 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 27506 - Ley de Canon, se establece que el Canon Forestal esta constituido por el 50% del pago de los Derechos de Aprovechamiento de los productos forestales y de fauna silvestre; Que, por Decreto Supremo Nº 005-2002-EF - Reglamento de la Ley del Canon en su Articulo 2º literal f) se ha aprobado la base de referencia para calcular el Canon Forestal; Que, mediante R.M. Nº 261-2002-EF/15, el Ministerio de Economia y Finanzas aprueba los criterios de distribucion del 20% destinado a las municipalidades de la provincia o provincias beneficiadas con el canon; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que los Consejos Transitorios de Administracion Regional (CTAR) se mantienen en funciones hasta la conclusion de la transferencia de sus activos y pasivos a los respectivos gobiernos regionales; Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica mediante los Oficios Nº 141-2001-INEI/DTDIS y Nº 042-2002/

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