Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2002 (13/12/2002)


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a) ORGANO DE ALTA DIRECCION Jefatura Institucional b) ORGANO DE CONTROL Oficina General de Auditoria Interna c) ORGANO DE ASESORAMIENTO Oficina General de Asesoria Juridica

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de diciembre de 2002

d) ORGANOS DE APOYO Oficina General de Administracion Oficina General de Sistemas de Informacion e) ORGANOS DE LINEA Direccion General de Concesiones Mineras Direccion General de Catastro Minero Direccion General de Derecho de Vigencia y Desarrollo CAPITULO IV DE LA ALTA DIRECCION JEFATURA INSTITUCIONAL Articulo 6º.- La Alta Direccion del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero esta conformada por la Jefatura Institucional. Articulo 7º.- El Jefe del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero es el funcionario de mas alta jerarquia en la Institucion y titular del pliego presupuestal, es designado mediante Resolucion Suprema. Ejerce la representacion legal y es el encargado de su conduccion de acuerdo a la politica del Sector. Articulo 8º.- Son funciones y atribuciones del Jefe del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero: a. Representar a la Institucion y realizar las coordinaciones necesarias con las entidades de la administracion publica y con los organismos nacionales e internacionales, en el ambito de su competencia; b. Dictar las politicas, aprobar los planes y programas del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, en concordancia con la politica del Sector asi como aprobar su organizacion interna; c. Dirigir el sistema de gestion de la calidad d. Expedir resoluciones de titulo de concesion minera, caducidad, abandono, cancelacion, renuncia de area, acumulaciones, constitucion de sociedad legal, unidades economicas administrativas y otros conforme a Ley; e. Proponer a las autoridades del Sector, los dispositivos legales pertinentes dentro del ambito de su competencia; f. Expedir Resoluciones y Directivas Normativas relacionadas con la Institucion; g. Suscribir convenios con personas naturales, juridicas y organismos de cooperacion tecnica; h. Contratar, designar, destacar, reasignar y MORDAZA al personal conforme a Ley; i. Delegar funciones de su competencia; y, j. Otras funciones que le delegue o encargue el Ministro de Energia y Minas. CAPITULO V DEL ORGANO DE CONTROL Articulo 9º.- La Oficina General de Auditoria Interna es el organo encargado de ejercer el control en todas las areas, proyectos y actividades de la Institucion, con arreglo a las normas establecidas por el Sistema Nacional de Control. Esta a cargo de un Director General, vinculado al mas alto nivel jerarquico de la entidad, ante quien reporta de modo directo. Articulo 10º.- Son funciones de la Oficina General de Auditoria Interna las siguientes: a. Ejercer las actividades de control en la Institucion, en cumplimiento de las Normas de Auditoria Gu-

bernamental aprobadas por la Contraloria General de la Republica; b. Formular el planeamiento de las actividades de Auditoria Gubernamental; c. Informar a la Alta Direccion, respecto de los resultados de las auditorias y examenes especiales practicados y remitir los informes a la Contraloria General de la Republica; d. Efectuar el seguimiento correspondiente a la implementacion de recomendaciones derivadas de auditorias y examenes especiales; e. Efectuar la auditoria a los estados financieros de la entidad, en los casos en que sea pertinente; f. Asesorar prudentemente y sin caracter vinculante al MORDAZA nivel institucional, para mejorar los procesos, practicas y mecanismos de control interno; g. Otras que le encargue la Alta Direccion. CAPITULO VI DEL ORGANO DE ASESORAMIENTO Articulo 11º.- La Oficina General de Asesoria Juridica es el organo encargado de asesorar y dictaminar en asuntos de caracter juridico y legal relacionados a las actividades del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero. Esta a cargo de un Director General que depende de la Alta Direccion. Articulo 12º.- Son funciones de la Oficina General de Asesoria Juridica: a. Asesorar a los organos de la Alta Direccion y los demas organos del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero en asuntos juridicos; b. Emitir opinion sobre aspectos legales en los procedimientos administrativos e interpretar el sentido y alcance de las normas; c. Defender los intereses y derechos de la Institucion o de sus trabajadores emplazados por el ejercicio de sus funciones, en los diferentes procesos judiciales, ejerciendo el MORDAZA de los mismos; d. Emitir opinion respecto a proyectos de Resoluciones de la Alta Direccion, convenios y otros compromisos contractuales, dentro del MORDAZA de las disposiciones de la Ley; e. Coordinar y proyectar las comunicaciones externas relativas al cumplimiento de fallos judiciales; f. Elaborar los proyectos de normas legales que deba emitir o que les MORDAZA solicitados por la Alta Direccion; g. Efectuar la recopilacion y sistematizacion de normas legales, y h. Otras que le encargue la Alta Direccion. CAPITULO VII DE LOS ORGANOS DE APOYO Articulo 13º.- La Oficina General de Administracion es el organo encargado de administrar los recursos humanos, materiales y financieros; regular la provision de bienes y servicios necesarios para el normal desenvolvimiento de los organos del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero. Ademas, es responsable de dirigir el Sistema de Administracion Documentaria y Archivo institucional. Esta a cargo de un Director General que depende de la Alta Direccion. Articulo 14º.- Son funciones de la Oficina General de Administracion: a. Proponer y Ejecutar las politicas relacionadas con los recursos humanos, financieros, materiales y de racionalizacion de la Institucion; b. Dirigir, coordinar, registrar y controlar las transacciones financieras de la Institucion; c. Coordinar la formulacion y aprobacion, asi como la ejecucion, evaluacion y control del Presupuesto de la Institucion;

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