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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (21/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 235508 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de diciembre de 2002 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 22721 Modifican resoluciones supremas me- diante las cuales se expidió cédula y se otorgó pensión de cesantía a favor de personas naturales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 201-2002-ED Lima, 19 de diciembre de 2002 Visto, el Expediente Nº 58881-2002, y demás actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 1143, de fe- cha 20 de noviembre de 1968, se expidió Cédula de Cesantía a favor de doña Zoila Rosa Aréstegui Vergara de Medina; Que, doña Zoila Aréstegui de Medina solicita la modifi- cación de la Resolución Suprema Nº 1143, en lo que se refiere a suprimir su segundo nombre y sustituir su apelli- do materno por el apellido que corresponde a su estado civil de casada, de acuerdo con la Partida de Matrimonio expedida por el Concejo Provincial de Huanta, así como conforme a su Documento Nacional de Identidad D.N.I. Nº 06027294; Que, el artículo 24º del Código Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agrega- do al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio; Que, el artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins- cripción en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el artículo 26º de la invocada norma legal señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que doña Zoila Aréstegui de Medina debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, el Documento Na- cional de Identidad (D.N.I.), constituye la única Cédula de Identidad Personal para todos los actos civiles, co- merciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del artículo 84º del Reglamento de Inscripciones del men- cionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Su- premo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Iden- tidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 405-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 1143, de fecha 20 de noviembre de 1968, en el sentido que el nombre correcto de la cesante es Zoila Aréste- gui de Medina, quedando subsistentes los demás ex- tremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección de Educación de Lima, para su conocimiento y fines pertinentes.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 22725 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 202-2002-ED Lima, 19 de diciembre de 2002 Visto, el Expediente Nº 60530-2002, y demás actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 2650, de fecha 13 de diciembre de 1972, se otorgó pensión de Cesantía a favor de doña Sara Manuela Fernández Gómez; Que, doña Sara Manuela Fernández Gómez de Iturri- zaga solicita la modificación de la Resolución Suprema Nº 2650, en lo que se refiere a adicionar el apellido de su es- tado civil de casada, de acuerdo con el Acta de Matrimonio expedida por la Municipalidad Provincial de Yauyos, así como conforme a su Documento Nacional de Identidad D.N.I. Nº 06004689; Que, el artículo 24º del Código Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agrega- do al suyo y a conservarlo mientras no contraiga nuevo matrimonio; Que, el artículo 25º del Código Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva ins- cripción en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el artículo 26º de la invocada norma le- gal señala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que doña Sara Manuela Fernández Gómez de Iturrizaga debe ser identificada con- forme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identi- dad (D.N.I.), constituye la única Cédula de Identidad Per- sonal para todos los actos civiles, comerciales, adminis- trativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, confor- me establece el inciso a) del artículo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, apro- bado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documen- to Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal me- diante el Informe Nº 419-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar la Resolución Suprema Nº 2650, de fecha 13 de diciembre de 1972, en el sentido que el nombre correcto de la cesante es Sara Manuela Fernán- dez Gómez de Iturrizaga, quedando subsistentes los de- más extremos contenidos en la misma, por los fundamen- tos expuestos en la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección de Educación de Lima, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 22726