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PÆg. 236036 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de diciembre de 2002 ANEXO A FORMATO DE PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN REFERENTE AL PRECIO ÚNICO Y CALIDAD DE COMBUSTIBLE GAS NATURAL UTILIZADO POR LAS EMPRESAS CONFORMANTES DEL COES 1. Precio Único del gas correspondiente al poder ca- lorífico alto, desagregando el costo de suministro, el cos-to de transporte y el costo de distribución, según corres- ponda. 2. Impuestos que no generen crédito fiscal.3. Calidad del gas natural - Poder calorífico Inferior LHV (BTU o kcal por pie cúbico estándar). - Poder calorífico Superior HHV (BTU o kcal por pie cúbico estándar). 4. Fórmula de reajuste, de acuerdo a lo señalado en el numeral 6.4.1. 5. Se adjuntará copia de los contratos de suministro, transporte y distribución de gas natural, según corres- ponda. 23063 JUSTICIA Crean Comisión del Sector Justicia para Apoyo, Asesoramiento y Consulta enasuntos de cooperación tØcnica, queactœe de enlace y coordinación con laAPCI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 495-2002-JUS Lima, 27 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los artículos 3º y 4º del Decreto Legislativo Nº 719 - Ley de Cooperación Técnica Internacional, la cooperación técnica internacional se canaliza a través de los organismosdel Sector Público en los niveles Central, Regional, Local, así como organizaciones, oficialmente recono- cidas, del Sector Privado y los órganos responsablesson los Ministerios y Organismos Públicos Descentra- lizados del nivel central; Que, debido a la insuficiencia de los recursos que se requieren para cumplir con los fines que la ley le asigna al Ministerio de Justicia, se ha visto por conveniente la creación de una Comisión de Coordinación del SectorJusticia, que actúe de enlace y coordinación con la Agen- cia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; Con las visaciones de las Oficinas Generales de Eco- nomía y Desarrollo y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los artículos 3ºy 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia, y el Decreto Supremo Nº 015-92-PCM, Regla- mento del Decreto Legislativo Nº 719 de CooperaciónTécnica Internacional; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Créase la Comisión del Sector Justicia para Apoyo, Asesoramiento y Consulta en asuntos decooperación técnica del Sector Justicia. Artículo 2º.- La Comisión estará integrada por los si- guientes miembros: - Un representante del Ministerio de Justicia, quien lo preside. - Un representante del Instituto Nacional Penitencia- rio. - Un representante del Archivo General de la Nación.- Un representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; y,- Un representante de la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI. Artículo 3º.- Son funciones de la citada Comisión el dar asesoramiento y consulta en materia de cooperación nacional e internacional y de manera general para obte- ner mayores recursos para el cumplimiento de los finesdel Sector. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a los Organismos Públicos Descentralizados del Sector Justi-cia. Regístrese, comuníquese y publíquese.FAUSTO HUMBERTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 23081 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el "Acuerdo de Cooperación Turística entre el Ministerio de Comer-cio Exterior y Turismo de la Repœblicadel Perœ y el Servicio Nacional de Tu-rismo de Chile" DECRETO SUPREMO Nº 107-2002-RE EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que con fecha 23 de agosto de 2002, se suscribió en la ciudad de Santiago, República de Chile, el "Acuerdo de Cooperación Turística entre el Ministerio de Co-mercio Exterior y Turismo de la República del Perú y el Servicio Nacional de Turismo de Chile"; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratifica- ción del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57º y 118º, inciso 11 de la Constitución Política del Perú, y elartículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adhe- rir a éstos sin el requisito de la aprobación previa delCongreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo de Cooperación Turística entre el Ministerio de Comercio Exterior yTurismo de la República del Perú y el Servicio Nacio- nal de Turismo de Chile" , suscrito en Santiago, Repú- blica de Chile, el 23 de agosto de 2002. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la Repúbli- ca. Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los veintio- cho días del mes de noviembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores ACUERDO DE COOPERACIÓN TURÍSTICA ENTRE EL MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL SERVICIO NACIONAL DE TURISMO DE LA REPÚBLICA DE CHILE El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de la República del Perú y el Servicio Nacional de Turismo dela República de Chile, en adelante denominados "las Partes"; Considerando lo acordado por los Jefes de Estado de ambos países en la Declaración Conjunta suscrita con