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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE ENERO DEL AÑO 2002 (16/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 215741 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de enero de 2002 Sectoriales, Departamentales y Locales que lo confor- man; Que, el Plan Nacional de Estadística, constituye el documento directriz del quehacer estadístico del Siste- ma Estadístico Nacional en sus diferentes niveles, por lo que es necesario emitir las orientaciones técnicas y pro- cedimientos que aseguren su elaboración uniforme y co- herente, en el marco de la Política Nacional de Estadís- tica de mediano plazo 2002-2006; Con la opinión favorable de la Subjefatura de Esta- dística y la visación de las Oficinas Técnicas de: Planifi- cación, Presupuesto y Cooperación Técnica y Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Infor- mática”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2002-INEI/ OTPP, sobre “Normas y Procedimientos para la formula- ción del Plan Estadístico Nacional de Corto Plazo del Año 2002”. Artículo 2º.- Los órganos integrantes del Sistema Estadístico Nacional se sujetarán a las orientaciones y procedimientos establecidos en la presente Direc- tiva. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCAD A Jefe DIRECTIVA Nº 001-2002-INEI/OTPP NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACION DEL PLAN ESTADISTICO NACIONAL DE CORTO PLAZO PARA EL AÑO 2002 I. FINALIDAD Establecer las normas y procedimientos para desa- rrollar en forma uniforme y coherente el proceso de for- mulación del Plan Estadístico Nacional y de los Planes Estadísticos Sectoriales, Departamentales y Locales en las entidades del Sector Público, en el marco de la Polí- tica Nacional de Estadística para el mediano plazo 2002- 2006. II. ALCANCE La presente directiva es de aplicación y cumplimien- to de los órganos integrantes del Sistema Estadístico Na- cional: a. Las Oficinas Sectoriales de Estadística y demás Oficinas de Estadística de los Ministerios, Organismos Centrales, Instituciones Públicas Descentralizadas y Em- presas del Estado. b. Los Organos de Estadística de los Consejos Tran- sitorios de Administración Regional. c. Los Organos de Estadística de los Gobiernos Lo- cales. d. Los Organos de Estadística de los Poderes Públi- cos y de los Organismos Autónomos. III. MARCO NORMATIVO 3.1 BASE LEGAL a. Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 560 y ampliatorias. b. Decreto Legislativo Nº 604 - Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Infor- mática. c. Ley Nº 26922, Ley Marco de Descentralización. d. Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado.e. D.S. Nº 010-98-PRES, Reglamento de Organiza- ción y Funciones de los Consejos Transitorios de Admi- nistración Regional. f. Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática. g. Resolución Jefatural Nº 243-2001-INEI, Reglamen- to del Comité de Coordinación Interinstitucional de Esta- dística e Informática. 3.2 OBJETIVOS a. Asegurar la producción de información estadística útil, oportuna y confiable para apoyar el cumplimiento de los objetivos nacionales de crear trabajo digno y produc- tivo para todos, lucha frontal contra la pobreza, descen- tralización administrativa y crear un Estado al servicio a la sociedad. b. Formular el Plan Estadístico Nacional del 2002 en correspondencia con la demanda de información de los usuarios públicos y privados del país. c. Promover y fomentar la innovación metodológica y la generación de investigaciones analíticas para garanti- zar la calidad y transparencia de la información. d. Dinamizar las actividades y funcionamiento de los Organos Consultivos del Sistema Estadístico Nacional en el nivel Central y Departamental. IV. DISPOSICIONES GENERALES 4.1 DEL CONTENIDO DE LOS PLANES a. El Plan Estadístico Nacional del 2002 y los Planes Estadísticos de los Organos del SEN, se formulan den- tro del marco de la Política Nacional de Estadística para el mediano plazo 2002-2006. b. El Plan Estadístico Nacional del 2002 debe conte- ner las principales actividades estadísticas de compe- tencia de los órganos estadísticos que conforman el Sis- tema Estadístico Nacional en el nivel central, departa- mental y local; así como las acciones que implementa- rán para el cumplimiento de los objetivos generales y específicos de la Política Nacional de Estadística en el corto plazo 2002. c. La programación de actividades y proyectos esta- dísticos deben estar en relación directa con la demanda de información estadística de las instituciones y de los usuarios de la información. d. Los Planes Estadísticos Sectoriales, Departamen- tales y Locales en su programación de actividades para el 2002, tomarán en cuenta las recomendaciones siguien- tes: ♦ Incluir acciones orientadas al mejoramiento de la calidad y transparencia de la información; así como dar amplio acceso al uso de la información. ♦ Incluir las actividades estadísticas del año 2001 cuyas etapas y/o fases continuarán en el año 2002. ♦ Considerar las actividades estadísticas de carác- ter permanente. ♦ Proseguir con la producción de estadísticas coyun- turales y estructurales necesarias para la eficaz y opor- tuna toma de decisiones, priorizando las áreas de mayor sensibilidad social. ♦ Implementar o actualizar los bancos y bases de datos estadísticos en el ámbito sectorial, departamental y local. ♦ Incluir las actividades estadísticas que forman par- te del Programa Estadístico Comunitario de la Comuni- dad Andina. ♦ Incorporar tareas relacionadas con el desarrollo de Sistemas de Consultas de Información. ♦ Considerar las actividades y metas estadísticas pre- vistas en el Plan Estratégico del Sector. ♦ Considerar acciones orientadas a mejorar e inno- var los procesos en la producción de la información es- tadística. ♦ Promover la Cooperación Técnica Internacional en el desarrollo de las actividades estadísticas del Siste- ma; así como de la capacitación y perfeccionamiento del personal.