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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2002 (26/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 216414 NORMAS LEGALES Lima, sábado 26 de enero de 2002 Crean Juzgados de Paz No Letrado y Especializado en lo Penal en los Distritos Judiciales de Arequipa y Lambayeque RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 009-2002-CE-PJ Lima, 24 de enero del 2002 VISTOS: El Oficio Nº 1599-2001-P-CSJAR/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, la solicitud de las Autoridades y vecinos del Anexo de Yanque, distrito de Chichas, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, y el Informe Nº 086-2001-SPR-GDI-GG de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa remite a este Órgano de Gobierno propuesta de Creación del Juzgado de Paz No Letrado en el Anexo de Yanque, distrito de Chichas, provincia de Condesuyos, de- partamento y Distrito Judicial de Arequipa, solicitada por las autoridades y pobladores de la referida comunidad; Que, la solicitud efectuada ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, por el Regidor Municipal y pobladores del Anexo de Yanque, tiende a la Creación del Juzgado de Paz No Letrado en el citado Anexo; fundamen- tándola en el hecho de tener población aproximada de 800 habitantes más los pobladores de los anexos vecinos, ale- jados de los Juzgados aledaños, por cuya razón sus habi- tantes no tienen acceso a una oportuna y eficaz adminis- tración de justicia; Que, la creación del Juzgado de Paz No Letrado en el Anexo de Yanque, contribuirá a resolver los conflictos que afronten los pobladores de esta comunidad y de los anexos vecinos tales como Cahuanota, Acchapuna, caseríos Quechuaña y Chase, coadyuvando a la mejor administra- ción de justicia en los lugares de la República con mayores dificultades para su desarrollo; Que, el Informe Nº 086-2001-SPR-GDI-GG, de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye en la factibili- dad de la creación del Juzgado de Paz No Letrado en el Anexo de Yanque; Que, de conformidad con el texto modificado del Artí- culo 82º, inciso 24), de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para crear y suprimir Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero Vásquez Vejarano, en sesión extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz No Letra- do en el Anexo de Yanque, distrito de Chichas, provincia de Condesuyos, departamento y Distrito Judicial de Arequipa. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, a la Fiscal de la Nación, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ALVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 1858RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 010-2002-CE-PJ Lima, 24 de enero del 2002 VISTO: El Oficio Nº 111-2002-GG/PJ de la Gerencia General del Poder Judicial y demás antecedentes, que contienen la documentación correspondiente al Módulo Básico de Jus- ticia de José Leonardo Ortiz, comprensión del Distrito Ju- dicial de Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 131-2001- CE-PJ de fecha 28 de setiembre del 2001, se creó el Mó- dulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, constitui- do por un Juzgado Mixto y un Juzgado de Paz Letrado, con las competencias territoriales que en dicha Resolución se indica; Que, los Módulos Básicos de Justicia corresponden a una nueva organización, con empleo de modernas técni- cas de gestión y administración, cuyos objetivos son mejo- rar la cobertura del sistema de administración de justicia, aumentar el ratio de juez por habitante y fortalecer los pri- meros niveles de la administración de justicia; lo que con- lleva la necesidad de monitorear y evaluar continuamente su funcionamiento, la carga procesal de sus órganos juris- diccionales, su ámbito de competencia y otros temas de índole jurisdiccional y administrativo, a fin que su funciona- miento sea del modo más óptimo posible; Que, conforme al Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz y el Informe Nº 006-2002-SPR-GP-GG, elevado a este Órgano de Gobier- no mediante Oficio Nº 111-2002-GG/PJ del Gerente Ge- neral del Poder Judicial, dicho Módulo se encuentra dis- puesto para el funcionamiento de un Juzgado de Paz Le- trado, un Juzgado Mixto y un Juzgado Especializado en lo Penal; siendo así y estando a la alta incidencia poblacional del distrito de José Leonardo Ortiz, es procedente la crea- ción del Juzgado Especializado en lo Penal en el Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz; Que, conforme al Artículo 47º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Juzgados Especializados o Mixtos pue- den tener competencia distinta a la provincial cuando así lo disponga la Ley o el Consejo Ejecutivo del Poder Judi- cial; Que, de conformidad con el texto modificado del Artí- culo 82º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para crear, su- primir y reubicar juzgados; así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Con- sejero Vásquez Vejarano, en sesión extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear en el distrito de José Leo- nardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lamba- yeque, un (1) Juzgado Especializado en lo Penal que fun- cionará en el Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, el cual iniciará funciones con carga procesal cero. El Juzgado que se crea conocerá los asuntos propios de su especialidad. En los procesos penales con Reos en Cárcel, éstos serán remitidos, luego de su calificación, a los Juzgados Especializados correspondientes de la sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Artículo Segundo.- La competencia territorial del ór- gano jurisdiccional que se crea comprende el distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque a adoptar las accio- nes jurisdiccionales y administrativas que sean necesa- rias para el cumplimiento de la presente Resolución, en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial para que disponga las acciones administra-