Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2002 (26/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de enero de 2002

Aprueban formato de Declaracion Jurada para pago de derechos de pesca de bacalao de profundidad, correspondiente a la tercera cuota del ejercicio 2001
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 027-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 25 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que la Resolucion Ministerial Nº 252-2000-PE, del 28 de setiembre del 2000, aprobo el Plan de Ordenamiento de la Pesqueria del Bacalao de Profundidad (Dissostichus eleginoides), en cuyo numeral 7.8 se establecieron las normas para efectuar el pago de derechos de pesca por concepto de explotacion del citado recurso, el mismo que deben efectuar los armadores pesqueros con permiso de pesca para el mencionado recurso; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE, del 4 de MORDAZA del 2001, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento de la Pesqueria del Bacalao de Profundidad, en cuyo Articulo 7º se adecuo el MORDAZA de pago de derechos de pesca por concepto de explotacion del bacalao de profundidad, a las normas generales que rigen los derechos de pesca contenidos en el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE Que asimismo por Decreto Supremo Nº 032-2001PE, del 20 de setiembre de 2001, se establecio un regimen excepcional a lo dispuesto en el Articulo 41º del Reglamento de la Ley General de Pesca, respecto a la reduccion del 5% del monto de los derechos de pesca como incentivo por pronto pago y la deduccion de los pagos por el servicio de Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, como pago a cuenta de los derechos de pesca, disponiendo que para gozar de tales beneficios los pagos mensuales por derechos de pesca y los pagos por servicio de SISESAT, correspondientes a los

meses de MORDAZA a diciembre de 2001, debian cancelarse totalmente dentro del mes siguiente al que corresponden; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 0142002-PE, del 14 de enero del 2002, se prorrogo la fecha de vencimiento de la tercera cuota de los derechos de pesca del ejercicio 2001 correspondiente a la modalidad de pago en tres (3) armadas, establecida en el numeral 7.3 del Articulo 7º de la Resolucion Ministerial citada en el MORDAZA considerando; disponiendo que la tercera cuota vencera el 31 de enero del 2002 y liquidara las capturas realizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2001; y, asimismo, se mantuvo vigente la disposicion referente a que aquellos armadores que eligieron pagar mensualmente los derechos de pesca, deben efectuar la tercera liquidacion de tales derechos el 31 de enero del 2002, aun cuando no debiesen hacer pago efectivo alguno; Que para el pago de la tercera cuota de los derechos de pesca correspondientes al ejercicio 2001, es necesario establecer el formato y la informacion que debe contener la declaracion jurada para la liquidacion de los citados derechos; Estando a lo informado por la Direccion de Ordenamiento Pesquero y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el formato de Declaracion Jurada por concepto de pago de derechos de pesca del recurso bacalao de profundidad correspondiente a la tercera cuota del ejercicio 2001, cuya fecha de vencimiento para su MORDAZA es el 31 de enero del 2002, el mismo que, en anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE MORDAZA

Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados.

LA DIRECCION

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