Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2002 (28/01/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de enero de 2002

Unidos de MORDAZA, como servicios personalisimos y en consecuencia, exonerada del MORDAZA de concurso publico. Articulo 2º.- Aprobar la contratacion del Estudio de Abogados Astigarraga, MORDAZA, Mullins & Grossman, P. A., de la MORDAZA de Miami, Estado de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, para que, en coordinacion con la Comision creada por el Estado mediante Decreto Supremo, ejerza la representacion legal del Estado Peruano en el MORDAZA referido en la parte considerativa de la presente Resolucion, disponiendo que la misma se efectue mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- El monto de los honorarios y gastos de la contratacion a que se refiere el parrafo precedente no podra exceder de Veinte Mil Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA (US$ 20,000.00), con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 026, Ministerio de Defensa, correspondientes al Ejercicio Presupuestal 2002. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial sera de conocimiento de la Contraloria General de la Republica, a la que se remitiran los antecedentes del caso, dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 1959

Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 1868

Declaran fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por empresa y ordenan su inscripcion en el Registro de Fabricantes de maquinas tragamonedas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0031-2002-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 16 de enero del 2002 Vistos, el Recurso de Reconsideracion presentado por la EMPRESA DE ENTRETENIMIENTO GRUPO MORDAZA S.A., (EMPEGASA) contra el Oficio Nº 2056-2001-MITINCI/VMT/DNT que deniega la solicitud de inscripcion en el Registro de Fabricantes de maquinas tragamonedas presentada mediante Expediente Nº 024148-2001-MITINCI, y el Informe Legal Nº 293-2001-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/ DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI se MORDAZA la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas en el pais; Que, mediante el Expediente Nº 024148-2001-MITINCI la empresa solicita su inscripcion en el Registro de Fabricantes de maquinas tragamonedas; Que, en virtud del Oficio Nº 2056-2001-MITINCI/VMT/ DNT se resuelve denegar la solicitud MORDAZA indicada; Que, cumpliendo con las formalidades requeridas en los Articulos 113º y 211º de la Ley Nº 27444, mediante el Expediente Nº 017171-2001-MITINCI la empresa interpone recurso de reconsideracion contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº 2056-2001-MITINCI/ VMT/DNT; Que, el Articulo 17º del Decreto Supremo Nº 001-2000ITINCI establece los requisitos que deben cumplir los solicitantes asi como la informacion que deben proporcionar a efectos de obtener su inscripcion en el registro de fabricantes de maquinas tragamonedas; Que, evaluado el presente recurso de reconsideracion asi como la prueba presentada, entre la que se encuentra un manual de funcionamiento, fotografias y relacion de programas con los que funciona, se advierte que la empresa ha cumplido con los requisitos exigidos para acceder a la inscripcion en el registro solicitado; Que, el Registro de Fabricantes de maquinas tragamonedas es un registro declarativo que no reemplaza de modo alguno los requisitos tecnicos previstos en la Ley Nº 27153 y en el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI que los modelos de maquinas tragamonedas deben cumplir para su debida autorizacion y registro; De conformidad con las Leyes Nºs. 27153 y 27444 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarese Fundado el presente Recurso de Reconsideracion e Inscribase en el Registro de Fabricantes de maquinas tragamonedas a la EMPRESA DE ENTRETENIMIENTO GRUPO MORDAZA S.A., (EMPEGASA) segun el siguiente detalle:

MITINCI
Autorizan viaje de representante del Ministerio a EE.UU. para participar en el "Seminario de Control de Quimicos y Recomendaciones Tecnicas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 026-2002-ITINCI/DM MORDAZA, 23 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de Norteamerica, se llevara a cabo el "Seminario de Control de Quimicos y Recomendaciones Tecnicas" del Programa Unidos Contra Drogas 2002, del 4 al 7 de febrero de 2002, organizado por el Comando Sur de los Estados Unidos de Norteamerica; Que, es conveniente autorizar la participacion de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales en dicho evento; Que, la entidad organizadora financiara los gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos en su totalidad; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Matsuura MORDAZA, funcionario de la Direccion de Procedimientos Industriales e Insumos Quimicos y Productos Fiscalizados, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de Norteamerica, del 3 al 8 de febrero de 2002, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales asista al evento, a que se refiere la parte Considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince dias posteriores a la realizacion del evento, presentara un informe de las acciones realizadas durante el evento al que asiste.

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