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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2002 (28/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 216481 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de enero de 2002 ción de las embarcaciones pesqueras de bandera na- cional, las personas naturales y jurídicas requerirán del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho específico que el Ministerio de Pesquería otor- ga a plazo determinado para el desarrollo de las activi- dades pesqueras; Que mediante el escrito del visto CORPORACION PES- QUERA RIBAR S.A. solicita ampliación de los permisos de pesca otorgados por Resolución Directoral Nº 232-99-PE/ DNE y Resolución Ministerial Nº 371-98-PE, para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "RIBAR VII", de matrícula Nº CE-10351-CM y "RIBAR VIII", de matrícula Nº CE-11409-CM respectivamente, en la extracción de los recursos hidrobiológicos del Reglamento de Ordenamiento de la Pesquería del Recurso Bacalao de Profundidad, apro- bado por Resolución Ministerial Nº 236-2001-PE; Que por Resolución Directoral Nº 066-2001-PE/DNEPP, de fecha 17 de mayo del 2001, se otorgó a CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A., ampliación de permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras denominadas "RI- BAR VII" y "RIBAR VIII", en la extracción del recurso hidro- biológico bacalao de profundidad, utilizando palangre como aparejo de pesca, con destino al consumo humano directo y fuera de las cinco (5) millas de la costa y se incorporó el cita- do recurso hidrobiológico en el listado de especies a las que tienen acceso las mencionadas embarcaciones, consigna- das en los listados oficiales de embarcaciones pesqueras autorizadas a realizar actividades extractivas; Que en el literal K) del Anexo I de la Resolución Minis- terial Nº 339-2001-PE, del 9 de octubre del 2001, se en- cuentran consignadas las embarcaciones pesqueras "RI- BAR VII" y "RIBAR VIII", como embarcaciones autoriza- das a realizar actividades extractivas sobre el recurso ba- calao de profundidad, entre otras especies diversas, en el ámbito litoral, según permiso de pesca otorgado por Reso- lución Directoral Nº 066-2001-PE/DNEPP a CORPORA- CION PESQUERA RIBAR S.A.; Que de la evaluación efectuada a los antecedentes co- rrespondientes a las embarcaciones "RIBAR VII" y "RIBAR VIII" y de la información contenida en los listados de em- barcaciones pesqueras autorizadas a realizar actividades extractivas, aprobados por Resolución Ministerial Nº 339- 2001-PE, se ha determinado que CORPORACION PES- QUERA RIBAR S.A. cuenta con permiso de pesca otorga- do por Resolución Directoral Nº 066-2001-PE/DNEPP, para operar las embarcaciones pesqueras antes citadas en la extracción del recurso bacalao de profundidad, por lo que al detentar tal permiso, la solicitud de ampliación presenta- da por la recurrente para la extracción del recurso bacalao de profundidad deviene improcedente; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción Pesquera de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero a través de Informe Nº 498-2001- PE/DNEPP-Dap y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto a través de la Resolu- ción Directoral Nº 066-2001-PE/DNEPP y la Resolución Ministerial Nº 339-2001-PE; y en uso de las facultades con- feridas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley Ge- neral de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente la solicitud de ampliación de permiso de pesca presentada por CORPORACION PESQUERA RIBAR S.A. por los fun- damentos expuestos en la parte considerativa de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS HERBOZO FERNANDEZ Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 1897RELACIONES EXTERIORES Designan delegaciones que acompaña- rán al Presidente de la República en su viaje a Bolivia para participar en la Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 040-2002-RE Lima, 27 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que el 30 de enero del año 2002, se llevará a cabo la Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino, en la ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia; Que es política del Estado propiciar la integración su- bregional en especial con los países de la Comunidad An- dina de Naciones, razón por la cual es necesaria la partici- pación del señor Presidente de la República, doctor Ale- jandro Toledo Manrique; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los literales a) y m) del Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Delegación Oficial que acompañará al Presidente Constitucional de la República, doctor Alejandro Toledo Manrique, en su viaje a la ciudad de Santa Cruz, República de Bolivia, desde el 29 de enero de 2002, para participar en la Reunión Extraordinaria del Consejo Presidencial Andino, que se llevará a cabo el 30 de enero del año 2002, la que estará conformada por las siguientes personas: - Primera Dama de la Nación, doctora Eliane Karp de Toledo; - Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Diego Gar- cía Sayán Larrabure; - Ministro de Agricultura, ingeniero Alvaro Quijandría Salmón; - Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, ingeniero Raúl Diez Canseco Terry; - Ministro de Energía y Minas, ingeniero Jaime Quijan- dría Salmón; - Congresista Gloria Gilda Helfer Palacios; - Congresista Jacques Salomón Rodrich Ackerman; - Congresista Heriberto Manuel Benítez Rivas; - Congresista Elvira Carmela De la Puente Haya de Besaccia; - Congresista Rafael Antonio Aita Campodónico; - Consejero Presidencial, doctor Juan De la Puente Mejía; - Consejero Presidencial, doctor Daniel Schydlowsky Rosemberg; - Consejero Presidencial, doctor Luis Chuquihuara Chil; - Secretario de Prensa de la Presidencia de la Repúbli- ca, señor Guillermo Gonzáles Arica; - Comandante EP Juan Carré Zuñiga, (Edecán); - Comandante EP Walter Ballén Peña, (Edecán) - Asesor de Seguridad, señor Avi Danon. Artículo Segundo.- -Designar a la Delegación de Apoyo que acompañará al Presidente Constitucional de la Repú- blica, docto Alejandro Toledo Manrique, en su viaje a ciu-