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Pág. 216487 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de enero de 2002 Juez Decano de los Jueces de Primera Instancia de la Corte Superior de Justicia de Lima y de la Oficina de Administra- ción Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 1872 ORGANISMOS AUTÓNOMOS S B S Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros el cierre de oficina especial ubicada en la provincia de Cañete RESOLUCIÓN SBS Nº 058-2002 San Isidro, 18 de enero de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS Vista la solicitud presentada por la empresa LA POSI- TIVA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se le autori- ce el cierre de su Oficina Especial de atención al cliente ubicada en Av. Mariscal Benavides Nº 214, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicación del numeral 2.1 de la Circular Nº S-569-97 la empresa solicitante ha cumplido con comuni- car previamente a esta Superintendencia, el cierre de su Oficina Especial de atención al cliente; Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones de Seguros "B", mediante Informe Nº 016-2002-ISB; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, la Circular Nº S-569-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y Reso- lución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de su Oficina Especial de aten- ción al cliente ubicada en Av. Mariscal Benavides Nº 214, distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamen- to de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 1900 Prorrogan plazo otorgado al Banco de Comercio para que proceda a enajenar bien adjudicado en pago de deudas RESOLUCIÓN SBS Nº 059-2002 Lima, 18 de enero del 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio para que se le otorgue prórroga del plazo para la enajenacióndel bien adjudicado recibido en dación de pago de acreen- cias conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando, como consecuencia del pago de una deuda con- traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la em- presa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Su- perintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el referido artículo se precisa que vencido di- cho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arrenda- miento financiero del bien, la empresa deberá constituir una provisión hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la indicada Circular establece la metodología a seguir en el cálculo de las provisiones a constituir por los bienes inmuebles en referencia; asimismo, estable- ce que la valuación de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los cri- terios establecidos en el numeral 3 del capítulo IV de la Resolución SBS Nº 572-97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "C" mediante Informe Nº DESF "C" 012-2002 y con la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or- gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 807-99 y Resolución SBS Nº 034-2002; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco de Comercio proceda a la enajenación del Terre- no ubicado en el Sublote 44-B, Mz. 44, (esquina formada por las calles Choquehuanca y Los Eucaliptos, urbaniza- ción Country Club, distrito de San Isidro, provincia y depar- tamento de Lima, adjudicado en la suma de S/. 3 034 500,00, cuyo plazo vencerá el 19.7.2002. Artículo 2º.- El Banco de Comercio deberá constituir las provisiones correspondientes, conforme al procedi- miento establecido en la Circular Nº B-2075-2000. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 1798 Autorizan al Banco de Comercio la aper- tura de oficina especial en el distrito de Jesús María, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 061-2002 Lima, 21 de enero de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial, con carácter temporal por el plazo de 5 días, en el Cuartel Ge- neral de la Fuerza Aérea del Perú - Primer piso, ubicado en la avenida La Peruanidad s/n del distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima; y,