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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2002 (28/01/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 216476 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de enero de 2002 Que, en el caso de autos el procedimiento que corres- ponde seguir es el de modificación de las modalidades de juego autorizadas; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 5º de la Directiva Nº 006-2001-MITINCI/VMT/DNT, para efec- tos del funcionamiento de un pozo acumulado en las salas de juegos de casino, los solicitantes deben: (i) señalar el número de mesas y el nombre de los juegos de casino en los que se incluye el pozo acumulado, (ii) indicar la deno- minación del pozo acumulado y nombre del fabricante y proveedor del mismo, y (iii) adjuntar los documentos que la facultan a operar el referido pozo; Que, por su parte, la documentación e información re- querida para efectuar la modificación de las modalidades de juego de casino en los establecimientos autorizados se encuentra establecida en el Artículo 25º del Decreto Su- premo Nº 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento Nº 98 del T.U.P.A. del MITINCI, aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 022-2001-ITINCI; Que, en el presente caso, la empresa cumple con propor- cionar la información y documentación señalada en el Artícu- lo 5º de la Directiva Nº 006-2001-MITINCI, debiéndose preci- sar que explotará dos (2) mesas de juegos de la modalidad de Caribbean Stud Póker en las que funcionará un único pozo acumulado, el mismo que operará según las reglas estableci- das en la Directiva Nº 007-2001-MITINCI/VMT/DNT; Que, asimismo, cumple con presentar la documentación e información establecida en el Artículo 25º del Decreto Su- premo Nº 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento Nº 98 del T.U.P.A. del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, aprobado me- diante Decreto Supremo Nº 022-2001-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nºs. 001-2000-ITINCI y 022-2001-ITINCI; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolu- ción Directoral Nº 808-2001-MITINCI/VMT/DNT, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º .- La presente autorización faculta a la Em- presa Inversiones la Rioja S.A. a explotar diecisiete (17) mesas de juego según el siguiente detalle: Nº de Nombre del Juego de Casino Nº de Mesas Registro Autorizadas JC0001 Black Jack 08 JC0002 Ruleta Francesa 04 JC0006 Mini Punto y Banca 01 JC0006 Punto y Banca 01 JC0007 Craps 01 JC0013 Caribbean Stud Póker 02 Total de Mesas Autorizadas 17 Artículo 2º.- Inversiones La Rioja S.A. explotará dos (2) mesas de juegos de la modalidad de Caribbean Stud Póker, en las que funcionará un único pozo acumulado, el mismo que operará según las reglas establecidas en la Directiva Nº 007-2001-MITINCI/VMT/DNT. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER RÍOS BURGA Director Nacional de Turismo 1834 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0059-2002-MITINCI/VMT/DNT Lima, 16 de enero del 2002 Vistos, el Expediente Nº 032361-2001-MITINCI pre- sentado por la empresa ROYAL ENTERTAINMENTS.A.C., en el que solicita autorización para proceder al incremento del número de mesas de casino autoriza- das en la Sala de Juegos del Hotel Cinco Estrellas: “Los Delfines”, ubicado en el jirón Los Eucaliptos Nº 555, distrito de San Isidro, departamento y provincia de Lima, y el Informe Legal Nº 004-2002-MITINCI/VMT/DNT/DE- JCMT/DAR-APD; CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 2º de la Resolución Directo- ral Nº 811-2001-MITINCI/VMT/DNT, se autorizó a la referi- da empresa la explotación de juegos de casino en el esta- blecimiento antes mencionado, indicándose en dicho artí- culo las modalidades de juegos de casino autorizadas para su explotación; Que, la solicitud para el incremento del número de me- sas de juego de la modalidad de Ruleta presentada me- diante Expediente Nº 032361-2001-MITINCI, implica la modificación del Artículo 2º de la Resolución Directoral Nº 811-2001-MITINCI/VMT/DNT, por cuanto importa un in- cremento en el número de mesas autorizado; Que, la documentación e información requerida para efectuar el incremento de mesas de juego autorizadas se encuentra establecida en el Artículo 25º del Decreto Su- premo Nº 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento Nº 98 del T.U.P.A. del MITINCI, aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 022-2001-ITINCI; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción presentada por la empresa, se advierte que ha cum- plido con las disposiciones legales aplicables para aprobar su solicitud; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nºs. 001-2000-ITINCI y 022-2001-ITINCI; SE RESUELVE: Artículo 1º- Modifíquese el Artículo 2º de la Resolu- ción Directoral Nº 811-2001-MITINCI/VMT/DNT, en los tér- minos siguientes: “Artículo 2º. - La presente autorización faculta a la Em- presa ROYAL ENTERTAINMENT S.A.C, a explotar diecio- cho (18) mesas de juego de casino en la Sala de Juegos del Hotel Cinco Estrellas: “Los Delfines”, según el siguien- te detalle: Nº de Nombre del Juego de Casino Nº de Mesas Registro Autorizadas JC0001 Black Jack 06 JC0002 Ruleta (Tipo francesa) 04 JC0006 Midi Punto y Banca 02 JC0006 Punto y Banca 01 JC0007 Craps 01 JC0008 Póker Caribeño 03 JC0003 Póker Americano 01 Total de Mesas Autorizadas 18 Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER RÍOS BURGA Director Nacional de Turismo 1835 Modifican resolución que autorizó y registró memorias de sólo lectura solici- tadas por International Game Techno- logy S.R.L. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0061-2002-MITINCI/VMT/DNT Lima, 17 de enero del 2002