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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (20/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 62

Pág. 217852 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de febrero de 2002 rarlo conveniente solicitarán Informe previo de la Unidad de Asesoría Legal." DE LAS SANCIONES EN GENERAL El Artículo 54º.- "Los recursos impugnatorios contra las Resoluciones Gerenciales que establezcan las sanciones de extracción, demolición y clausura, se regirán por el pro- cedimiento de la Ley de Procedimientos Administrativos General, aprobado por la Ley Nº 27444." El Artículo 56º.- "El Recurso de Apelación, será inter- puesto ante la Gerencia que expidió la Resolución Impug- nada, para que eleve lo actuado a la Comisión de Econo- mía, Presupuesto y Asuntos Legales del Concejo, la mis- ma que deberá resolverla en un plazo de 30 días." El Artículo 57º.- "Las quejas contra defectos de tramitación y en especial, los que supongan paraliza- ción de los plazos respectivamente señalados, se regi- rán por el procedimiento establecido en la Ley de Pro- cedimientos Administrativos General, aprobado por la Ley Nº 27444." Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Artículo 53º y mantener las disposiciones contenidas en los Artículos 45º y 55º del Capítulo IV del Régimen de Aplicaciones de Mul- ta y Sanciones Administrativas - RAMSA. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Gerencia General, Gerencia de Fi- nanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano y División de Co- mercialización y Control. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ALEGRÍA GONZALES Alcalde 3391 Declaran zonas rígidas para el estableci- miento vehicular ORDENANZA Nº 0128-MDSL San Luis, 11 de febrero del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 8 de febrero del 2002, aprobó por unanimidad el Dictamen Nº 002-2002-CDUV-CDSL emitido por la Comisión de De- sarrollo Urbano y Vialidad, sobre zonas rígidas para esta- blecimiento vehicular en calles del distrito; CONSIDERANDO: Que, en la Av. Manuel Echeandía, Jr. José La Mar y Av. Mariscal Eloy Ureta, al haberse constatado poca amplitud vial y la anárquica utilización de la vía pública por parte de vehículos pesados y de transporte de carga, así como el deterioro de la superficie de rodamiento y la perturbación de los vecinos de la zona, originado por este tipo de trans- porte, se hace necesario declarar las referidas calles como zonas rígidas; Que, con relación a la Av. Manuel Echeandía existe la Ordenanza Nº 009-96-MDSL que le declara como zona rí- gida, la misma que se hace necesario ratificarla; Que, la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalida- des, establece en el inciso 4) del Artículo 69º, que son fun- ciones de las Municipalidades en materia de transporte colectivo, circulación y tránsito, organizar y mantener los sistemas de semáforos y regular el tránsito urbano de pea- tones y vehículos; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, Informe Nº 0015- 2002-MDSL-GDU y Acuerdo de Concejo Nº 0026-2002- CDSL, se expide la siguiente:ORDENANZA Artículo Primero.- Declarar zonas rígidas para el es- tablecimiento vehicular las siguientes calles: Av. Eloy Ureta en todas sus cuadras. Jr. Mariscal José La Mar en todas sus cuadras. Artículo Segundo.- Ratificar en todos sus extre- mos la Ordenanza Nº 009-96-MDSL de fecha 15 de julio de 1996, expedida por la Municipalidad Distrital de San Luis, que declara zona rígida la Av. Manuel Echeandía. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de De- sarrollo Urbano, Gerencia de Finanzas, División de Co- mercialización y Control y Policía Municipal el cumpli- miento de la presente ordenanza en cuanto les corres- ponda. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR ALEGRÍA GONZALES Alcalde 3392 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Disponen aplicar para el ejercicio 2002 la Ordenanza Nº 002-2001-MDSMP que establece importe de los Arbitrios de limpieza pública y de parques y jardi- nes públicos ORDENANZA Nº 004-2002-MDSMP San Martín de Porres, 19 de enero de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES: POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de San Martín de Po- rres, en Sesión Extraordinaria de fecha 19 de enero del 2001; Visto, el Informe Nº 001-2001-SIAT/MDSMP del Siste- ma de Administración Tributaria, Informe Nº 028-2002-OAJ/ MDSMP, procedente de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 001-2002-OPPR/MDSMP de la Oficina de Pla- nificación, Presupuesto y Racionalización, el Informe Nº 009-2002-DSC/MDSMP, de la Dirección de Servicios Co- munales y el Informe Nº 004-2002-OPV/MDSMP, de la Ofi- cina de Participación Vecinal; CONSIDERANDO: Que el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 establece que los Gobiernos Locales tienen auto- nomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tribu- tario concordante con el D. Leg. Nº 776, establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, con fecha 17 de setiembre del 2001, la Munici- palidad de Lima Metropolitana mediante Acuerdo de Con- cejo, Nº 320, procedió a RATIFICAR, la Ordenanza Nº 002- 2001-MDSMP, de fecha 15 de enero del 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 3 de febrero del 2001, y sus modificatorias, la Ordenanza Nº 006-2001-MDSMP, de fecha 8 de febrero del 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 del mismo mes y año, Ordenanza Nº 013- 2001-MDSMP, de fecha 30 de marzo del 2001, publicada