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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE FEBRERO DEL AÑO 2002 (25/02/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 218272 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de febrero de 2002 petencia, conforme a lo dispuesto por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado; Que, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 69º incisos 1) y 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853-, las Municipalidades son competentes para regular y organizar la circulación, el tránsito y el transporte urbano en su jurisdicción; Que, acorde con lo dispuesto en el Artículo 111º de la citada Ley, los Decretos establecen normas de ejecución de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesa- rios a la administración municipal o regulan asuntos de or- den general y de interés para el vecindario; Que, se ha venido observando la existencia de unida- des vehiculares que prestan servicio de transporte público bajo la modalidad de colectivos, el mismo que no se en- cuentra debidamente regulado por esta Corporación Edil, el cual se brinda con unidades que no responden a las exigencias de seguridad, confort e higiene, los cuales vie- nen ingresando al centro del Callao, ocasionando alta con- taminación y congestión vehicular; Que, en tal sentido la Dirección General de Transporte Urbano ha propuesto la restricción para el ingreso de uni- dades que presten servicio de taxi en las modalidades de Taxi Remisse y de Taxi Estación, así como otras no regula- das expresamente, en vías pertenecientes al Centro del Callao, con el objeto de revertir dicha problemática mejo- rando el tránsito vehicular y reduciendo los niveles de con- taminación, con excepción del Servicio de Taxi Indepen- diente, que se encuentra debidamente autorizado confor- me a la Ordenanza Nº 000019 de fecha 30/10/01; Estando a lo expuesto, con la visación de la Dirección General de Transporte Urbano y en ejercicio de las faculta- des conferidas el Alcalde por la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLÉZCASE como Vías de Cir- culación restringida para el ingreso de unidades que pres- ten servicio de Taxi en las modalidades de Remisse, Esta- ción y otros no regulados expresamente, la avenida Pacífi- co, jirones: Colón, Adolfo King y Daniel Nieto en toda su extensión, y las cuadras 1 a 3 del jirón Paz Soldán y la Av. Marco Polo, 1 a 5 de la Av. Dos de Mayo, 1 a 11 de la Av. Sáenz Peña y 4 a 14 de la avenida Miguel Grau. Artículo Segundo.- Sólo se permitirá el ingreso de uni- dades que presten servicio de Taxi cualquiera que sea la modalidad a las calles señaladas en el artículo anterior, que se encuentren debidamente autorizados por la Direc- ción General de Transporte Urbano, los cuales deberán cumplir con los requisitos y condiciones técnicas conteni- das en la Ordenanza Municipal Nº 000019, que aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi Callao-SETACA. Artículo Tercero.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será sancionado de acuerdo al Reglamen- to Nacional de Tránsito (Decreto Supremo Nº 033-2000-MTC). Artículo Cuarto.- Transcríbase el presente Decreto de Alcaldía a la Policía Nacional del Perú, para que en coordi- nación con la Dirección General de Transporte Urbano, den cumplimiento al presente dispositivo. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a la Dirección General de Transporte Urbano a dictar las demás disposiciones complementarias necesarias, para la mejor aplicación del presente Decreto. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 3786 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Texto Único de Procedimien- tos Administrativos del Servicio de Par- ques de Lima - SERPAR LIMA ORDENANZA Nº 364 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍAPOR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión de fecha 11 de febrero de 2002, de acuerdo con el Dictamen Nº 022- 2002-MML/CEPP; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General", publicada el 11 de abril del 2001 en el Diario Oficial El Peruano, ha establecido un nuevo ré- gimen jurídico aplicable por la Administración Pública para que sirva a la protección del interés general garan- tizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general; Que, el Artículo 37º de la Ley Nº 27444 establece la obligatoriedad para todas las entidades de la Administra- ción Pública de elaborar y aprobar su Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos - TUPA; Que, el Artículo 36º de la Ley Nº 27444 señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos se cons- truye compendiando y sistematizando los procedimientos, requisitos y costos administrativos establecidos exclusiva- mente mediante decreto supremo o norma de mayor jerar- quía u ordenanza; Que, el Artículo 36º también establece que el TUPA in- cluirá la relación de aquellos servicios prestados en exclu- sividad por las entidades, cuando el administrado no tiene posibilidad de obtenerlos acudiendo a otro lugar o depen- dencia; Que, la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27444 establece que ella entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial El Peruano; Que, la Tercera Disposición Transitoria de Ley Nº 27444 establece que, de acuerdo con sus normas, las entidades deberán aprobar sus TUPA en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la vigen- cia de la misma; Que, mediante Ordenanza Nº 342, publicada el 18 de octubre del 2001 se aprobó el Tupa 2001 de SERPAR LIMA, el mismo, que sin cambiar procedimientos y servicios ad- ministrativos, requisitos y derechos, ha servido de base para elaborar el proyecto del Texto Único de Procedimien- tos Administrativos - TUPA 2002 de acuerdo a la normativi- dad de la Ley Nº 27444; Que, por Acuerdo del Consejo Administrativo de SER- PAR LIMA Nº 04-2002 del 17.1.02, aprobaron el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2002, acordando elevar el mismo a la Municipalidad Me- tropolitana de Lima para su correspondiente aprobación por parte del Concejo Metropolitano de Lima conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 27444; Con el dictamen favorable de la Comisión de Econo- mía, Planificación y Presupuesto y de conformidad con el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú y del Ar- tículo 38º de la Ley Nº 27444; Aprobó la siguiente: ORDENANZA TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 2002 Artículo 1º.- Apruébase el Texto Único de Procedimien- tos Administrativos - TUPA 2002, del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Derógase la Ordenanza Nº 342-MML que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA 2001. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 11 de febrero de 2002 GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía