TEXTO PAGINA: 20
Pág. 218266 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de febrero de 2002 ciones castrenses, est.), previo pago de la tasa respectiva en el Banco de la Nación. Artículo Segundo.- DISPONER para los efectos de recabar los Certificados Judiciales de Antecedentes Pe- nales, para uso jurisdiccional, que los señores Magistrados de esta Corte Superior, canalicen su recepción únicamen- te a través de la Oficina de Registro Distrital de Condenas de esta Corte Superior, debiéndola cumplir bajo responsa- bilidad funcional, con el formato "Modelo de solicitud de Antecedentes Penales para uso jurisdiccional" que se hi- ciera llegar mediante oficio Nº 036-2002-P-CSJCL/PJm, de fecha 22 de enero del año en curso, comprendiendo los requisitos mínimos necesarios para que se pueda acceder a la base de datos del Registro Nacional de Condenas. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Admi- nistración Distrital, brinde el apoyo que resulte necesario, a efectos de facilitar el cumplimiento y difusión de lo orde- nado mediante la presente resolución. Artículo Cuarto.- Póngase la presente resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de control de la Magistratura, Comisión Distrital de Control de la Magistratura, y Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao, de los interesados y de los señores Magistrados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidenta Corte Superior de Justicia del Callao 3825 Disponen descentralizar servicio de re- cepción de quejas de justiciables y abo- gados del distrito de Ventanilla, Provin- cia Constitucional del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0037-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 18 de febrero del 2002 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi- cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y la Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 197-96-SE-TP-CME-PJ de fecha 24 de mayo de 1996. CONSIDERANDO: Que es función de la Oficina de Control de la Magis- tratura y sus Oficinas Distritales, el verificar que los Magis- trados y auxiliares jurisdiccionales del Poder Judicial, cum- plan las normas legales y administrativas de su competen- cia, así como las que dicta la Sala Plena de la Corte Su- prema y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, a fin de conocer permanentemente la problemáti- ca de la Administración de Justicia en cada Distrito Judi- cial, se dispuso mediante la Resolución Administrativa de vista, que el Presidente de Corte Superior, recepcionara directamente las quejas de los justiciables y abogados; Que, la acción descrita en el considerando precedente, es llevada a cabo en las Instalaciones de la Oficina de Ima- gen Institucional de esta Corte Superior, los días martes y viernes de cada semana en el horario de 9 a.m. a 10 a.m.; Que, si bien es cierto, este servicio se viene brindado en la sede principal de este Distrito Judicial, también lo es que, la distancia que existe con el distrito de Ventanilla que pertenece a esta jurisdicción, constituye un obstáculo para los justiciables de dicho sector, por sus bajos o carentes recursos económicos, lo que no permite muchas veces acceder a este servicio; Que, siendo ello así, resulta necesario descentralizar la acción contralora descrita a fin de lograr su efectividad a nivel de todo este Distrito Judicial;En consecuencia, con las atribuciones conferidas al Presidente de Corte Superior por el Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Descentralizar el servicio de recep- ción de quejas descrita en la parte considerativa de la pre- sente resolución, para los abogados y justiciables del dis- trito de Ventanilla, perteneciente a esta jurisdicción. Artículo Segundo.- La recepción de quejas por la Presi- dencia de esta Corte Superior a que se refiere el Artículo Primero se llevará a cabo los días miércoles de cada sema- na, en el horario de 10 a.m. a 11 a.m., en uno de los ambien- tes del Módulo Básico de Justicia del distrito de Ventanilla. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Admi- nistración Distrital del Callao, brinde las facilidades que el caso requiera para el cumplimiento de dicha acción de control. Artículo Cuarto.- Comuníquese la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Señora Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial del Callao, a la Municipalidad Provincial del Callao, Municipalidad Distrital de Ventanilla, Municipali- dad del Centro poblado menor Nuestra Señora de las Mer- cedes - Mi Perú de Ventanilla, de la Defensoría de la Mujer, del Niño y del Adolescente de Ventanilla y de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura del Callao, de la Ofi- cina de Administración Distrital. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidenta Corte Superior de Justicia del Callao 3824 ORGANISMOS AUTÓNOMOS S B S Autorizan inscripción de persona natu- ral en el Registro del Sistema de Segu- ros para operar como Inspector Maríti- mo Cascos RESOLUCIÓN SBS Nº 144-2002 Lima, 15 de febrero de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Eduardo Jorge Newton Cornelio, para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros - Sección A: Personas Naturales del Libro III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Ajustadores y Peritos de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 06-2002-DASIA celebrada el 14 de fe- brero de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el Ar- tículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Se- guros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Reso- lución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor Eduardo Jorge Newton Cornelio con el Nº de Matrícula PN-