Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2002 (25/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de febrero de 2002

ciones castrenses, est.), previo pago de la tasa respectiva en el Banco de la Nacion. Articulo Segundo.- DISPONER para los efectos de recabar los Certificados Judiciales de Antecedentes Penales, para uso jurisdiccional, que los senores Magistrados de esta Corte Superior, canalicen su recepcion unicamente a traves de la Oficina de Registro Distrital de Condenas de esta Corte Superior, debiendola cumplir bajo responsabilidad funcional, con el formato "Modelo de solicitud de Antecedentes Penales para uso jurisdiccional" que se hiciera llegar mediante oficio Nº 036-2002-P-CSJCL/PJm, de fecha 22 de enero del ano en curso, comprendiendo los requisitos minimos necesarios para que se pueda acceder a la base de datos del Registro Nacional de Condenas. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administracion Distrital, brinde el apoyo que resulte necesario, a efectos de facilitar el cumplimiento y difusion de lo ordenado mediante la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Pongase la presente resolucion en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Oficina de control de la Magistratura, Comision Distrital de Control de la Magistratura, y Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia del Callao, de los interesados y de los senores Magistrados, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Corte Superior de Justicia del Callao 3825

En consecuencia, con las atribuciones conferidas al Presidente de Corte Superior por el Articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Descentralizar el servicio de recepcion de quejas descrita en la parte considerativa de la presente resolucion, para los abogados y justiciables del distrito de Ventanilla, perteneciente a esta jurisdiccion. Articulo Segundo.- La recepcion de quejas por la Presidencia de esta Corte Superior a que se refiere el Articulo Primero se llevara a cabo los dias miercoles de cada semana, en el horario de 10 a.m. a 11 a.m., en uno de los ambientes del Modulo Basico de Justicia del distrito de Ventanilla. Articulo Tercero.- Disponer que la Oficina de Administracion Distrital del Callao, brinde las facilidades que el caso requiera para el cumplimiento de dicha accion de control. Articulo Cuarto.- Comuniquese la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Senora Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial del Callao, a la Municipalidad Provincial del Callao, Municipalidad Distrital de Ventanilla, Municipalidad del Centro poblado menor Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru de Ventanilla, de la Defensoria de la Mujer, del MORDAZA y del Adolescente de Ventanilla y de la Comision Distrital de Control de la Magistratura del Callao, de la Oficina de Administracion Distrital. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Corte Superior de Justicia del Callao 3824

Disponen descentralizar servicio de recepcion de quejas de justiciables y abogados del distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0037-2002-P-CSJCL/PJ
Callao, 18 de febrero del 2002 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y la Resolucion Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 197-96-SE-TP-CME-PJ de fecha 24 de MORDAZA de 1996. CONSIDERANDO: Que es funcion de la Oficina de Control de la Magistratura y sus Oficinas Distritales, el verificar que los Magistrados y auxiliares jurisdiccionales del Poder Judicial, cumplan las normas legales y administrativas de su competencia, asi como las que dicta la Sala Plena de la Corte Suprema y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, a fin de conocer permanentemente la problematica de la Administracion de Justicia en cada Distrito Judicial, se dispuso mediante la Resolucion Administrativa de vista, que el Presidente de Corte Superior, recepcionara directamente las quejas de los justiciables y abogados; Que, la accion descrita en el considerando precedente, es llevada a cabo en las Instalaciones de la Oficina de Imagen Institucional de esta Corte Superior, los dias martes y viernes de cada semana en el horario de 9 a.m. a 10 a.m.; Que, si bien es MORDAZA, este servicio se viene brindado en la sede principal de este Distrito Judicial, tambien lo es que, la distancia que existe con el distrito de Ventanilla que pertenece a esta jurisdiccion, constituye un obstaculo para los justiciables de dicho sector, por sus bajos o carentes recursos economicos, lo que no permite muchas veces acceder a este servicio; Que, siendo ello asi, resulta necesario descentralizar la accion contralora descrita a fin de lograr su efectividad a nivel de todo este Distrito Judicial;

ORGANISMOS AUTONOMOS
SBS
Autorizan inscripcion de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros para operar como Inspector Maritimo Cascos
RESOLUCION SBS Nº 144-2002
MORDAZA, 15 de febrero de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se le autorice la inscripcion en el Registro del Sistema de Seguros - Seccion A: Personas Naturales del Libro III de Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se establecio los requisitos formales para la inscripcion de los Ajustadores y Peritos de Seguros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada MORDAZA administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 06-2002-DASIA celebrada el 14 de febrero de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripcion respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con el Nº de Matricula PN-

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