Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2002 (25/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de febrero de 2002

Autorizan a empresa operar estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 081-2002-MTC/15.03
MORDAZA, 20 de febrero de 2002 VISTAS, las solicitudes formuladas por la empresa RADIO Y MORDAZA 13 T.V. MORDAZA S.A.C., para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF y cambio de denominacion social, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; y sobre disminucion de potencia y cambio de ubicacion de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 385-97-MTC/15.19 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de agosto de 1997, se concedio a la empresa RADIO MORDAZA S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; Que, conforme a Escritura Publica de fecha 28 de noviembre de 1998, inscrita en la Ficha Nº 521 del Registro Mercantil de MORDAZA, la empresa RADIO MORDAZA S.A. ha cambiado de denominacion social por la de empresa RADIO Y MORDAZA 13 T.V. MORDAZA S.A.C.; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 945-2001-MTC/15.19.03.2, al haber resultado satisfactorias las pruebas de funcionamiento, emite su conformidad tecnica para que se otorgue la autorizacion por diez (10) anos, incluyendo la disminucion de potencia, el cambio de ubicacion y del MORDAZA de estacion de la empresa RADIO Y MORDAZA 13 T.V. MORDAZA S.A.C.; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 10172001-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 385-97MTC/15.19; asi como tambien es procedente autorizar los cambios de caracteristicas tecnicas MORDAZA indicados; De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, Ley Nº 26887 y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Reconocer el cambio de denominacion social de la empresa RADIO MORDAZA S.A. por la empresa RADIO Y MORDAZA 13 T.V. MORDAZA S.A.C., que en adelante tendra tal denominacion como Titular de la autorizacion otorgada por la Resolucion Ministerial Nº 38597-MTC/15.19.

Articulo 2º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la empresa RADIO Y MORDAZA 13 T.V. MORDAZA S.A.C., la operacion de una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: : BC-TV : Banda III Video : 211.25 Mhz. Audio : 215.75 Mhz. MORDAZA : 13 Indicativo : OCY-6P Potencia : Video : 50 W. Audio : 5 W. Emision : Video : C3F Audio : F3E Horario : H24 Ubicacion de la Planta : Plataforma 28, Lote 5, 6 Cerro San MORDAZA, distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua. Coordenadas: L.O. 70° 57' 4.7" L.S. 17° 11' 1.6" Articulo 3º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 385-97-MTC/15.19, por tanto vencera el 18 de agosto de 2007. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 3777 Estacion Frecuencia

Aprueban difusion de proyectos de Regulacion Aeronautica del Peru (RAP Nº 110 y RAP Nº 129)
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 028-2002-MTC/15.16
MORDAZA, 13 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronautica Civil del Peru siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronauticas del Peru (RAP), conforme lo senala el literal c) del Articulo 9º de la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Que, por su parte el Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado mediante D.S. Nº 0502001-MTC senala que la Direccion General de Aeronautica Civil pondra en conocimiento publico los proyectos sujetos a aprobacion o modificacion de las RAP con una antelacion de quince dias calendario; Que, igualmente en el MORDAZA de la aprobacion y revision permanente de las Regulaciones Aeronauticas del Peru, la Direccion General de Aeronautica Civil, a traves de su personal tecnico, ha trabajado nuevas regulaciones y modificado algunos aspectos de regulaciones ya vigentes, las mismas que conforme a las facultades de la DGAC deben ser materia de aprobacion a fin de ser de obligatorio cumplimiento a nivel nacional; Que, para ello se requiere contar con las sugerencias de los operadores, personal aeronautico y publico en general; De conformidad con el Articulo 9º de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261 y el Articulo 7º del Reglamento vigente, Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Estando a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea y la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la difusion del proyecto de la Regulacion Aeronautica del Peru (RAP) Nº 110: MER-

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