Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2002 (25/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de febrero de 2002

Articulo 1º.- Constituir el Consejo Consultivo de la Oficina Registral Los Libertadores Wari, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, el mismo que estara integrado por destacados profesionales y especialistas. Articulo 2º.- El Consejo Consultivo de la Oficina Registral Los Libertadores Wari, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, es un organo colegiado que sirve de apoyo tecnico legal a dicha oficina y al Tribunal Registral del Centro, en los casos en que sea requerido, a fin de coadyuvar al perfeccionamiento de la legislacion registral y su aplicacion. De conformidad con el Art. 31º del Reglamento General de los Registros Publicos, no pueden ser objeto de consulta los titulos sujetos a calificacion ni aquellos que se encuentren bajo la competencia del Tribunal Registral. Articulo 3º.- El Consejo Consultivo de la Oficina Registral Los Libertadores Wari con sede en la MORDAZA de MORDAZA estara integrado por: a) Un representante del Colegio de Abogados de Ayacucho. b) Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru, filial Ayacucho. c) Un representante de la Camara de Comercio de Ayacucho. d) Un representante del Colegio de Notarios de Ayacucho. e) Un representante de la Municipalidad Provincial de Ayacucho. f) Dos representantes designados por la SUNARP. El mandato de los miembros sera por un ano, pudiendo ser renovado por un periodo similar. El Jefe de la Oficina Registral integrara el Consejo, con voz pero sin voto. El Consejo podra invitar a las sesiones a un representante del Tribunal Registral, Gerente u otro funcionario o autoridad que estime pertinente. Articulo 4º.- Son funciones del Consejo Consultivo las siguientes: a) Emitir opinion con caracter ilustrativo, en todos los asuntos que le MORDAZA solicitados por el Superintendente Nacional, el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP. b) Actuar, a solicitud del Jefe de la Oficina Registral Los Libertadores Wari, o del Presidente del Tribunal Registral del Centro, como Organismo Tecnico Consultor de Apoyo al mismo, en las materias vinculadas al contenido y alcance de las normas aplicables a la funcion registral. c) Proyectar y/o emitir opinion cuando asi se le solicite, sobre la normatividad que debe dictar la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, a fin de hacer mas eficiente la funcion registral. d) Proponer al Superintendente Nacional la expedicion de las directivas que estime conveniente para el mejor funcionamiento de los Registros. e) Regir sus actos conforme a las presentes normas y aquellas que para su funcionamiento apruebe la SUNARP. f) Las demas que le asigne el Superintendente Nacional de los Registros Publicos. Articulo 5º.- El Registrador encargado de la Oficina Registral de MORDAZA actuara como Secretario Tecnico del Consejo Consultivo con sede en esta ciudad. Articulo 6º.- El Consejo Consultivo designara, mediante eleccion de sus integrantes, a su Presidente y su Vicepresidente. La participacion de sus miembros es ad honorem. Articulo 7º.- El Consejo Consultivo sesionara en cualquier momento a pedido de su Presidente, del Superintendente Nacional, del Jefe de la Oficina Registral o de la mayoria de sus integrantes. El quorum para las reuniones sera de la mitad mas uno de sus miembros. MORDAZA de las actas, acuerdos y/o propuestas deberan ser remitidos a la Superintendencia Nacional. Articulo 8º.- La Oficina Registral Los Libertadores Wari, prestara el apoyo tecnico y logistico necesario para el funcionamiento del Consejo Consultivo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 3530

Designan representante de la SUNARP ante el Consejo Consultivo del Area de Bienes Muebles de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 064-2002-SUNARP/SN
MORDAZA, 20 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366 se creo el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), como un organismo descentralizado MORDAZA y ente rector del Sistema; Que, mediante Resolucion Nº 332-2001-SUNARP/SN, de fecha 30 de noviembre del 2001, se creo el Consejo Consultivo del Area de Bienes Muebles de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, en el que estan representadas las entidades publicas y/o privadas vinculadas con dichas materias, con el objeto de que coadyuven a la debida aplicacion de las normas y a la optimizacion de las funciones registrales; Que, en consecuencia se hace necesario designar al representante de la SUNARP ante el Consejo Consultivo del Area de Bienes Muebles de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal o) y v) del Articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor doctor MORDAZA MORDAZA Freyre, como representante de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ante el Consejo Consultivo del Area de Bienes Muebles de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 3720

Designan representante de la SUNARP ante el Consejo Consultivo del Area de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 065-2002-SUNARP/SN
MORDAZA, 20 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26366 se creo el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), como un organismo descentralizado MORDAZA y ente rector del Sistema; Que, mediante Resolucion Nº 332-2001-SUNARP/SN, de fecha 30 de noviembre del 2001, se creo el Consejo Consultivo del Area de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, en el que estan representadas las entidades publicas y/o privadas vinculadas con dichas materias, con el objeto de que coadyuven a la debida aplicacion de las normas y a la optimizacion de las funciones registrales; Que, en consecuencia se hace necesario designar al representante de la SUNARP ante el Consejo Consultivo del Area de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal o) y v) del Articulo 7º del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS;

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