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Pág. 225836 NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de julio de 2002 J N E Inscriben provisionalmente a la orga- nización política nacional "Movimien- to Nueva Izquierda - MNI" en el Regis- tro de Organizaciones Políticas del JNE RESOLUCIÓN Nº 222-2002-JNE Lima, 26 de junio de 2002 VISTO: El Expediente Nº 030-2001, sobre el proceso de ins- cripción en el Registro de Organizaciones Políticas de la organización política nacional “Movimiento Nueva Iz- quierda“, promovida por los señores Alberto Moreno Rojas del Río y César Antonio Barrera Bazán, Presi- dente y Secretario General de la organización política nombrada; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el inciso b) del Artículo 88º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, para la inscripción de una organización polí- tica nacional en el Registro de Organizaciones Políti- cas, se requiere la presentación de una relación de adherentes no menor del 1% del total nacional de vo- tantes que participaron en las elecciones generales del 8 de abril del año 2001, cifra que equivale a 122,643 firmas de ciudadanos, según lo determinado mediante la Resolución Nº 636-2001-JNE de fecha 4 de setiem- bre del año 2001; Que es de competencia del Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil la comprobación de la autentici- dad de las firmas y la numeración de los documentos nacionales de identificación correspondientes a los ciu- dadanos que se han adherido a favor de la inscripción de una determinada organización política, de conformidad con el procedimiento establecido en los Artículos 91º y 92º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, modifi- cados por el Artículo 10º de la Ley Nº 27369; Que de la comprobación de las ciento sesenta y cuatro mil setecientos treinta y ocho mil (164,738) fir- mas de adherentes presentadas por la organización política “Movimiento Nueva Izquierda - MNI” en el pre- sente período electoral, se tiene que dicha organiza- ción ha obtenido cuarenta y siete mil setenta y uno (47,071) firmas de adherentes válidas, según los infor- mes del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil remitidos entre el 12 de marzo y 25 de junio del año 2002, mediante Oficios Nºs. 103, 104, 132, 378 y 389-2002-JEF/RENIEC; que sumadas con las setenta y seis mil novecientos noventa (76,990) firmas de ad- herentes válidas reconocidas mediante Resolución Nº 110-2001-JNE, dan un total de ciento veinticuatro mil sesenta y uno (124,061) firmas válidas; Que la organización política "Movimiento Nueva Iz- quierda - MNI" ha cumplido con los requisitos exigidos para la inscripción de una organización política nacio- nal en el Registro de Organizaciones Políticas del Ju- rado Nacional de Elecciones, establecidos en los Artí- culos 88º y 164º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Que cumplidos con los requisitos de inscripción, el Jurado Nacional de Elecciones procede inmediatamente a efectuar la inscripción provisional, la que se convierte en definitiva después de resueltas las tachas que pudie- ra formularse dentro de los tres días naturales siguientes a la publicación de la presente resolución o transcurrido dicho plazo sin que se haya formulado tachas, de confor- midad con lo establecido en los Artículos 96º y 101º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859; Por estas consideraciones, el Jurado Nacional de Elec- ciones en cumplimiento de lo establecido en los numera- les 2) y 3) del Artículo 178º de la Constitución Política del Perú;RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir provisionalmente en el Re- gistro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la organización política nacional "Movi- miento Nueva Izquierda - MNI"; así como el símbolo que la identifica que consiste en un recuadro de color negro conteniendo en su interior el dibujo de una bandera de color rojo con asta negra, dentro de la cual se señala la sigla MNI en letras blancas mayúsculas, tal como se acompaña en el anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo: Téngase presente el domicilio se- ñalado por la organización política inscrita provisional- mente ubicado en el jirón Antonio Miró Quesada 360, dis- trito del Cercado, provincia de Lima; así como la acredi- tación del señor Rolando Rubén Breña Pantoja como personero legal titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ- PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO BALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General ANEXO SÍMBOLO DE LA ORGANIZACIÓN POL ÍTICA “MOVIMIENTO NUEVA IZQUIERDA” 11862 Declaran que regidoras del Concejo Dis- trital de Santiago, provincia de Cusco, continúan en el ejercicio de sus cargos RESOLUCIÓN Nº 230-2002-JNE Lima, 2 de julio de 2002 Expediente Nº 410-2002 Visto el Oficio Nº 138-A/MDS-2002 suscrito por el señor Víctor Abel Del Castillo Alarcón, Alcalde del Con- cejo Distrital de Santiago, provincia y departamento de Cusco, recibido el 3 de junio del 2002, comunicando que en sesión del 23 de mayo de 2002 se acordó suspender por seis meses en el cargo a las Regidoras Aideé Gar- cés Beisaga y Martha Maritsa García Morales, expidién- dose en ese sentido el Acuerdo Municipal Nº 014-CM/ MDS-2002 de fecha 24 de mayo del 2002; lo que comuni- ca para los fines a que hubiera lugar; CONSIDERANDO: Que, en la motivación del Acuerdo Municipal Nº 014- CM/MDS-2002 del Concejo Distrital de Santiago, se pre- cisa que la suspensión de autos constituye una sanción disciplinaria contra las Regidoras Aideé Garcés Beisaga y Martha Maritsa García Morales;