Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2002 (13/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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bes a que se refiere el numeral 1.2.2 del Articulo 1º de la presente Ley, incluido el mar adyacente a MORDAZA hasta mil metros medidos de las lineas de base que establece la Ley. Consecuentemente, en la MORDAZA de Desarrollo del Proyecto de Playa MORDAZA - Tumbes no seran de aplicacion los Articulos 1º al 9º y 15º de la Ley Nº 26856. Con excepcion de las licencias, autorizaciones y permisos municipales que se regularan de conformidad con lo previsto en el Articulo 8º de la presente Ley, el MITINCI sera la unica entidad competente para todo y cualquier otro permiso, autorizacion y/o licencia dentro de la MORDAZA de Desarrollo del Proyecto Playa MORDAZA - Tumbes. CUARTA.- Trato preferente en el precio y prioridad para la adjudicacion de nuevas tierras El Ministerio de Agricultura dispondra lo conveniente para que los propietarios que vendan sus terrenos bajo el procedimiento de trato directo, a que se refiere la Primera Disposicion Complementaria de la presente Ley, que asi lo soliciten, tengan un trato preferencial en el precio y prioridad para la adjudicacion de nuevas tierras, en una extension igual o menor a la que poseian, en el Proyecto de Irrigacion Quebrada Casitas - Bocapan o en cualquier otro que se ejecute en la zona. El trato preferencial en el precio esta referido a una disminucion del cincuenta por ciento (50%) del precio de venta, en relacion al que se otorgue a otros compradores de este proyecto. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS PRIMERA.- Extension de los beneficios de la presente Ley Declarase de interes nacional y necesidad publica el desarrollo turistico de los departamentos del norte del MORDAZA, a cuyo efecto, por Ley expresa, se haran extensibles los beneficios senalados en la presente Ley a las zonas turisticas que se establezcan, previa aprobacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y el Ministerio de Economia y Finanzas. SEGUNDA.- Conformacion de Comision Revisora de Transferencias de Propiedad Constituyase una comision especial encargada de revisar las transferencias de propiedad que se hayan efectuado en la MORDAZA de Desarrollo del Proyecto Playa MORDAZA - Tumbes, desde el 28 de MORDAZA del ano 2001 a la fecha de promulgacion de la presente Ley, integrada por: a) b) c) d) Un representante del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural (PETT), quien la presidira. Un representante de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal (COFOPRI). Un representante de los Registros Publicos Grau - Sede Tumbes. Un representante de la Camara de Comercio y de la Produccion de Tumbes.

QUINTA.- Reglamento de la Ley Mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales y por el Ministro de Economia y Finanzas, se establecera el Reglamento de la presente Ley, en un plazo que no exceda los noventa (90) dias utiles, a partir de la fecha de publicacion de la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de junio de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 12558

PODER EJECUTIVO PCM
Modifican articulos de decreto mediante el cual se conformo la Comision Multisectorial de Reduccion de Riesgos para el Desarrollo
DECRETO SUPREMO Nº 066-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Supremo Nº 053-2002-PCM, se conformo la Comision Multisectorial de Reduccion de Riesgos para el Desarrollo, encargada de coordinar las acciones conducentes a la incorporacion del enfoque de prevencion y mitigacion de riesgos frente a peligros naturales en el MORDAZA de planeamiento del desarrollo, asi como de establecer y mantener vinculaciones con las iniciativas internacionales y de la Region Andina; Que con la finalidad de contribuir al mejor desempeno de las funciones de la Comision Multisectorial descritas en el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 053-2002-PCM, es conveniente, a efectos de no sobrepasar el objeto de la Comision, precisar el alcance de las mismas; asi como los sectores que participaran en dicha Comision; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Del objeto Modificanse los Articulos 2º y 4º del Decreto Supremo Nº 053-2002-PCM, cuyos textos quedaran redactados de la siguiente manera:

Dicha comision dentro del plazo de sesenta (60) dias siguientes a la fecha de promulgacion de la presente Ley, presenta un informe al Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI y a la Comision de Industria, Comercio, Turismo y Pymes del Congreso de la Republica, los que evaluaran el citado informe a efectos de determinar las acciones que correspondan. TERCERA.- Informe al Congreso de la Republica El Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, remitira anualmente un informe a la Comision de Industria, Comercio, Turismo y Pymes sobre la evaluacion del desarrollo del Proyecto Playa MORDAZA - Tumbes. CUARTA.- Competencia del Organismo Publico que sustituya al MITINCI como ente rector del Turismo Todas las funciones y referencias que se MORDAZA u otorguen al MITINCI mediante la presente Ley, se entenderan efectuadas al Organismo Publico que la sustituya como ente rector de la actividad turistica.

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