Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2002 (13/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Modifican articulos de decreto que creo el Consejo Nacional de la Competitividad
DECRETO SUPREMO Nº 068-2002-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM se creo el Consejo Nacional de la Competitividad para desarrollar e implementar un Plan Nacional de Competitividad que incluya objetivos, politicas y medidas especificas, asi como metas tentativas e indicadores de seguimiento que permitan medir los avances en su cumplimiento, estableciendose que dicho organismo debera liderar su ejecucion; Que, resulta necesario modificar el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, con el objeto de reflejar adecuadamente, sus objetivos y su organizacion, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 006-2002PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese los Articulos 1º, 3º, 4º y 5º del Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM los cuales tendran el texto siguiente: "Articulo 1º.- Constitucion.- Constituyase el Consejo Nacional de la Competitividad como una comision de coordinacion de asuntos especificos de la Presidencia del Consejo de Ministros encargada de desarrollar e implementar un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de mejorar la capacidad del Peru para competir en el MORDAZA internacional". "Articulo 3º.- Organizacion.- El Consejo Nacional de la Competitividad estara conformado por: 3.1. El Consejo Directivo. 3.2. La Secretaria Tecnica. "La Secretaria de Gestion Multisectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros actuara como organo de apoyo tecnico del Consejo Nacional de la Competitividad". "Articulo 4º.- Consejo Directivo.- El Consejo Directivo es la MORDAZA instancia deliberativa y resolutiva del Consejo Nacional de la Competitividad". "El Consejo Directivo esta integrado por: 4.1. El Presidente del Consejo de Ministros quien la presidira; 4.2. El Ministro de Economia y Finanzas; 4.3. El Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; 4.4. El Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo; 4.5. El Ministro de Agricultura; 4.6. Dos representantes del sector empresarial; 4.7. Un representante de la fuerza laboral; y, 4.8. El Director Ejecutivo". "El Director Ejecutivo sera el encargado de supervisar y promocionar el desarrollo del Plan Nacional de Competitividad de conformidad con los lineamientos que el Consejo Directivo acuerde". "Los Ministros de Estado miembros del Consejo Directivo, podran en forma eventual, delegar su representacion ante el Consejo Directivo, en cuyo caso deberan designar a su representante por escrito ante el Presidente de dicho organismo". "Los representantes del sector empresarial, el representante de la fuerza laboral y el Director Ejecutivo seran

designados por el Presidente de la Republica, a propuesta del Presidente del Consejo de Ministros, mediante Resolucion Suprema y refrendada por este". "El Consejo Directivo establece los lineamientos generales del Plan Nacional de Competitividad, define la estrategia, aprueba los planes de accion, adopta las decisiones necesarias para su implementacion y supervisa su ejecucion". "Articulo 5º .- La Secretaria Tecnica es el organo ejecutivo del Consejo Nacional de la Competitividad y se encontrara a cargo de un Secretario Tecnico nombrado por el Presidente del Consejo de Ministros mediante Resolucion Ministerial". "Corresponde a la Secretaria Tecnica proponer al Consejo Directivo el diseno del Plan Nacional de Competitividad y las medidas normativas necesarias para alcanzar los objetivos, politicas y metas tentativas trazadas; asi como liderar su ejecucion en coordinacion con los agentes clave involucrados; monitorear las actividades establecidas en el Plan Nacional de Competitividad correspondientes a los organismos involucrados en la ejecucion del indicado Plan y prestar apoyo tecnico, administrativo y legal al Consejo Directivo para el cumplimiento de sus objetivos". Articulo 2º.- Incorporese al Decreto Supremo Nº 0242002-PCM, la Cuarta y MORDAZA Disposicion Final, las cuales tendran el siguiente texto: "Cuarta.- El Consejo Nacional de la Competitividad podra contratar los servicios de diversos profesionales necesarios para el correcto desempeno de su mandato". "Quinta.- Por Resolucion de la Presidencia de Consejo de Ministros se dictara las medidas complementarias que fueran necesarias para cumplir con lo dispuesto por el presente Decreto Supremo". Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economia y Finanzas, el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo y el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los once dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 12577

Aceptan renuncia del Ministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCION SUPREMA Nº 268-2002-PCM MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2002 Vista la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, formula el senor MORDAZA MORDAZA Sayan Larrabure; y, Estando a lo acordado;

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