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Pág. 226302 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de julio de 2002 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Bernabé Valenzuela Tapia, Director del Módulo de Televisión de la Secretaría de Prensa de la Presidencia de la República, que viajará a la ciudad de Seattle, Estados Unidos de América, del 11 al 15 de julio de 2002, como miembro adicional de la delegación de avanzada que deberá coordinar los aspec- tos previos de prensa relativos a la participación del se- ñor Presidente de la República en su visita de trabajo a la sede de la Corporación Microsoft y a la Fundación Gates, que se realizará en Seattle, Estados Unidos de América el 15 de julio de 2002. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 2 011,00 Viáticos US$ 1 100,00 Impuesto CORPAC US$ 25,00 Artículo 3º.- El personal designado en el término de quince (15) días calendario, contados a partir de su re- torno al país, deberá rendir cuenta documentada al Des- pacho Presidencial de los gastos efectuados en el men- cionado viaje. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 12521 Aceptan renuncia de Secretario Técni- co Ad Hoc de la Comisión Inter- ministerial de Asuntos Sociales - CIAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 259-2002-PCM Lima, 11 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 399-2001- PCM, se designó al señor Pedro Francke Ballve, como Secretario Técnico Ad Hoc de la Comisión Interministe- rial de Asuntos Sociales - CIAS, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que el mencionado funcionario ha formulado renun- cia al cargo antes citado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Ùnico.- Aceptar la renuncia formulada por el señor PEDRO FRANCKE BALLVE al cargo de Secretario Técnico Ad Hoc de la Comisión Interministerial de Asun- tos Sociales - CIAS, en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros 12522Aprueban Reglamento del Consejo de la Competitividad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 262-2002-PCM Lima, 12 de julio de 2002 CONSIDERANDO: Que, por el Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM y su modificatoria D.S. Nº 066-2002-PCM, se creó el Consejo Nacional de la Competitividad, como una comisión de coordinación de asuntos específicos de la Presidencia del Consejo de Ministros encargada de desarrollar e im- plementar un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de mejorar la capacidad del Perú para competir en el mercado internacional; Que, resulta necesario que el Consejo Nacional de la Competitividad cuente con un reglamento con el objeto de establecer las funciones y estructura organizativa de dicha entidad; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560 y Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Reglamento del Consejo Nacional de la Competitividad, el mismo que consta en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Reso- lución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros REGLAMENTO DEL CONSEJO DE LA COMPETITIVIDAD Título I Disposiciones Generales Artículo 1º.- Objeto.- El presente Reglamento regula las funciones y estructura organizativa del Consejo Na- cional de la Competitividad creado mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-PCM, de conformidad con lo es- tablecido en la Ley del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Con- sejo de Ministros. El Consejo Nacional de la Competitividad tiene por finalidad desarrollar e implementar conjuntamente con el sector privado un Plan Nacional de Competitividad con el objeto de integrar exitosamente al Perú en la economía global del Siglo XXI, basado en una mejora continua de la competitividad, que permita generar un mayor empleo y mejorar la calidad de vida de la población. Artículo 2º.- Sede y plazo.- El Consejo Nacional de la Competitividad tiene su domicilio en la Ciudad de Lima y su plazo de duración es indefinido. Título II Funciones Artículo 3º.- Funciones.- El Consejo Nacional de la Competitividad tiene por funciones las siguientes: 3.1. Desarrollar un Plan Nacional de Competitividad que incluya objetivos, políticas y medidas específicas, así como metas tentativas e indicadores de seguimiento que permitan medir los avances en su cumplimiento. 3.2. Proponer al Poder Ejecutivo las medidas norma- tivas necesarias para alcanzar los objetivos, políticas y metas tentativas trazadas en el Plan Nacional de Com- petitividad; 3.3. Liderar la ejecución del Plan Nacional de Compe- titividad, en coordinación con las entidades e institucio- nes públicas y/o privadas encargadas de las distintas ac- tividades in cluidas en el mencionado Plan; y,