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Pág. 224127 NORMAS LEGALES Lima, martes 4 de junio de 2002 Que, resulta necesario reglamentar el alcance de la Disposición Transitoria Única de la Ley Nº 27701, a efec- tos de determinar los procesos comprendidos en el con- cepto de procesos de privatización en trámite; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo Primero.- Establecer que lo dispuesto en la Disposición Transitoria Única de la Ley Nº 27701, es aplicable respecto de los procesos de promoción de la inversión privada que se hayan convocado a la fecha de entrada en vigencia de la mencionada nor- ma, bajo el marco de lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 674 y Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, normas reglamentarias, modificatorias y complemen- tarias. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Minis- tros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de junio del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros y Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas 10018 Ratifican acuerdo de la COPRI sobre concesión al sector privado de ejecu- ción de obras de infraestructura para prestación de servicios turísticos en el "Parque Turístico Nacional Laguna de Quistococha" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 155-2002-EF Lima, 29 de mayo de 2002 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al numeral 2) del Artículo 6º Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que re- gulan la entrega en concesión al sector privado las obras públicas de infraestructura y servicios públicos aprobado por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, concordado con la Ley Nº 27111, corresponde a la Comisión de Promo- ción de la Inversión Privada (COPRI), establecer las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos que serán entregados en concesión al sector privado bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el men- cionado Texto Único Ordenado;Que, la COPRI mediante Acuerdo de fecha 19 de marzo de 2002, acordó entregar en concesión al sector privado, las obras de infraestructura para la prestación de servicios tu- rísticos en el "Parque Turístico Laguna de Quistococha"; Que, mediante Resolución Suprema Nº 444-2001-EF, se han constituido los Comités Especiales encargados de llevar adelante los procesos de promoción de la inver- sión privada, designándose a sus Miembros Permanen- tes como a Miembros Especializados para diversos pro- cesos de promoción, habiéndose dispuesto que la com- petencia de los Miembros Especializados será la que se le asigne mediante Resolución Suprema; Que mediante Resolución Suprema Nº 478-2001-EF, se ha designado al Miembro Especializado encargado de llevar adelante los procesos de promoción de la inversión privada en proyectos de infraestructura y servicios turísticos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 059-96-PCM, la Ley Nº 27111 y la Resolución Su- prema Nº 393-2001-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por la Comi- sión de Promoción de la Inversión Privada (COPRI), por el cual se estableció la entrega en concesión al sector privado, la ejecución de obras de infraestructura para la prestación de servicios turísticos, en el "Parque Turístico Nacional La- guna de Quistococha", bajo los mecanismos y procedimien- tos a que se refiere el Texto Único Ordenado y su reglamen- to aprobados por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, respectivamente. Artículo 2º.- Designar al Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada en Proyectos de Infraestructura y de Servicios Públicos y al Miembro Especializado designado mediante la Resolución Suprema Nº 478-2001-EF, como en- cargados de llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada referido en el artículo precedente. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, por el Ministro de Industria, Turismo, Integración y Nego- ciaciones Comerciales Internacionales y por el Ministro de la Presidencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 10015 Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción Proyecto: Plan Técnico Fundamental de Numeración El Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, conforme a las Políticas de Transparencia y de Promoción de la Participación Ciudadana que motivan al Sector, amplía hasta el día viernes 14 de junio el plazo de la presentación de comentarios y propuestas relacio- nadas con el Proyecto Plan Técnico Fundamental de Numeración publicado el día 16 de mayo de 2002. Las instituciones, autoridades, personas naturales y personas jurídicas interesadas, pueden hacerlas llegar por escrito a la Dirección General de Telecomunicaciones, Av. 28 de Julio Nº 800-Lima, vía fax al número telefónico 433-1450 o a las direcciones electrónicas : gvillanuevap@mtc.gob.pe y/o lames@mtc.gob.pe .9971