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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (05/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 224175 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de junio de 2002 el certificado médico correspondiente; razón por la cual y siendo que la doctora Adriana Serpa Vergara, viene inte- grando la Sala referida, estando a las vacaciones conce- didas a la doctora Torres Vega, resulta prudente disponer la permanencia de la doctora Serpa Vergara al interior de la Primera Sala Laboral, mientras dure la ausencia de la doctora Isabel Cristina Torres Vega; Que, mediante documento cursado con fecha treintiu- no de mayo del año en curso, la doctora Cecilia Gabriela González Fuentes, Juez Titular del Décimo Sexto Juzga- do Especializado de Familia de Lima, solicita licencia por maternidad a partir del veintiocho de mayo al veintiocho de agosto del presente año, adjuntando para tal efecto el Certificado de Incapacidad para el Trabajo expedido por el Área de Salud correspondiente, razón por la cual resul- ta necesario designar al profesional en Derecho que asu- mirá el Despacho referido mientras dure la ausencia de la doctora González Fuentes; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima es la máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial a su cargo, y en virtud a dicha atribu- ción se encuentra facultado a designar, reasignar, ra- tificar y/o dejar sin efecto la designación de los Magis- trados Suplentes que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional; Que, en uso de las facultades conferidas en los inci- sos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la permanencia de la doctora ROSA ADRIANA SERPA VERGARA, como Vocal Provisional integrante de la Primera Sala Labo- ral de Lima hasta el 7 de junio del 2002, estando a lo expuesto en el primer considerando de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora BENIG- NA DEL CARMEN AGUILAR VELA, como Juez Suplente del Décimo Sexto Juzgado de Familia de Lima, a partir del 5 de junio al 28 de agosto del 2002, estando a la licen- cia por maternidad solicitada por la doctora Cecilia Ga- briela González Fuentes. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor VÍCTOR JULIO VALLADOLIT ZETA, como Juez Suplente del Vi- gésimo Sétimo Juzgado Especializado en lo Penal de Lima, a partir del 5 de junio del 2002, estando a lo expuesto en el tercer considerando de la presente Resolución, en reemplazo del doctor Fernando Martín Solari Oliva, a quien se le da las gracias por los servi- cios prestados. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Con- sejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judi- cial, de la Supervisión del Poder Judicial, de la Fiscalía de la Nación y de la Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima para los fines perti- nentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 10063 ORGANISMOS AUTÓNOMOS S B S Prorrogan plazo para que el Banco Internacional del Perú S.A.A. proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas RESOLUCIÓN SBS Nº 482-2002 Lima, 27 de mayo de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank de prórroga del plazo para la ena- jenación de los bienes adjudicados en cobro de acreen- cias que forman parte del Anexo de la presente resolu- ción, conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sis- tema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda con- traída previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-2075- 2000 señalan que las solicitudes para prórroga del plazo establecido en el Artículo 215º de la Ley General, debe- rán ser presentadas con una anticipación de, por lo me- nos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso con- trario será rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, deberá adjuntarse a la solicitud de prórroga una valua- ción del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario será re- chazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitución de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicación o recuperación de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudi- cados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmue- bles; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-053-OT-2002 y con el visto bueno de la Super- intendencia Adjunta de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias; y, en virtud de las faculta- des delegadas mediante Resolución SBS Nº 807-99 y Re- solución SBS Nº 034-2002; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo al que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank proce- da a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Internacional del Perú S.A.A. - Interbank deberá proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las corres- pondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) ANEXO BIENES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRÓRROGA PARA SU VENTA Tipo de Descripción / Ubicación Fecha de Valor en Bien Adjudicación Libros (en S/.) INMUEBLE CALLE LA LOMADA LOTE # 1, URB. CHALLAPAMPA, 2001.6.28 913,547.99 DISTRITO DE CERRO COLORADO - AREQUIPA INMUEBLE CALLE SAN MARTÍN 900, DISTRITO Y PROVINCIA 2001.6.28 41,487.10 DE CALCA - CUSCO INMUEBLE JR. SANTA ANA 592-596 (ANTES LOTE 20 MZ. 29) 2001.6.8 233,050.46 SECTOR 1, MIGUEL GRAU,. DISTRITO EL PORVENIR, PROV. TRUJILLO - LA LIBERTAD