Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2002 (20/06/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 119

MORDAZA, jueves 20 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 224973

ampliacion y remodelacion de pabellones universitarios y otras pequenas obras. · Obras nuevas priorizadas por el Pliego.

Precisiones adicionales en la Formulacion de los Gastos Articulo 35º.- Atendiendo a lineamientos sobre prevision de gastos senalados en el Articulo 8º de la presente Directiva, en la Fase de Formulacion los Pliegos deben sujetarse a los siguientes criterios: En cuanto a Personal, Obligaciones Sociales y Obligaciones Previsionales : · El monto asignado por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", debe asegurar el pago de la planilla de haberes de las Actividades a desarrollar durante el ano fiscal 2003. Asimismo, debe preverse los gastos por conceptos ocasionales, teniendo en cuenta que no se admitiran demandas adicionales o ampliaciones por dicho concepto. · Los Pliegos Presupuestarios deberan considerar obligatoriamente en la formulacion de sus gastos para actividades y proyectos, las cargas sociales que correspondan a los servidores publicos de la entidad, dado que dichas cargas seran asumidas integramente por los Pliegos en su calidad de empleadores, bajo responsabilidad. Las Actividades que involucren el pago de pensiones, deben contar con las previsiones necesarias para el pago de la planilla continua durante el ano fiscal. De ser el caso, debe coordinarse las transferencias que involucren el traslado de Pensionistas entre diferentes entidades del Estado. Asimismo, se debera coordinar con la Oficina de Normalizacion Previsional la adecuada aplicacion y los efectos de la Ley Nº 27719, Ley de Reconocimiento, Declaracion y Calificacion de los Derechos Pensionarios legalmente obtenidos al MORDAZA del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas modificatorias y complementarias. En cuanto a Bienes y Servicios : · La formulacion del gasto, en bienes y servicios, debe garantizar -fundamentalmente- la cobertura de los gastos por tarifas de servicios (luz, agua y telefono), las obligaciones contractuales y la atencion del racionamiento cuando corresponda, asi como el costo de los combustibles y lubricantes, necesarios para el desarrollo de las Actividades y Proyectos del Pliego. El gasto del racionamiento (Policia Nacional, Fuerzas Armadas, hospitales, centros de reclusion penitenciaria y comedores universitarios) se calcula en base al valor de la racion vigente al mes de junio de 2002.

Pautas para la Formulacion de los Gastos de las Actividades y Proyectos Articulo 34º.- Una vez disenada la Estructura Funcional Programatica del Pliego, se procede a la Formulacion de los Gastos consistente en asignar las respectivas MORDAZA de Gastos asi como determinar las MORDAZA de Financiamiento a que correspondan los mismos, a nivel de Actividades y Proyectos, teniendo en cuenta el(los) Componente(s) y la(s) Meta(s) Presupuestaria(s) contenida(s) en dicha(s) Categoria(s) Presupuestaria(s). Para tal efecto, se utiliza la informacion reunida en los procesos de Programacion Presupuestal, debiendo observarse las siguientes pautas: i. La Asignacion Presupuestaria - MEF, correspondiente a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", (comunicada al Pliego por la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia Finanzas), asi como la Asignacion Presupuestaria - Pliego, correspondiente a los recursos de las otras MORDAZA de Financiamiento, deben cubrir los gastos a que se refiere el Articulo 24º de la presente Directiva. ii. Las Metas Presupuestarias de los Componentes que integran las Actividades y Proyectos del Pliego, son -para efectos de la Formulacion de los Gastos- las unidades basicas de egresos, a las que se les asigna las MORDAZA de gasto necesarias para el cumplimiento de las mismas. Se entiende por "cadena de gasto", a la codificacion que asocia la Categoria del Gasto, el Grupo Generico de Gasto, la Modalidad de Aplicacion y la Especifica del Gasto. Asimismo, a cada cadena de gasto, se le "dota" de la correspondiente asignacion de recursos, especificandose el respectivo monto y la respectiva Fuente de Financiamiento. iii. A fin de asegurar una correcta formulacion de los gastos, es recomendable que cada Meta Presupuestaria comprenda egresos que no impliquen dificultades en su imputacion, a fin de evitar calculos adicionales de prorrateos de costos o similares. En tal sentido, es conveniente que la Formulacion de las Metas Presupuestarias permita la aplicacion MORDAZA de los egresos que implica su realizacion, de manera que faciliten la imputacion del gasto en la Fase de Ejecucion Presupuestaria. Las Metas Presupuestarias asi definidas deben expresar productos finales de los servicios y funciones que desarrollara el Pliego durante el ano fiscal 2003. iv. Las MORDAZA de gasto que se determinen para las Actividades, deben tener -unicamente- como raiz la Categoria del Gasto 5. "Gasto Corriente", y solo cuando se trate de gastos que se orienten al equipamiento y a la adquisicion de inmuebles, debe considerarse la Categoria del Gasto 6. "Gastos de Capital" vinculada al Grupo Generico de Gasto 7. "Otros Gastos de Capital". v. En el caso de los Proyectos, las "cadenas de gasto" que se les asignen consideraran como raiz exclusivamente- la Categoria del Gasto 6. "Gasto de Capital". vi. En los casos relativos a la modalidad de Ejecucion Presupuestaria Indirecta que celebren los Pliegos Presupuestarios con Organismos Internacionales (PNUD, AID, BIRF, etc.), la asignacion propuesta se desagrega en todos los Grupos Genericos de Gasto que impliquen la realizacion de los mismos; y para la Modalidad de Aplicacion se utiliza el codigo 50. Transferencias al exterior Gobiernos, Organismos Internacionales y Fondos Internacionales.

·

·

En cuanto a Inversiones : · La formulacion del gasto de inversiones, debe considerar las demandas de gasto que se prevean por concepto de la Ejecucion Presupuestaria Indirecta de Componentes de Proyectos, a titulo oneroso y/o gratuito (sea por contrato y/o convenio), asi como por la Ejecucion Presupuestaria Directa (que comprende los gastos por concepto de Planilla, Bienes y Servicios de Proyectos ejecutados bajo dicho MORDAZA de ejecucion) y demas gastos que se requieran para el cumplimiento de las Metas Presupuestarias que se formulen para el ano fiscal. Los contratos que se celebren y que impliquen la Ejecucion Presupuestaria Indirecta, a titulo oneroso, de Estudios y Obras, se sustentan en el Formato 3 : "Proyectos de Inversion por Ejecucion Presupuestaria Indirecta (Contrato o Convenio)"

·

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.