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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G32/G34/G39/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de junio de 2002 (a)En cuanto a la Fuente de Financiamiento "Recur - sos Or dinarios" : Su proyección es elaborada por el Ministerio de Eco- nomía y Finanzas en el marco de la Ley Nº 27245 - Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal, del Marco Macroeconómico Multianual y las coordinaciones quepara tal efecto se han realizado con el Consejo de Ministros. En tal sentido, en el marco de la citada es- timación, no se considerarán demandas adicionalescon cargo a Recursos Ordinarios. (b) En cuanto a las Fuentes de Financiamiento "Re- cursos Directamente Recaudados" , "Canon y So- brecanon" , "Participación en Rentas de Aduanas" y "Contribuciones a Fondos" : 1. Su proyección deberá efectuarse sobre la base de la Ejecución Financier a de Ingresos informada para efectos de la elaboración de la Cuenta General de la República, al 31 de diciembre de 2001, así como el comportamiento de los ingresos registrados en lo queva del año en curso y la proyección de la percepción al cierre del año fiscal 2002. Dicho cálculo no consi- dera los Saldos de Balance (18) correspondientes a los ejercicios anteriores. 2. Los Pliegos deben tomar en consideración los facto- res estacionales que pudieran incidir en el comporta- miento de sus ingresos, tales como: información es- tadística de la captación (tendencia al incremento odisminución de la recaudación), desaparición de cier- tos conceptos de ingreso, captación de nuevos conceptos de ingreso, variación en el monto delas tasas, cambios producidos en el marco legal, etc. 3. La Estimación de Ingresos , por estas Fuentes de Financiamiento obligará a las Oficinas de presu- puesto o quien haga sus veces, a realizar los es-fuerzos técnicos necesarios, a fin de evitar sobre estimaciones y/o subestimaciones en las Fuentes de Financiamiento antes citadas, dado que las de- ficiencias en la estimación no g enerarán compensación alguna con car go a la fuente de financiamiento "Recur sos Or dinarios". 4. Las proyecciones que se efectúen deben susten- tarse en las Reuniones de Formulación Presupues-tal, a que se refiere el Artículo 38º de la presente Directiva. 5. En lo que se refiere a los Recursos Directamente Recaudados, deberá precisarse la base legal de las partidas específicas del ingreso, para lo cualse utilizará el Formato 1: "Detalle por Partidas Específicas Recursos Directamente Recaudados". (c)En cuanto a las Fuentes de Financiamiento "Ope- raciones Oficiales de Crédito Interno" , "Operacio- nes Oficiales de Crédito Externo" y "Donaciones y Transferencias" : 1. Su Estimación debe considerar únicamente aque- llos recursos que han sido materia de Instrumen- tos Bancarios y/o Financieros suscritos de acuer- do a la legislación aplicable o mediante Contratoy/o Convenio, debiendo tenerse presente el Cro- nograma de Desembolsos aprobado para el año fiscal, salvo en el caso de los préstamos fungiblesde libre disposición que contempla el Marco Ma- croeconómico Multianual de acuerdo al Programa Económico del Gobierno. 2. Si la previsión de gastos con cargo a la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficia-les de Crédito Externo" requiere egresos por con- cepto de contrapartida nacional, la previsión de la citada Fuente de Financiamiento se supedita almonto aprobado en la Asignación Presupuestaria - MEF a que se refiere el literal (a) del Artículo 27º de la presente Directiva. 3. El detalle de los organismos y/o entidades que otor- gan recursos por las Fuentes de Financiamientoantes señaladas, se consigna en el Formato 2 : "Ingresos y Gastos Provenientes de Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito y Donaciones", de la presente Directiva. Tratamiento de los Saldos de Balance Artículo 26º.- Los recursos por concepto de Saldos de Balance, no considerados en la Estimación de Ingre- sos a que se refiere el numeral 1 del inciso b) del Artículo25º de la presente Directiva, se incorporan mediante Cré- dito Suplementario durante la Fase de Ejecución Presu- puestaria del año fiscal 2003, en la respectiva Fuente deFinanciamiento que los generó. Determinación de la Asignación Presupuestaria Total del Pliego Artículo 27º.- La Asignación Presupuestaria Total de los Recursos Públicos, clasificada a nivel de Fuentes de Financiamiento, es el resultado de los trabajos de Esti- mación de los Ingresos a que se refiere el Artículo 25º de la presente Directiva. La Asignación Presupuestaria Total se compone de los siguientes conceptos: (a)Asignación Presupuestaria - MEF : Monto corres- pondiente a la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios", comunicado por la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía yFinanzas al Pliego. Dicha cifra es definitiva. (b) Asignación Presupuestaria - Pliego : Son los mon- tos estimados por el Pliego correspondientes a Fuen- tes de Financiamiento distintas a la de "Recursos Or- dinarios" y se determinan de acuerdo a los lineamien-tos establecidos en los incisos (b) y (c) del Artículo 25º de la presente Directiva. CAPITULO III DISPOSICIONES PARA LA FASE DE FORMULACION PRESUPUESTAL Concepto Artículo 28º.- De conformidad con lo establecido en el Artículo 18º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Pre- supuestaria del Estado, en la Fase de Formulación Pre- supuestaria se define la Estructura Funcional del Presu-puesto Institucional del Pliego, la cual debe reflejar los Objetivos Institucionales de corto plazo, se seleccionan las Metas Presupuestarias teniendo en cuenta la Escala de Prioridades aprobada por el Titular del Pliego o su delegado para el año fiscal 2003 así como se consignan las "cadenas de gasto" y las respectivas Fuentes de Fi-nanciamiento. La Fase de Formulación recoge en los casos que co- rrespondan, los resultados alcanzados en el Planeamiento y Programación Participativa del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003 en materia de Gastos deInversión, en el marco del Instructivo Nº 001-2002-EF/ 76.01 aprobado por la Resolución Directoral Nº 022-2002- EF/76.01. Objeto de la Fase de Formulación Presupuestal Artículo 29º.- La Fase de Formulación Presupuestal tiene por objeto definir la Estructura Funcional Progra- mática, diseñada a partir de la selección de las Catego- rías Presupuestarias (Funciones, Programas, Subprogra- mas, Actividades y Proyectos), contenidas en el Clasifi- cador Funcional Programático y en las Tablas de Activi-dades y Proyectos, aprobados por la Dirección Nacional del Presupuesto Público. Asimismo, se seleccionan las Metas Presupuestarias, propuestas durante la Fase de Programación, en función de la Escala de Prioridades que se establezca, debiendo expresar productos cuantificables y medibles que repre- senten los Objetivos Específicos a lograr por parte del Pliego.