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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (20/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 112

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G32/G34/G39/G36/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de junio de 2002 berá ser acompañado con copia del Plan Estratégico Ins- titucional, el que se remitirá a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a más tardar el 28 de junio de 2002. El citado resumen ejecutivo debe ser visado por el Titular de Pliego o su delegado y el Jefe de la Oficina de Presupuesto y Planificación o el que haga sus veces. Planes de Desarrollo Departamental Concertado (PDDC) Artículo 5º.- Los Planes de Desarrollo Departamen- tal Concertado (PDDC) , constituyen mecanismos orien- tadores que se relacionan con la determinación de los Objetivos Institucionales y que reflejan, entre otros, los resultados obtenidos en la discusión de las prioridadesde gasto en materia de inversión como parte de un pro- grama multianual de inversiones públicas y privadas co- herente con los objetivos estratégicos y la visión del de-sarrollo y competitividad departamental. CAPITULO II NORMAS PARA LA FASE DE PROGRAMACION PRESUPUESTAL Concepto Artículo 6º.- De acuerdo a lo prescrito en el Artículo 17º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado , los trabajos que se desarrollan durante la Fase de Programación Presupuestaria deben lograr lo siguien- te: (a)Establecer los Objetivos Institucionales del Pliego para el año fiscal 2003. (b)Proponer las Metas Presupuestarias a ser seleccio- nadas durante la fase de Formulación Presupuesta- ria. (c) Desarrollar los procesos y determinar la metodología a emplear para la Estimación de los Ingresos que portodo concepto el Pliego espera recaudar, captar u ob- tener para el año fiscal 2003, excepto los correspon- dientes a la Fuente de Financiamiento Recursos Or-dinarios. (d)Determinar la demanda global de gastos que impli- cará la atención presupuestaria de los servicios y funciones que presta y desarrolla el Pliego, de acuer- do a su Misión, teniendo en cuenta las Metas Pre-supuestarias que se propongan para el año fiscal 2003. Procesos de la Fase de Programación Presu- puestal Artículo 7º.- En la Fase de Programación Presupues- tal se establecen los Objetivos Institucionales de cortoplazo, determinados sobre la base de las orientaciones técnicas y pautas operativas establecidas en la presente Directiva. Igualmente, en la Programación Presupuestaria se de- termina el monto de la Asignación Presupuestaria Total de los Recursos Públicos que se estime contará el Plie- go para el año fiscal 2003, en base a la cual se efectúa la Formulación de los Gastos. Adicionalmente, en la Programación Presupuestaria se conoce la demanda de gastos de carácter ineludibleque planteen los diferentes Organos Estructurales de la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) que conforma(n) el Pliego, me- diante la elaboración y análisis de los respectivos Cua- dros de Necesidades Básicas, de acuerdo a lo prescrito en los literales (a) y (b) del Artículo 24º de la presente Directiva. La comparación de los referidos gastos ineludibles res- pecto del monto de la Asignación Presupuestaria Total,motivará la aplicación de políticas institucionales vincu- ladas a racionalizar los gastos, a fin de liberar recursos para atender una mayor cantidad de Metas Presupuesta-rias para el logro de los Objetivos Institucionales aproba- dos para el año fiscal 2003. Pautas para determinar la demanda global de gas- tos Artículo 8º.- Para efecto de la Fase de Programación Presupuestal los Pliegos Presupuestarios, en el marco de la demanda global de gastos que sus órganos estruc-turales requieran, y tomando como marco referencial los gastos ejecutados al mes de junio de 2002, deberán to- mar en cuenta los siguientes lineamientos: I. Gastos en rem uneraciones, cargas sociales y per - sonal: (a)No se preverán gastos para atender nuevos con- tratos por servicios personales, salvo en los si- guientes casos: /GA7Disposición legal expresa que lo autorice; /GA7Para atender acciones vinculadas directamen- te a las metas comprendidas dentro del pro- grama de gasto social referido en el Artículo 33º de la presente Directiva; (b)No se consignará demanda de gastos por nuevas escalas remunerativas, bonificaciones y beneficiosde toda índole para las entidades con regímenes público y privado a cargo del Estado, así como por reajustes de los mismos para el año fiscal 2003.La política salarial de los servidores públicos, se sujetará exclusivamente a los reajustes que aprue- be el Poder Ejecutivo de forma general, y al proce-so de implementación progresiva estrategias con- tractuales de gestión. Excepcionalmente se considerará los gastos que genere la habilitación de escalas remunerativas en aquellas entidades que a la fecha carezcan de di-cho instrumento. (c) Cada Pliego Presupuestario consignará las car- gas sociales que le corresponda atender en su calidad de empleador, de acuerdo a las fuentes de financiamiento que administra. II. Gastos en Bienes y Ser vicios: (a)La previsión de gastos por concepto de actos pro- tocolares, la atención oficial o celebración de even-tos públicos, deben considerarse sólo para aqué- llos que se generan por la función del Presidente de la República o de los Ministros de Estado. (b)La previsión de gastos por concepto de los servi- cios de energía y de telefonía, debe tomar en cuen-ta que las prestaciones sean económicas, venta- josas y que impliquen ahorro de recursos públi- cos, debiendo considerar la restricción en el usode llamadas, reducción de precios por consumo masivo de energía eléctrica y otras. (c) La previsión de gastos en materia de la contrata- ción y adquisición de bienes y servicios para la adecuación y remodelación de ambientes de se-des administrativas, así como la adquisición de mobiliario de oficina, alfombras, tabiquerías, y otros de igual naturaleza, debe sujetarse a lo mínimoindispensable. (d)La previsión del gasto por concepto de servicios no personales o locación de servicios (personas naturales) no deberá ser mayor respecto al monto previsto en el Presupuesto Institucional Modifica-do (PIM) al mes junio del año 2002 en dicho rubro. III. Gastos por la Adquisición y Arrendamiento de Bie- nes Inm uebles: No se debe considerar previsión de gastos para la adquisición y arrendamiento de bienes inmuebles para nuevas sedes administrativas.