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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G32/G34/G39/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de junio de 2002 Dicho monto debe contemplar los gastos por con- cepto de tarifas de servicios básicos (alquiler, luz, agua, teléfono, correo, etc.), de racionamiento, com- bustible y carburantes así como los relativos a úti-les de oficina, servicios no personales, servicios prestados por personas jurídicas, seguros y otros gastos imprescindibles que son necesarios para laoperatividad del Pliego, de acuerdo a las funciones y servicios que desarrolla y presta, con excepción de los gastos de personal e inversión (Estudios,Obras y Supervisiones). (b)Las Oficinas de Administración u Organo de Apoyo que haga sus veces de cada Unidad Ejecutora solici- tan a cada Unidad Orgánica de la misma, la informa- ción a que se refiere el literal (a) del presente artículo, através de un Cuadro de Necesidades , para su consoli- dación y remisión a la Oficina de Presupuesto u Orga- no equivalente de la Unidad Ejecutora. El Formato del Cuadro de Necesidades es elaborado por la Oficina de Administración u Organo de Apoyoque haga sus veces de cada Unidad Ejecutora, y es utilizado por las unidades orgánicas para prever el monto aproximado de su demanda de gasto. (c) La Oficina de Personal o la que haga sus veces en cada Unidad Ejecutora del Pliego, debe informar a laOficina de Presupuesto u órgano equivalente de la respectiva Unidad Ejecutora -bajo responsabilidad de su Titular orgánico- el monto que se prevé ejecutarpor concepto de Gastos de Personal y Obligaciones Sociales (que incluye los gastos por cargas sociales del Pliego Presupuestario en su condición de emplea-dor), las obligaciones previsionales y los Aguinaldos de Julio y Diciembre y la Bonificación Extraordinaria por Escolaridad. Los Gastos de Personal se sustentan en la planilla (17) del mes de junio de 2002 y comprende los gastos oca- sionales y variables que se devenguen por dicho con- cepto durante el ejercicio 2003 así como por el com- portamiento histórico de dichos gastos. La programa-ción correspondiente al Personal Cesante contempla el traslado de pensionistas, previa coordinación entre los Pliegos intervinientes y la Dirección Nacional delPresupuesto Público. En lo que respecta a los Aguinaldos y la Bonificación Extraordinaria por Escolaridad, se deberá considerar el gasto por concepto del otorgamiento de un Agui- naldo por Fiestas Patrias y otro por Navidad, cuyomonto será de 200,00 Nuevos Soles, asimismo, se preverá el otorgamiento de la Bonificación Extraordi- naria por Escolaridad por un monto de 300,00 Nue-vos Soles a favor de los funcionarios y servidores del Sector Público, y al personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, así como a los pensionistas a car-go del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, Decretos Leyes Nºs. 19846 y 20530, De- creto Supremo Nº 051-88-PCM y Decreto LegislativoNº 894. En el caso de las reparticiones sujetas al régimen la- boral de la actividad privada, se deberá considerar los montos que por dispositivo legal o negociación colectiva, vienen recibiendo por concepto de Aguinal-do o de Bonificación por Escolaridad, con igual o dife- rente denominación. Adicionalmente, en el caso de los Aguinaldos se de- berá considerar los descuentos por cargas sociales que la normatividad señala y en el caso de la Bonifi-cación por Escolaridad no estará afecto a los des- cuentos por Cargas Sociales. Para el cálculo de los Aguinaldos y la Bonificación por Escolaridad, se deberá tomar como referencia las dis- posiciones establecidas en las normas legales queaprobaron dichas bonificaciones en diciembre de 2001 en el caso del Aguinaldo y en abril de 2002 para el caso de la Escolaridad. (d)La Oficina de Infraestructura o de Inversiones u ór- gano que haga sus veces de cada Unidad Ejecuto-ra del Pliego, remite a la Oficina de Presupuesto u Organo equivalente de la respectiva Unidad Ejecu- tora, la información relativa a los Estudios, Obras y sus respectivas Supervisiones que se prevean eje-cutar durante el año fiscal 2003, discriminándose entre los que continuarán ejecutándose en el año fiscal 2003 y los que se proyecten ejecutar a partirdel citado año. Adicionalmente, las Oficinas de Infraestructura o de Inversiones deben precisar si las nuevas Obras a ejecutar en el año 2003 cuentan o no con el respec- tivo informe de viabilidad, según lo normado por laLey Nº 27293 -Ley del Sistema Nacional de Inver- sión Pública, su Reglamento y normas modificato- rias. En aquellos Pliegos considerados en la Operación Piloto: Planeamiento y Programación Participati- va del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2003 en materia de inversión , las Unidades Ejecutoras respectivas deberán tomar en cuenta losresultados del proceso de priorización de gastos en materia de inversiones. (e)Los Pliegos Presupuestarios deberán prever los gas- tos para la atención del pago de sumas de dinero para el cumplimiento de mandatos judiciales consentidosy ejecutoriados que se encuentren en la calidad de cosa juzgada, conforme a lo regulado en el Artículo 42º de la Ley Nº 27584, modificada por la LeyNº 27684, con cargo a su respectiva Asignación Pre- supuestaria. (f) De existir otros gastos, no considerados en los inci- sos precedentes, que respondan a funciones y/o ser- vicios de imprescindible ejecución por parte del Plie-go para el año fiscal 2003, éstos deberán ser consi- derados por la Oficina de Presupuesto u Organo equi- valente de cada Unidad Ejecutora, debiendo remitirdicha información a la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego. Las Oficinas de Presupuesto u Organo equivalente de las Unidades Ejecutoras, a más tardar el 25 de junio de 2002, remiten la información a que se refieren losliterales del presente artículo a la Oficina de Presupuestoo la que haga sus veces del Pliego, a fin que esta última compatibilice la demanda de gastos con la Asignación Presupuestaria Total determinada de acuerdo a lo se- ñalado en el Artículo 27º de la presente Directiva así como permitir al Titular del Pliego establecer la Asigna- ción Presupuestaria pertinente para cada Unidad Eje-cutora. Asimismo, la Oficina de Personal o la que haga sus veces en la Unidad Ejecutora, utilizando la herramientaque la Dirección Nacional del Presupuesto Público ha colgado en Internet (URL: http:// 161.132.72.243/Plani- llas/Entidades/por tal.jsp), y mediante el código de usua- rio y acceso de clave comunicado mediante el Oficio Circular Nº 009-2002-EF/76.01, a más tardar el 5 de julio de 2002, remitirá a la Oficina de Presupuesto la información relativa a los trabajadores que desarrollan tareas permanentes de naturaleza administrativa [no in- cluye magistrados, diplomáticos, militares, policía, pro-fesorado, profesionales y asistenciales de la salud (mé- dicos y enfermeras)] conforme al detalle señalado en el citado oficio. También se deberá tomar en cuenta que a más tardar el 30 de julio de 2002, se deberá presentar la desagrega-ción de Específicas de Gasto de Bienes y Servicios, de acuerdo al catálogo que se ha incluido para tal efecto en el software presupuestal. SECCION IV : ESTIMACION DE INGRESOS Pautas para la Estimación de Ingresos Artículo 25º.- La Estimación de Ingresos se sujeta a las siguientes pautas: