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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (20/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 75

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G32/G34/G39/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de junio de 2002 ÍNDICE PRESENTACIÓN CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES - OBJETIVO - BASE LEGAL - ÁMBITO DE APLICACIÓN- EXCEPCIONES- REFERENCIA GENÉRICA- DEFINICIONES BÁSICAS CAPÍTULO II PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA - SUPUESTOS MACROECONÓMICOS - PLAN ESTRATÉGICO, OBJETIVOS DEL PRESU- PUESTO INSTITUCIONAL E INDICADORES Y ME- TAS DEL CONVENIO DE GESTIÓN - PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS- DETERMINACIÓN DE LOS INGRESOS PRESU- PUESTARIOS a) Pautas Generales b) Pautas para la determinación de los Recursos Directamente Recaudados c) Pautas para la determinación de los Ingresos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, Ope-raciones Oficiales de Crédito Externo y Dona-ciones y Transferencias - DETERMINACIÓN DE LOS EGRESOS PRESU- PUESTARIOS  Propósito Criterios para la determinación de los Egresos a) Pautas Generalesb) Pautas sobre el Gasto Corriente c) Pautas sobre el Gasto de Capital d) Pautas sobre el Servicio de la Deuda - ESTADOS FINANCIEROS CAPÍTULO III APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL CAPÍTULO IV CONVENIO DE GESTIÓN - DETERMINACIÓN DE INDICADORES Y METAS DEL CONVENIO DE GESTIÓN - REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CON- VENIO DE GESTIÓN - BONO DE PRODUCTIVIDAD CAPÍTULO V PRESENTACIÓN DEL PROYECTO DE PRESUPUES- TO Y CRONOGRAMA DE REUNIONES - CRONOGRAMA DE REUNIONES- RESPONSABILIDADES DE LOS TITULARES DE PLIEGO Y DE LAS OFICINAS DE PRESUPUESTO EN LA PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL DIRECTIVA Nº 005-2002-EF/76.01 DIRECTIVA PARA LA PROGRAMACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS DE LAS ENTIDADES REGULADORAS, SUPERVISORAS, ADMINISTRADORAS DE RECURSOS, FONDOS, EMPRESAS MUNICIPALES Y OTRAS ENTIDADES DE SERVICIOS PARA EL AÑO FISCAL 2003 PRESENT ACIÓN A partir de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27209 - Ley de Ges-tión Presupuestaria del Estado, corresponde a las Enti- dades Reguladoras, Supervisoras, Administradoras deRecursos, Fondos, Empresas Municipales, y Otras Enti- dades de Servicios regir su proceso presupuestario enconcordancia con las disposiciones contenidas en la ci-tada Ley de Gestión, las Leyes Anuales de Presupuestoy la normatividad que emita la Dirección Nacional delPresupuesto Público. Dentro del citado marco jurídico, es responsabili- dad de la Dirección Nacional del Presupuesto Públiconormar sobre los procedimientos técnicos y operativosque orienten la fase de Programación de las citadasentidades para el año fiscal 2003, con el propósito de cautelar que el presupuesto se constituya en una he- rramienta que facilite la gestión de la Entidad hacia ellogro de sus objetivos. Bajo este contexto, la presente Directiva contiene dis- posiciones orientadas a que las Entidades articulen su propuesta de Presupuesto Institucional para el año fiscal 2003 con su Plan Estratégico, identificando Objetivos Ins-titucionales, Estrategias y Metas de Gestión, cuyo cum-plimiento permita medir los esfuerzos que cada una deellas realicen, dentro de un ámbito que privilegie la efi-ciencia y eficacia en la prestación de los servicios y/o producción de bienes que brinden. En este sentido, las Entidades comprendidas en la presente directiva deberán proyectar la atención de susgastos para el año fiscal 2003, observando el comporta-miento de los ingresos que estimen recaudar en forma efectiva, evitando generar déficits que afecten la posi- ción económica y financiera de la Entidad. Finalmente, la Dirección Nacional del Presupuesto Pú- blico - en su calidad de más alta autoridad normativa delSistema de Gestión Presupuestaria- agradece anticipa- damente la responsabilidad, esfuerzo y colaboración que las Entidades otorguen al cumplimiento de la presenteDirectiva y exhorta a su vez a observar los procedimien-tos y plazos establecidos en ella. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES OBJETIVOArtículo 1º .- La presente Directiva tiene como objeti- vo establecer las normas de carácter técnico y operativo que orienten a las Entidades Reguladoras, Superviso-ras, Administradoras de Recursos, Fondos, Empresas Mu-nicipales, y Otras Entidades de Servicios, durante la Fasede Programación de sus Presupuestos Institucionales enconcordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27209 - Ley de Ges- tión Presupuestaria del Estado. En tal sentido, la presente Directiva fija los criterios, procedimientos y conceptos que las Entidades citadasen el párrafo precedente, deberán tomar en cuenta para articular la previsión de Ingresos y la proyección de Egre- sos, hacia el logro de los Objetivos Estratégicos y delPresupuesto Institucional, así como para el cumplimien-to de los Convenios de Gestión para el año fiscal 2003. BASE LEGAL Artículo 2º .- La aplicación de la presente Directiva se sujeta a lo prescrito en el siguiente marco legal: - Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Mi- nisterio de Economía y Finanzas, y normas com- plementarias. - Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado. - Ley Nº 27245 - Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal, su Reglamento y el Marco Macroeconómico Multianual 2003-2005. - Ley Nº 27293 - Ley del Sistema Nacional de Inver- sión Pública y su Reglamento . - Ley Nº 24948 - Ley de la Actividad Empresarial del Estado.