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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (20/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G32/G34/G39/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 20 de junio de 2002 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 028-2002-EF/76.01 Lima, 14 de junio del 2002 CONSIDERANDO: Que, los Artículos 4º y 5º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, disponen que la Dirección Nacional del Presupuesto Público es la más alta autoridad técnico normativa, siendosus funciones y responsabilidades, entre otras, programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la Ges-tión del Proceso Presupuestario en todas sus fases así como emitir las normas complementarias perti-nentes; Que, es necesario que los trabajos de Programación y Formulación Presupuestal permitan forta- lecer progresivamente la Gestión Institucional de los Organismos Reguladores, Supervisores, Ad- ministradores de Recursos, Fondos, Empresas Municipales, y Otras Entidades de Servicios que se encuentran bajo el ámbito de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, debiendo para cuyoefecto precisarse las pautas y criterios metodológicos que aseguren concebir al Presupuesto Insti-tucional como la principal herramienta de gestión para el logro de los objetivos trazados por lascitadas Entidades; y, De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 3º y 17º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, el Decreto Legislativo Nº 183- Ley Orgánica del Ministerio de Economíay Finanzas y la Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.01 Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio de Economía y Finanzas y su modificatoria Resolución Viceministerial Nº 108-2000-EF/13; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar la Directiva Nº 005-2002-EF/76.01 “Directiva para la Programación de los Presupuestos de las Entidades Reguladoras, Supervisoras, Administradoras de Recursos, Fondos, Empresas Municipales y Otras Entidades de Servicios para el Año Fiscal 2003” , a través de la cual se establecen las pautas técnicas y los procedimientos necesarios para la fase deProgramación, a ser aplicados obligatoriamente por las Entidades comprendidas en el ámbito dela Directiva. Artículo 2º .- Las Entidades que se encuentran bajo el ámbito de la Dirección Nacional del Presupuesto Público, adoptan las medidas pertinentes a fin de posibilitar el cump limiento de los plazos fijados en el Cronograma de Reu niones de Programación Presupuestal correspondiente al año fiscal 2003, que consta en el Anexo D de la Directiva que se refiere el artículo precedente. Regístrese y comuníquese. NELSON SHACK YALTA Director General Dirección Nacional del Presupuesto Público