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Pág. 225108 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de junio de 2002 Internacional -AECI-, otorga una beca a la señora CPC Jacinta Isabel Canorio Salcedo, Directora de la Cuenta General de la Dirección General de Contabilidad del Sec- tor Público de la Contaduría Pública de la Nación, para participar en el "VI Curso sobre Presupuestación, Contabi- lidad y Control del Gasto Público", a llevarse a cabo en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 2 al 30 de julio de 2002; Que, es política institucional propender a la capacita- ción profesional y técnica de los servidores públicos, en consecuencia, es necesario autorizar dicho viaje, por lo que el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a su presupuesto, Unidad Ejecutora 001 - Administración Ge- neral del Pliego Contaduría Pública de la Nación, asumirá los gastos del citado viaje no cubiertos por la Agencia Es- pañola de Cooperación Internacional -AECI-; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora CPC Jacin- ta Isabel Canorio Salcedo, Directora de la Cuenta General de la Dirección General de Contabilidad del Sector Público de la Contaduría Pública de la Nación, a la ciudad de Ma- drid, Reino de España, del 30 de junio al 31 de julio de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Asimismo, otorgar Licencia por Capacitación Oficializada a la indicada funcionaria durante dicho período. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, no cubiertos por la Agencia Española de Cooperación Internacional -AECI-, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 MEF - Administración General del Pliego Contaduría Pública de la Nación, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos :US$3 536,00 Tarifa CORPAC :US$25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no otor- ga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de las funcionarias cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI G. Ministro de Economía y Finanzas 11014 EDUCACIÓN Aprueban Directiva "Elección de los representantes de estudiantes y padres de familia a los Consejos Escolares Con- sultivos de los Centros Educativos Es- tatales" RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 073-2002-ED Lima, 21 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, el D.S. Nº 007-2001-ED y la R.M. Nº 168-2002- ED "Normas para la gestión y desarrollo de actividades en Centros y Programas Educativos" establece la confor- mación de los Consejos Escolares Consultivos en los Cen- tros Educativos Estatales; Que, es política del Ministerio de Educación fortalecer la Escuela Pública, asegurándole autonomía, democracia y calidad de aprendizaje; Que, es necesario identificar los procedimientos para la elección de los representantes de los estudiantes y pa- dres de familia para la conformación de los Consejos Es-colares Consultivos de los Centros Educativos Estatales; Estando a lo opinado por la Unidad de Descentraliza- ción de Centros Educativos de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y Decretos Supremos Nº 51-95-ED, Nº 002-96-ED, Nº 007-2001-ED y R.M. Nº 168-2002-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Directiva Nº 08-2002/ME- VMGI "Elección de los representantes de estudiantes y padres de familia a los Consejos Escolares Consultivos de los Centros Educativos Estatales". Regístrese y comuníquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Viceministro de Gestión Institucional DIRECTIVA Nº 08-2002/ME-VMGI ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA A LOS CONSEJOS ESCOLARES CONSULTIVOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS ESTATALES I. FINALIDAD La presente Directiva tiene por finalidad establecer los procedimientos para la elección de representantes de los estudiantes y padres de familia a los Consejos Escolares Consultivos de los Centros Educativos Estatales, a fin de mejorar y fortalecer la gestión educativa, asegurando ma- yores libertades y capacidad decisoria, democracia y cali- dad de los aprendizajes; así como orientar la dinámica de los órganos intermedios desconcentrados en el proceso de descentralización de la gestión. II. OBJETIVOS 1. Promover en los centros educativos estatales la efec- tiva participación democrática de estudiantes, padres de familia y docentes en la organización de sus comunidades educativas. 2. Establecer mecanismos democráticos de parti- cipación y vigilancia ciudadana en los procesos de discu- sión, implementación, ejecución y evaluación de las deci- siones y su respectivo cumplimiento. 3. Normar y facilitar el proceso de instalación de los Consejos Escolares como órganos consultivos de apoyo y vigilancia en la gestión descentralizada de los centros edu- cativos, mediante el adecuado cumplimiento de las funcio- nes asignadas en las normas establecidas. III. ALCANCES - Direcciones Regionales de Educación. - Unidades de Gestión Educativa. - Dirección de Educación de Lima. - Dirección de Educación del Callao. - Unidades de Servicios Educativos del departamento de Lima. - Centros Educativos Estatales. IV. BASE LEGAL - Ley Nº 23384 - Ley General de Educación. - Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educa- ción y su modificatoria, Ley Nº 26510. - Ley Nº 26300, Ley de Control y Participación Ciuda- dana. - Decreto Supremo Nº 02-96-ED "Reglamento de Or- ganización y Funciones del Ministerio de Educación". - Decreto Supremo Nº 007-2001-ED "Normas para la Gestión y Desarrollo de las Actividades Educativas en los Centros y Programas Educativos". - Decreto Supremo Nº 001-2002-PCM.