Norma Legal Oficial del día 22 de junio del año 2002 (22/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 22 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje a funcionaria del IMARPE para participar en diversos eventos convocados por la CIAT que se realizaran en Mexico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 221-2002-PE MORDAZA, 21 de junio del 2002 Visto el Oficio N°-DE-100-184-2002-IMP/PE, del 17 de junio de 2002, de la Direccion Ejecutiva del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE). CONSIDERANDO: Que mediante comunicacion del 25 de MORDAZA de 2002, el Director de la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT), convoca a los Comisionados y Gobiernos Participantes para asistir a la 10ª Reunion del Grupo de Trabajo sobre Seguimiento del Atun, 30º Reunion del Panel Internacional de Revision, 1ª Reunion del Grupo de Trabajo Conjunto sobre Pesca por No Partes, 7ª Reunion de las Partes del APICD, 3ª Reunion del Grupo de Trabajo sobre Cumplimiento, y 69ª Reunion de la CIAT, eventos a llevarse a cabo del 18 al 28 de junio de 2002, en Manzanillo, Colima, Mexico; Que en las citadas reuniones de trabajo se trataran aspectos de singular interes en el MORDAZA del Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservacion de los Delfines (APICD) y la Comision Internacional del Atun Tropical (CIAT), siendo el proposito que los acuerdos que se adopten, contribuyan a fortalecer la administracion y aprovechamiento sustentable del recurso atun, siendo esta una de las pesquerias mas importantes de nuestra region; Que el Plan de Accion del Ministerio de Pesqueria para el periodo 2002 ­ 2006, y en concordancia con los objetivos y lineamientos de politicas vigentes, establece, la incorporacion de nuevas pesquerias como la del Atun, al sistema de MORDAZA globalizado con el fin de promover su desarrollo industrial, para cuyo efecto, entre otros, se ha expedido la Ley N° 27608 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-PE, mediante los cuales se aprueban medidas para promover la globalizacion del atun y el desarrollo de la industria conservera y de congelado de esta especie, creando MORDAZA de trabajo, reactivando el aparato productivo e incrementando el ingreso de divisas para el MORDAZA, por lo que es evidente que el resultado de las reuniones indicadas tendran importancia sobre el impacto economico que produzcan estas medidas, siendo en consecuencia la autorizacion de viaje concordante con lo establecido con los alcances del inciso b) del numeral 3.1 del Articulo 3º del Decreto de Urgencia N° 030-2002; Que conforme a los considerandos precedentes, con Oficio N° 449-2002-PE/DVM, de fecha 27 de MORDAZA de 2002, el Despacho Viceministerial, propone la participacion de la biologa MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Investigaciones de Recursos Pelagicos del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), en las reuniones comprendidas entre el 24 al 28 de junio de 2002, en las que la CIAT aprobara las recomendaciones y resoluciones para el 2002, para el atun MORDAZA amarilla, atun patudo, capacidad de flota, cuotas de captura permisible, capacidad de acarreo, captura incidental y pesca de buques de No Partes, entre otros, que resultan de Interes para la pesqueria nacional, al encontrarnos en la etapa final la incorporacion del Peru como miembro de la CIAT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27573 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, Ley N° 27619, Decreto de Urgencia N° 030-2002 y Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la biologa MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Investigaciones de Recursos Pelagicos del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), para participar en las reuniones comprendidas entre el 24 al 28 de junio de 2002, a que se hacen referencia en la parte considerativa de la presente Resolucion, las que se realizaran en Manzanillo, Mexico.

Articulo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje aereo - Viaticos - Tarifa CORPAC US$ 765,85 US$ 1 200,00 US$ 25,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la mencionada funcionaria presentara un informe al Titular de la Entidad con MORDAZA a la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Pesqueria, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, conjuntamente con la rendicion de cuentas que debera efectuarse conforme a lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 11132

Establecen regimen provisional para la extraccion de los recursos jurel y caballa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 222-2002-PE MORDAZA, 21 de junio del 2002 CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral propiciando su explotacion racional, conforme a lo dispuesto en el Articulo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977; Que el MORDAZA parrafo del Articulo 21º de la Ley General de Pesca, establece que el Estado promueve, preferentemente, las actividades extractivas de recursos hidrobiologicos destinados al consumo humano directo; aspecto que concuerda con los Lineamientos de Politica Pesquera, aprobados mediante Resolucion Ministerial Nº 64697-PE, que establecen que el Estado promueve la operatividad de una moderna flota pesquera de consumo humano directo, dotadas de artes de pesca adecuados y sistemas de preservacion a bordo, que contribuyan al mejoramiento de la higiene, calidad y sanidad de los recursos y productos pesqueros; asimismo, dichos lineamientos postulan la accion concertada entre el Estado y el Sector Privado, de garantizar el abastecimiento de materia prima a la industria dedicada a la elaboracion de productos de consumo humano directo, promoviendo de esta manera el desarrollo de dicha industria de importancia economica y social; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 150-2001PE del 4 de MORDAZA del 2001, se establecio un Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, cuyo destino es la elaboracion exclusiva de productos de consumo humano directo, en el MORDAZA del cual se autorizo la extraccion y procesamiento de los recursos sardina, jurel y caballa a las embarcaciones cerqueras de mayor escala que cumplan con las condiciones previstas en la citada MORDAZA legal; Que asimismo, mediante Resolucion Ministerial Nº 2692001-PE del 24 de MORDAZA del 2001, se autorizo a partir del 26 de MORDAZA del ano en mencion, a las embarcaciones pesqueras que cuentan con redes de cerco con longitud minima de malla de 1½ pulgadas, la extraccion de los recursos sardina, jurel y caballa, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y el paralelo 16º Latitud Sur, con destino al consumo humano directo e indirecto; debido a la abundancia temporal de los recursos jurel y caballa que contribuiria al abastecimiento de materia prima para el consumo al estado fresco - refrigerado y para la elaboracion de productos de consumo humano directo e indirecto, como actividades generadoras de alimento, empleo y exportaciones;

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