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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (22/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 225116 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de junio de 2002 Vistos, el Informe Nº 015-2002-PRES/DPR y el Pro- yecto referido al "Programa para el ordenamiento adminis- trativo, técnico y legal de los Consejos Transitorios de Ad- ministración Regional", formulado por la Dirección de Pla- neamiento Regional; y, CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del Artículo 190º de la Consti- tución Política del Perú, modificado mediante Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización, establece que el proceso de regionalización se inicia eligiendo gobiernos en los actua- les departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 021- 2002-PCM, expedido en cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo 4º de la Ley Nº 27683, se convocó a Elecciones Re- gionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de las Regiones de toda la República, para el domingo 17 de noviembre del presente año; Que, el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 010-98- PRES, Reglamento de Organización y Funciones de los Consejos Transitorios de Administración Regional, dispo- ne que dichos Consejos dependen normativamente del Ministerio de la Presidencia a través del Despacho del Vi- ceministro de Desarrollo Regional; Que, corresponde al Viceministro de Desarrollo Regio- nal promover el desarrollo Regional sustentable, a través de la formulación de propuestas de políticas y acciones en el ámbito de su competencia en temas de desarrollo regio- nal, descentralización y fortalecimiento institucional; Que, la Dirección de Planeamiento Regional a fin de posibi- litar el ordenamiento administrativo, técnico y legal de los Con- sejos Transitorios de Administración Regional - CTARs, con miras a su desactivación y a la instalación de los gobiernos regionales a partir de enero 2003, ha formulado y propuesto el "Programa para el Ordenamiento Administrativo, Técnico y Legal de los Consejos Transitorios de Administración Regional" y el Cronograma de actividades a realizarse hasta su culminación el 15 de diciembre del presente año; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 010-98-PRES, el Decreto Supremo Nº 011-2001- PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Programa para el Orde- namiento Administrativo, Técnico y Legal de los Consejos Transitorios de Administración Regional" y el Cronograma de actividades del Programa que en documentos anexos forman parte de la presente Resolución Ministerial. Los Consejos Transitorios de Administración Regional coordinarán la ejecución de dicho Programa con la Direc- ción de Planeamiento Regional del Despacho del Vicemi- nistro de Desarrollo Regional y la Secretaría Técnica para la Descentralización del Ministerio de la Presidencia. Artículo Segundo.- Es responsabilidad de los Presi- dentes Ejecutivos de los Consejos Transitorios de Admi- nistración Regional la ejecución y cumplimiento del Pro- grama y el Cronograma aprobado en el artículo que ante- cede. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 11068 PESQUERÍA Autorizan al FONDEPES transferir diver- sos bienes a la Dirección Nacional de Pesca Artesanal en calidad de donación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 215-2002-PE Lima, 18 de junio de 2002CONSIDERANDO: Que conforme a la política del Sector, el Ministerio de Pesquería promociona el desarrollo integral de la actividad pesquera artesanal, para cuyo efecto es necesario desa- rrollar acciones que contribuyan con la mencionada activi- dad, incentivándola y manteniéndola como agente genera- dor de empleo y de abastecimiento de productos hidrobio- lógicos para el consumo humano en el país; Que de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 58º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, tie- ne por finalidad promover, ejecutar y apoyar técnica, eco- nómica y financieramente el desarrollo de la actividad pes- quera artesanal marítima y continental; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 209-2002- PE, se oficializó el evento "El Pescador Artesanal del Año 2002", a través del cual el Ministerio de Pesquería, recono- ce anualmente el esfuerzo desplegado por los principales agentes de la actividad pesquera artesanal, a nivel del lito- ral y de las comunidades pesqueras ribereñas de la sierra y selva del territorio nacional; Que el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FON- DEPES, cuenta con redes de pesca, requeridas por el Mi- nisterio de Pesquería; para ser otorgados como premio a los representantes de las Direcciones Regionales de Pes- quería y al "Pescador Artesanal del Año 2002" del citado evento, por lo que resulta necesario autorizar al FONDE- PES dicha transferencia; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560; y el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AutorIzar al Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES, a transferir en calidad de dona- ción a favor de la Dirección Nacional de Pesca Artesanal del Ministerio de Pesquería, quince (15) paquetes de re- des de monofilamento y dos (2) paquetes de redes de mul- tifilamento valorizados en US$ 2,042.93 (Dos mil cuarenta y dos con 93/100 Dólares Americanos), conforme al siguien- te detalle: En material de monofilamento (cerda) - 2 Paquetes de redes liseras-jureleras de 0.40 mm. por 3" de malla - 3 Paquetes de redes liseras-jureleras de 0.40 mm. por 3 1/4" de malla - 2 Paquetes de redes jureleras-chauchilleras de 0.50 mm. por 3 1/4" de malla - 3 Paquetes de redes lorneras-cabinceras de 0.40 mm. por 2 1/2" de malla - 3 Paquetes de redes pejereyeras de 0.30 mm. por 1 1/ 4" de malla - 2 Paquetes de redes boberas de 0.30 mm. por 2" de malla. En material de multifilamento (nylon) - 2 Paquetes de redes cojinoveras de 210/12 por 5 1/8" de malla. Artículo 2º.- La Dirección Nacional de Pesca Artesa- nal del Ministerio de Pesquería queda autorizado a entre- gar a título gratuito las redes a que se refiere el artículo precedente; al "Pescador Artesanal del Año 2002" y a los representantes de cada Dirección Regional de Pesquería, en el evento "El Pescador Artesanal del Año 2002". Artículo 3º.- Transcribirse la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Pesquería 11001