Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2002 (01/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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2002, emitido por la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica; y, CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA mediante Ordenanza Nº 014-98 y sus modificatorias, Ordenanzas Nºs. 003-99, 004-99, 006-99 y 021-99, debidamente ratificadas por los Acuerdos Nºs. 128 y 161 del Concejo Metropolitano de MORDAZA, de fechas 25 de junio de 1999 y 17 de agosto del 2000 respectivamente, aprobo el Regimen de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el distrito de La MORDAZA, cuyas tasas fueron de aplicacion durante el Ejercicio Fiscal 2001; Que, para el ano 2002, se ha previsto que las Tasas de los Arbitrios Municipales deben ser las mismas que se aplicaron durante el Ejercicio Fiscal 2001, aprobadas en las Ordenanzas citadas en el considerando precedente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 191º de la Constitucion Politica, el Articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario y el Decreto Legislativo Nº 776, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- RATIFICAR, para el ano 2002, las Tasas de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, vigentes durante el Ejercicio Fiscal 2001. Articulo Segundo.- FACULTAR al MORDAZA Distrital de La MORDAZA para que, mediante Decreto, dicte las disposiciones complementarias. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 4104

ridico previsto en el Articulo 12º numerales 1 y 3 del Texto Unico Ordenado del Regimen Tributario de los Arbitrios por la prestacion de servicios municipales; debiendo considerarse como inafectas por la funcion que desarrollan en beneficio de los sectores mas necesitados; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Codigo Tributario, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Ampliar el Articulo 8º de la Ordenanza Nº 014-98 el mismo que queda redactado dentro de los terminos siguientes: "Articulo 8º.- INAFECTOS AL PAGO DE ARBITRIOS Se encuentran inafectos al pago de los Arbitrios Municipales los predios dedicados a cumplir sus fines especificos de propiedad de: a. Gobiernos Locales. b. Gobiernos Extranjeros y Organismos Internacionales Oficiales. c. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. d. Entidades Religiosas, por los predios destinados a templos, conventos y monasterios. e. Colegios del Estado. f. Entidades Asistenciales sin fines de lucro, previa evaluacion periodica de la Administracion Tributaria". Articulo Segundo.- ENCARGAR al MORDAZA Distrital de La MORDAZA que, mediante Decreto de Alcaldia, incluya la modificacion a que se refiere el Articulo Primero, en el Texto Unico Ordenado del Regimen Tributario de los Arbitrios por la prestacion de Servicios Municipales. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEQUIEN MORDAZA 4105

Modifican articulo de Ordenanza que aprobo Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo
ORDENANZA Nº 045

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Prorrogan fechas de vencimiento para pago del Impuesto Predial y primera cuota de Arbitrios del ejercicio 2002
ORDENANZA Nº 081-MDLV

La MORDAZA, 31 de enero de 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en Sesion Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 003-2002 de fecha 31 de enero del 2002, emitido por la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 014-98 del 29 de diciembre de 1998, se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios por la prestacion de Servicios Municipales de Limpieza Publica, de Parques y Jardines y de Serenazgo, el mismo que con las modificaciones previstas por las Ordenanzas Nºs. 003, 004, 006, 021-99 y ratificatoria Nº 032-2001, constituye la base legal que regula la determinacion y aplicacion de los Arbitrios Municipales en el distrito de La MORDAZA, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 004-2001 del 7 de febrero del 2001; Que, las entidades asistenciales particulares sin fines de lucro, que brindan servicio gratuito, estan consideradas para los efectos del pago de los Arbitrios Municipales dentro del rubro de "servicios en general" y/o como "asociaciones", en el caso de tener este status ju-

La MORDAZA, 28 de febrero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA El Concejo Distrital de La MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 077-MDLV de fecha 28 de diciembre del 2001, y publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 2 de febrero del 2002, se establecieron los plazos de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2002, estableciendose como fecha de vencimiento el 28 de febrero del 2002; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del "Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario", aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que: "el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado con caracter general por la administracion tributaria"; Que, a fin de dar mayores facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributa-

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