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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2002 (01/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 59

Pág. 218521 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, según el Certificado Catastral del 11 de abril del 2001, emitido por la Oficina Registral de Lima y Ca- llao, el terreno de 159 864,87 m² ubicado entre el acanti- lado denominado "El Carbón" y la Playa Naplo, con ac- ceso por la Panamericana Sur y la Autopista Pucusana, en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, no se encuentra inscrito en el Registro de la Pro- piedad Inmueble de Lima y revisada la base gráfica del Registro Predial Urbano, no se ha hallado inscripción; Que, realizada la inspección técnica el 25 de octubre del 2001, se ha verificado que el terreno es de naturale- za eriaza y su topografía es irregular, constituyendo un acantilado frente al mar, que está desocupado y libre de edificaciones; Que, a través de la tramitación del expediente susten- tatorio de la presente Resolución se han recabado los informes de las instituciones que deben emitir opinión respecto a los predios de naturaleza eriaza y ribereña, ubicados en áreas urbanas o extraurbanas, materia de trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, señala que los terre- nos eriazos o ribereños se consideran como bienes de propiedad estatal; por lo que corresponde tramitar la pri- mera inscripción de dominio del terreno submateria de conformidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Ad- ministrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Su- premo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001- EF; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 013-2001/SBN-GO-JAR de fecha 28 de enero del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de do- minio a favor del Estado del terreno de 159 864,87 m² ubicado entre el acantilado denominado "El Carbón" y la Playa Naplo, con acceso por la Panamericana Sur y la Autopista Pucusana, en el distrito de Pucusana, provincia y departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución efectuará la pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 4047 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 034-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 21 de febrero del 2002Visto el Expediente Nº 02052-98, correspondiente al trámite de inscripción en primera de domino a favor del Estado del terreno de 32 895,19 m², ubicado al norte de la urbanización Miramar, distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial de fecha 18 de julio de 1963, se concedió a la Cruzada Eucarística Misional Cruz Blanca, actualmente Asociación Cruz Blanca, el uso gratuito del terreno ribereño al mar de 40 000,00 m², ubi- cado al norte de la urbanización Miramar, distrito de An- cón, para destinarlo al establecimiento de una Colonia Vacacional Infantil para niños de familias sin recursos económicos; Que, al no encontrarse los documentos técnicos que sustentaron la Resolución Ministerial antes citada, se rea- lizó una inspección ocular al terreno submateria con fe- cha 19 de febrero del 2002, determinándose que la Aso- ciación Cruz Blanca ocupa una extensión de terreno de 34 848,04 m²; Que, según el Certificado Catastral de fecha 28 de noviembre del 2001, expedido por la Oficina Registral de Lima y Callao, el terreno de 34 848,04 m² parcial- mente se encuentra dentro del terreno de mayor exten- sión inscrito en la Ficha Nº 1115021 a favor del Estado y que el área remanente no está inscrita; asimismo, revi- sada la base gráfica del Registro Predial Urbano no se ha hallado inscripción; Que, efectuado el estudio técnico legal, consideran- do el informe expedido por la Oficina Registral de Lima y Callao, se ha determinado que el área no inscrita es de 32 895,19 m², motivo por el cual se procederá a inscribir la primera de dominio a favor del Estado; Que, el inciso iv) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, que aprueba el Estatuto de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, señala que los terre- nos eriazos o ribereños ubicados en las áreas de expan- sión urbana se consideran como bienes de propiedad estatal; por lo que corresponde tramitar la primera ins- cripción de dominio del terreno de 32 895,19 m² de con- formidad con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Artículo 33º del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el Reglamento de Orga- nización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Re- cuperaciones a emitir en primera instancia las resolucio- nes de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001, Decreto Su- premo Nº 131-2001-EF y Decreto Supremo Nº 154-2001- EF; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 025-2002/SBN-GO-JAR de fecha 21 de febrero del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de do- minio a favor del Estado del terreno de 32 895,19 m² ubi- cado al norte de la urbanización Miramar, distrito de An- cón, provincia y departamento de Lima, conforme al pla- no y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el mérito de la presente Resolución, efectuará la pri- mera inscripción de dominio a favor del Estado del terre- no descrito en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 4046