Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2002 (01/03/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, viernes 1 de marzo de 2002

NORMAS LEGALES

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www.sunat.gob.pe, a partir de la fecha de publicacion de la presente norma. Articulo 14º.- LUGAR DE MORDAZA La Declaracion o el formato denominado "Constancia de no tener informacion a declarar" debera ser presentado: a) En el caso de Principales Contribuyentes, en las dependencias de la SUNAT donde presentan sus declaraciones mensuales. b) En el caso de Medianos y Pequenos Contribuyentes: b.1) En cualquiera de las dependencias o en los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT correspondientes a la Intendencia Regional u Oficina Zonal de su jurisdiccion. b.2) Tratandose de Medianos y Pequenos Contribuyentes de la Intendencia Regional MORDAZA, en cualquiera de los Centros de Servicios al Contribuyente habilitados por la SUNAT en la provincia de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao. Articulo 15º.- PLAZO DE MORDAZA 15.1. La Declaracion o el formato denominado "Constancia de no tener informacion a declarar" debera ser presentado de acuerdo al cronograma de vencimiento que se publique para cada Ejercicio. Tratandose de los casos previstos en los numerales 1, 2, 4 y 5 del inciso d) del Articulo 49º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94-EF y sus modificatorias, los plazos para la MORDAZA de la Declaracion seran los establecidos en el mencionado reglamento para tales casos. 15.2. Tratandose de las sucesiones indivisas cuyo RUC hubiera sido dado de baja durante el Ejercicio, se debera presentar la Declaracion dentro de los tres (3) meses posteriores a la ocurrencia de tal hecho. Articulo 16º.- SANCIONES El incumplimiento de las obligaciones senaladas en la presente MORDAZA sera sancionado de conformidad con lo dispuesto en el Codigo Tributario.
DISPOSICIONES FINALES

Nacional de Principales Contribuyentes, los senalados codigo y clave deberan ser recabados unicamente en la sede de dicha dependencia. El tramite MORDAZA senalado, podra ser realizado por una persona autorizada para tal efecto, la cual debera exhibir su documento de identidad original y presentar la Solicitud de Acceso y la carta poder con firma legalizada notarialmente que lo autoriza expresamente a recoger el sobre MORDAZA conteniendo el Codigo de Usuario y la Clave de Acceso respectiva."
DISPOSICION TRANSITORIA

Unica.- DECLARACION CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2001 Para la Declaracion correspondiente al ejercicio 2001, aquellos sujetos comprendidos en el inciso b) del numeral 3.1 del Articulo 3º deberan presentar la Declaracion siempre que en dicho ejercicio el monto de sus ventas internas MORDAZA sido superior a S/. 216,000.00 (doscientos dieciseis mil y 00/100 Nuevos Soles). Para tal efecto se MORDAZA los montos que deben ser consignados en las casillas Nºs. 100, 105 y 160 del PDT IGV Renta Mensual ­ Formulario Nº 621, o en las casillas Nºs. 100 y 105 del Formulario Nº 119 ­ Regimen General. La Declaracion se presentara a partir del 25.03.2002 y hasta las fechas de vencimiento de la obligacion, senaladas en el Anexo que forma parte de la presente norma.
ANEXO CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO EJERCICIO 2001

Primera.- APROBACION DEL PDT OPERACIONES CON TERCEROS ­ VERSION 3.0 Apruebase la nueva version del PDT Operaciones con Terceros version 3.0. Segunda.- OMISOS A LA DECLARACION Y MORDAZA DE DECLARACIONES RECTIFICATORIAS Los sujetos que a la fecha de publicacion de la presente resolucion, se encuentren omisos a la MORDAZA de las Declaraciones anteriores al ano 2001, deberan regularizar dicha MORDAZA utilizando el PDT Operaciones con Terceros version 3.0 y de acuerdo a las normas vigentes en los Ejercicios correspondientes. Lo senalado en el parrafo anterior tambien sera de aplicacion a las declaraciones rectificatorias que correspondan a los Ejercicios indicados. Tercera.- MODIFICACION A LA FORMA Y CONDICIONES PARA REALIZAR OPERACIONES MEDIANTE EL SISTEMA SUNAT OPERACIONES EN LINEA SOL Sustituyase el MORDAZA y MORDAZA parrafos del Articulo 3º de la Resolucion de Superintendencia Nº 109-2000/SUNAT, por el texto siguiente: "El Codigo de Usuario y la Clave de Acceso seran entregados en un sobre MORDAZA al deudor tributario o su representante legal portando la Solicitud de Acceso, en las dependencias o Centros de Servicios al Contribuyente correspondientes a la Intendencia Regional u Oficina Zonal de su jurisdiccion. Tratandose de los contribuyentes pertenecientes al directorio de la Intendencia

Ultimo digito del numero de RUC 9 8 7 6 5 4 3 2 1 0 Buenos Contribuyentes 4146

Vencimiento 24.4.2002 25.4.2002 26.4.2002 29.4.2002 30.4.2002 2.5.2002 3.5.2002 6.5.2002 7.5.2002 8.5.2002 10.5.2002

Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 0000010-2002/SUNAT

Huancayo, 20 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que es necesario designar a los Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional MORDAZA para garantizar el normal funcionamiento de su Cobranza Coactiva; Que el Articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece los requisitos que deberan de reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que la Sexta Disposicion Final de la Ley Nº 27038 establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Articulo 7º de la Ley Nº 26979 no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso publico,

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