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Pág. 218524 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de marzo de 2002 rias, es necesario prorrogar la fecha de vencimiento del pago al contado y primera cuota del fraccionamiento del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2002; Estando a las facultades conferidas en la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853, el Concejo, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Prorrogar la fecha de vencimien- to para el Pago del Impuesto Predial del ejercicio 2002, de acuerdo a lo siguiente: *Pago al contado :15 de marzo del 2002. *Pago fraccionado : Primera cuota 15 de marzo del 2002. Artículo Segundo.- Prorrogar la fecha de vencimiento de pago de la primera cuota de los Arbitrios corres- pondientes al año 2002, de acuerdo a lo siguiente: *Primera cuota :15 de marzo del 2002. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 4167 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Aprueban Directiva de administración, uso, manejo, comercialización y dona- ción de variedades de plantas e insu- mos agrícolas y contratación de servi- cios que produce o presta vivero muni- cipal ORDENANZA Nº 066-CDLO Los Olivos, 8 de febrero del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: Dictamen Nº 01-2002-CDLO/SR-CSC de la Comisión Permanente de Servicios a la Ciudad; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos del Go- bierno Local que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su com- petencia, les son aplicables las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Cons- titución, regulen las actividades y funcionamiento del Sector Público Nacional, conforme lo establece el Ar- tículo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; Que, el Artículo 3º del mismo dispositivo establece que las Municipalidades representan al vecindario, pro- mueven la adecuada prestación de los servicios públi- cos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las ciorcunscripcio- nes de su jurisdicción; asimismo, el Artículo 10º inciso 3 del mismo dispositivo establece que las Municipali- dades son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, la Dirección de Servicios a la Ciudad, a través de la División de Ecología, es responsable, entre otros, de la Administración, Uso, Manejo, Comercialización y Donación de las variedades de plantas e insumos agrí- colas que produce el Vivero Municipal, las cuales, sonluego distribuidas para su sembrado en los parques, ber- mas y demás áreas verdes públicas del distrito; Que, con el objeto de implementar un correcto uso, manejo y comercialización de las diversas variedades de plantas e insumos que se manipulan en el Vivero Mu- nicipal, es necesario contar con un instrumento que re- gule dichos procedimientos; la cual incluiría la cesión por convenio y la comercialización de dichos productos a ter- ceros; siendo necesario, de igual manera, incorporar en el T.U.P.A. los procedimientos que la citada Directiva es- tablezca; Estando a la propuesta de Directiva elevada por la Dirección de Servicios a la Ciudad a través de su Divi- sión de Ecología, en coordinación con la Dirección Mu- nicipal y Oficina de Planificación, Presupuesto, Racio- nalización y Estadística, y en ejercicio de las atribucio- nes conferidas al Concejo por los Artículos 36º y 110º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con dis- pensa del trámite de Aprobación del Acta, y POR UNA- NIMIDAD, aprobó la siguiente; ORDENANZA Nº 066-CDLO QUE APRUEBA LA DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACIÓN, USO, MANEJO, COMERCIALIZACIÓN Y DONACIÓN DE LAS VARIEDADES DE PLANTAS E INSUMOS AGRÍCOLAS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE PRODUCE O PRESTA EL VIVERO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR, la DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACIÓN, USO, MANEJO, COMERCIALI- ZACIÓN Y DONACIÓN DE LAS VARIEDADES DE PLAN- TAS E INSUMOS AGRÍCOLAS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE PRODUCE O PRESTA EL VIVERO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS, la cual consta de nueve (9) numerales que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la apertura de una Caja Delegada, dependiente de la Unidad de Tesorería, para el cumplimiento de las funciones correspondientes establecidas en el numeral 07 de la presente Ordenanza Artículo Tercero.- INCORPORAR, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad los Ítems e importes descritos en el Cuadro que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenan- za. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR la apertura de una Cuenta de Ahorros, para el depósito de lo recaudado por la comercialización de las variedades de plantas, insu- mos agrícolas y servicios por parte del Vivero Municipal. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Dirección de Ser- vicios a la Ciudad, a través de la División de Ecología, y a la Oficina de Administración, dar cumplimiento a lo dis- puesto en la presente Ordenanza y a la Dirección Muni- cipal su supervisión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACIÓN, USO, MANEJO, COMERCIALIZACIÓN Y DONACIÓN DE LAS VARIEDADES DE PLANTAS E INSUMOS AGRÍCOLAS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE PRODUCE O PRESTA EL VIVERO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS 1. FINALIDAD: Establecer los procedimientos y lineamientos de ca- rácter técnico, administrativo, operativo y las responsa- bilidades funcionales que demandará la utilización de las plantas e insumos agrícolas que produzca el Vivero Municipal. Así como, la prestación de servicios en capa- citación y mantenimiento.