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Pág. 218515 NORMAS LEGALES Lima, viernes 1 de marzo de 2002 Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspon- diente a febrero de 2002 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 069-2002-INEI Lima, 28 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 797 establece las Nor- mas de Ajuste por Inflación del Balance General con In- cidencia Tributaria, usando para tal caso de corrección, el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, la Resolución Ministerial Nº 041-91-EF/93, dis- pone que el Instituto Nacional de Estadística e Informáti- ca (INEI) publique mensualmente en el Diario Oficial El Peruano, el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, el INEI elabora el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, adoptando como período Base: Año 1994 = 100,00 a partir del mes de enero de 1999; Que, es conveniente disponer la publicación de la Va- riación Mensual y Acumulada del Índice de Precios Pro- medio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de febrero del 2002, y del Boletín Mensual de Indicado- res de Precios de la Economía, que contiene la informa- ción oficial del Índice de Precios al Por Mayor; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Índice de Pre- cios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional que contiene la Base: Año 1994 = 100,0, correspondiente al mes de febrero del 2002, así como la publicación de la variación mensual y acumulada del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional. NÚMERO ÍNDICE VARIACIÓN AÑO/MES PORCENTUAL BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2002 ENERO 151,599182 -0,18 -0,18 FEBRERO 150,929564 -0,44 -0,62 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía, que con- tiene la información Oficial del Índice de Precios Prome- dio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspon- diente al mes de febrero del 2002. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe 4135 IRTP Cancelan proceso de selección de Licita- ción Pública Nº 001-2001/IRTP "Adquisición e Instalación de Antenas de Televisión" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 027-2002-IRTP Lima, 21 de febrero de 2002Visto el Memorándum Nº 181-2002-GT/IRTP el cual sustenta que la necesidad de adquirir y contratar los bie- nes y servicios correspondientes a la Licitación Pública Nº 001-2001/IRTP - "Adquisición e Instalación de Ante- nas de Televisión" ha desaparecido; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 34º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, en cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la buena pro, la Entidad pue- de decidir cancelarlo cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar; Que, la Licitación Pública Nº 001-2001/IRTP - "Adqui- sición e Instalación de Antenas de Televisión" se encuen- tra en la etapa de preparación de Bases, en virtud de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 040-2001-IRTP; Que, conforme al Memorándum Nº 181-2002-GT/ IRTP, se suplió con acciones internas la necesidad de adquirir los sistemas de antenas correspondientes a la Licitación Pública Nº 001-2001/IRTP, lo cual motiva que la necesidad de adquirir y contratar los bienes y servi- cios correspondientes a la Licitación Pública Nº 001- 2001/IRTP - "Adquisición e Instalación de Antenas de Televisión" desaparezca; Que, conforme al Artículo 34º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, la decisión de cancelar un proceso de selección debe formalizarse mediante resolución o acuerdo del mismo o superior nivel de aquél que dio inicio al expe- diente de adquisición o contratación; Que, el Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el Artículo 21º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen las acciones que se deben ejecutar en virtud de la decisión de cancelar un proceso de selección; De conformidad con el D. Leg. Nº 829, D.S. Nº 056- 2001-ED, D.S. Nº 012-2001-PCM, D.S. Nº 013-2001-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Cancelar el proceso de selección de Li- citación Pública Nº 001-2001/IRTP - "Adquisición e Ins- talación de Antenas de Televisión", por haber desapa- recido la necesidad de adquirir y contratar los bienes y servicios materia del mismo. Artículo 2º.- Transcribir la presente resolución al Co- mité Especial encargado de llevar adelante el citado pro- ceso de selección, dentro del día siguiente de la expedi- ción de la presente. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administra- ción y Finanzas la publicación de la presente resolución conforme al Artículo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los cinco días siguientes a su expedición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS URRUTIA BOLOÑA Presidente Ejecutivo 4170 SUNARP Modifican Artículos 153º y 154º del Re- glamento del Registro de Sociedades RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 078-2002-SUNARP/SN Lima, 27 de febrero de 2002