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Pág. 218565 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de marzo de 2002 EDUCACIÓN Transfieren funciones, recursos y patri- monio de la Unidad de Redes de Infor- mática Educativa al Proyecto Huascarán DECRETO SUPREMO Nº 009-2002-ED EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2001-ED, publi- cado el 16 de noviembre de 2001, se creó el Proyecto Huas- carán como órgano desconcentrado del Ministerio de Educa- ción dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica, encargado de desarrollar, ejecutar, evaluar y supervisar, con fines educativos, una red nacional, moderna, confiable, con acceso a todas las fuentes de información y capaz de trans- mitir contenidos de multimedia, a efectos de mejorar la cali- dad educativa en las zonas rurales y urbanas del país; Que, el Artículo 2º del Decreto Supremo antes mencio- nado establece como objetivos del Proyecto Huascarán, entre otros, garantizar la conectividad de los centros edu- cativos con criterios de equidad y facilitar las prestaciones técnicas en función de sus necesidades educativas, así como atender servicios de redes educativas y otros que tengan como soporte el uso de nuevas tecnologías de in- formación y comunicación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-96-ED, del 2 de marzo de 1996, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, considerándose en el Artículo 14º a la Unidad de Redes de Informática Educativa como un órgano integrante de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación, que cumple funciones relati- vas a la implementación de equipamiento, redes informáticas para los centros educativos y conexión de los mismos, lo cual constituye un objetivo del Proyecto Huascarán; Que, en consecuencia es necesario desactivar la Uni- dad de Redes de Informática Educativa de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación, del Viceminis- terio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación y transferir sus funciones al Proyecto Huascarán; De conformidad con el Artículo 11º del Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Ministerio de Educación; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Transfiéranse al Proyecto Huascarán las funciones de la Unidad de Redes de Informática Educati- va, así como sus recursos presupuestales y financieros, acervo documentario, patrimonio y recursos humanos, para lo cual el Ministerio de Educación efectuará los trámites correspondientes. Artículo 2º.- Reubíquese la Unidad de Redes de Informá- tica Educativa de la Oficina de Apoyo a la Administración de la Educación, del Viceministerio de Gestión Institucional del Mi- nisterio de Educación, a la que se refiere el Artículo 14º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-96-ED. Artículo 3º.- Facúltase al Ministerio de Educación para que, mediante Resolución Ministerial, dicte las medidas com- plementarias que resulten necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Deróganse y modifícanse todas las dis- posiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Minis- tro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de marzo del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros NICOLÁS LYNCH GAMERO Ministro de Educación 4304ENERGÍA Y MINAS Autorizan viaje de profesionales del Instituto Geológico Minero y Metalúrgi- co a Japón, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2002-EM/DM Lima, 22 de febrero de 2002 Visto el Oficio Nº 017-2002-INGEMMET/PCD, de fecha 8 de febrero de 2002, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, solicitando autorización de viaje para dos funcionarios; CONSIDERANDO: Que, en el mes de febrero de 2001, se firmó el Memo- rándum de Entendimiento entre el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET y la Mitsui Mining and Smelting Co. Ltd. (MMS) del Japón, para efectuar estudios conjuntos del Proyecto "Aplicación de Técnicas de Sensores Remotos y Sistemas de Información Geográfica en la Evaluación Geo- lógica del Área Central de la República del Perú"; el que ha concluido en el mes de diciembre de 2001 y cuyo informe final deberá ser terminado en el mes de marzo de 2002; Que, Mitsui Mineral Development Engineering Co. Ltd. - MINDECO, subsidiaria de MMS, mediante Carta de fe- cha 1 de febrero de 2002, ha invitado a dos (2) profesiona- les del INGEMMET para que viajen al Japón, del 2 al 9 de marzo de 2002, a fin de evaluar los resultados de los estu- dios del proyecto mencionado, discutir el informe final y delinear nuevas cooperaciones; Que, el Consejo Directivo del INGEMMET, en su Se- sión Nº 693, de fecha 7 de febrero de 2002, aprobó el viaje de los Ings. Hugo Rivera Mantilla, Director Ejecutivo y Héc- tor Zárate Olazábal, Ingeniero II, Jefe de Brigada del Insti- tuto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, a Ja- pón, del 2 al 9 de marzo de 2002, para participar en las actividades señaladas en el considerando precedente; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el Decreto Su- premo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Su- premo Nº 053-2001-PCM y por la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de los Ings. Hugo Rive- ra Mantilla, Director Ejecutivo y Héctor Zárate Olazábal, Ingeniero II, Jefe de Brigada del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, a Japón, del 2 al 9 de marzo de 2002, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por Mitsui Mi- ning and Smelting Co. Ltd. - MMS y Mitsui Mineral Develo- pment Engineering Co. Ltd. - MINDECO. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de de- rechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 3842 MITINCI Autorizan viaje del Presidente de la Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal del INDECOPI a Panamá para participar en la XIV Reunión del Grupo de Negociación sobre Propiedad Intelectual del ALCA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2002-ITINCI/DM Lima, 22 de febrero de 2002