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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2002 (08/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 218968 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que el Estado Peruano, consecuente con los compro- misos asumidos al ratificar la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y sus Protocolos Fa- cultativos, así como el suscribir la Declaración de la Cum- bre Mundial a favor de la Infancia, la Declaración Mundial sobre la Supervivencia, Protección y Desarrollo del Niño y demás Acuerdos y Convenios Internacionales sobre la In- fancia y Adolescencia, elabora y pone en práctica periódi- camente Planes de Acción por la Infancia, con la finalidad de conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes peruanos y proponer las medidas encaminadas a mejorar significativamente su calidad de vida y propiciar su desa- rrollo integral; Que conforme a las atribuciones señaladas en el Có- digo de los Niños y Adolescentes y su Ley Orgánica, le compete al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano articular y orientar las acciones de todos los Sectores e Instituciones de nuestra Sociedad a favor de la niñez y la adolescencia a fin de promover, proteger y hacer efectivos los derechos de las niñas, ni- ños y adolescentes, en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Atención Integral del Niño y el Ado- lescente; Que en cumplimiento de sus funciones correspon- de al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano convocar a los Sectores e Instituciones que conforman el Sistema Nacional de Atención Inte- gral del Niño y el Adolescente, con la finalidad de ela- borar el Plan Nacional de Acción por la Infancia, docu- mento que definirá las políticas, acciones, programas y estrategias a asumir y ejecutar por los diferentes Sec- tores e Instituciones del Estado y la Sociedad Civil, a efectos de lograr una promoción de la igualdad de opor- tunidades y el cumplimiento de los derechos humanos de las Niñas, Niños y Adolescentes Peruanos, consi- derando las diferentes edades evolutivas de esta po- blación; Que en tal sentido el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano ha elaborado con el apoyo de los Sectores e Instituciones Públicas y Privadas a nivel nacio- nal, los Lineamientos y una Propuesta del Plan Nacional de Acción por la Infancia 2001-2010, resultando necesario constituir una Comisión Multisectorial encargada de anali- zar la propuesta y recoger los aportes que conlleven a con- tar con un Plan Nacional de Acción por la Infancia consen- suado y validado por los Sectores e Instituciones involu- crados; De conformidad con lo dispuesto en la Convención de los Derechos del Niño, la Ley Nº 27337, el Decreto Legis- lativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 98-PROMUDEH; Y estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir la Comisión Multisectorial encargada de la elaboración del Plan Nacional de Ac- ción por la Infancia 2001 - 2010, la cual estará confor- mada por los representantes de las siguientes Institu- ciones: - Dos representantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, uno de los cuales la presi- dirá; - Dos representantes del Ministerio del Interior, debien- do ser uno de ellos representante de la Prefectura de Lima; - Un representante del Ministerio de Educación; - Un representante del Ministerio de Trabajo; - Un representante del Ministerio de Justicia; - Un representante del Ministerio de Salud; - Un representante del Poder Judicial; y, - Un representante del Ministerio Público. Artículo 2º.- La Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, actuará como Secretaría Técnica de la mencionada Comisión. Artículo 3º.- Las Instituciones citadas en el Artículo 1º de la presente Resolución, designarán a sus representantes en el término de cinco (5) días contados a partir de la pu-blicación de la misma, mediante Oficios dirigidos al Des- pacho Ministerial del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. La Comisión tendrá la facultad de invitar a especialis- tas y representantes de diversas Instituciones del Sec- tor Público y Privado para el cumplimiento de sus fi- nes, y solicitar de éstos la información adicional que requiera. Artículo 4º.- La Comisión tendrá un plazo máximo de treinta (30) días, contados desde su instalación para la pre- sentación final del Plan Nacional de Acción por la Infancia 2001 - 2010. Dicho Plan será aprobado mediante Decreto Supremo del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, debiendo ser publicado en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de circulación nacional, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3º de la Ley Nº 27666. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 4632 Aceptan renuncia de miembro del Con- sejo Directivo de COOPOP RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2002-PROMUDEH Lima, 7 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Suprema Nº 301-2001- PROMUDEH de fecha 31 de octubre del 2001 se de- signó al señor Isais Flit Stern como Miembro del Con- sejo Directivo de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, Organismo Público Descentraliza- do del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano; Que el citado funcionario ha presentado renuncia a la referida designación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, Decreto Supremo Nº 006-2001-PROMU- DEH; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha la renun- cia presentada por el señor ISAIS FLIT STERN a la designación como Miembro del Consejo Directivo de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PRO- MUDEH, dándosele las gracias por los servicios pres- tados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 4633