Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2002 (08/03/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de marzo de 2002

negociaciones del Area de Libre Comercio de las Americas; Que, es conveniente autorizar la participacion de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales en dichos eventos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0532001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Angell Bessombes, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, del 9 al 14 de marzo de 2002, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales asista y participe en las reuniones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US $ 413.00 US $ 1,000.00 US $ 25.00

rismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales asista y participe en las reuniones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial no irrogara gastos al Estado. Articulo 3º.- Dentro de los quince dias posteriores a la realizacion del viaje, el funcionario presentara ante el Titular del Sector un Informe sobre su participacion en las reuniones a las que asiste. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 4556

JUSTICIA
Aprueban procedimiento que regula diagnostico y/o saneamiento fisico legal de bienes inmuebles de Entidades Publicas
DECRETO SUPREMO Nº 008-2002-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias posteriores a la realizacion del viaje, el funcionario presentara ante el Titular del Sector un Informe sobre su participacion en las reuniones a las que asiste. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 4555

Autorizan viaje de funcionaria a Suiza para participar en la Reunion Extraordinaria del Consejo de Comercio de Servicios de la Organizacion Mundial de Comercio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 086-2002-ITINCI/DM
MORDAZA, 6 de marzo de 2002 Visto, el Memorandum Nº 95-2002-MITINCI/VMINCI del Viceministro de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Ginebra-Suiza, se llevara a cabo la Reunion Extraordinaria del Consejo de Comercio de Servicios de la Organizacion Mundial de Comercio - OMC y el "Simposium de Evaluacion del Comercio de Servicios", del 11 al 22 de marzo de 2002; Que, es conveniente autorizar la participacion de un representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales en dichos eventos; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619, Decreto Ley Nº 25831 y Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 0532001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionaria del Viceministerio de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la MORDAZA de Ginebra-Suiza, del 9 al 23 de marzo de 2002, para que en representacion del Ministerio de Industria, Tu-

Que, por Decreto Legislativo Nº 803, complementado por la Ley Nº 27046, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, se creo la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI; Que, COFOPRI de acuerdo a lo establecido por el Articulo 3º inciso c) literal g) del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 803 tiene entre sus facultades la de celebrar todo MORDAZA de convenios, contratos y acuerdos con instituciones nacionales, encontrandose en posibilidad de obtener recursos propios por la prestacion de sus servicios a titulo oneroso conforme lo dispone el Articulo 6º inciso b) de la misma MORDAZA, asi como tambien las que le MORDAZA asignadas por otras normas; Que, luego de varios anos de experiencia en la aplicacion del Programa de Formalizacion de la Propiedad a nivel nacional, se ha detectado que numerosas entidades del Estado cuentan con bienes inmuebles, que carecen de saneamiento fisico y legal, situacion que impide el mejoramiento, ampliacion y/o cualquier otro acto vinculado a la promocion de Inversiones; Que, es importante que las entidades del Estado cuenten con infraestructura completamente saneada, titulada e inscrita a su nombre en representacion del Estado, que permita no solo el mejoramiento y ampliacion de las construcciones y edificaciones realizadas, sino tambien el acceso a diversas MORDAZA de financiamiento interno y externo para los objetivos y fines propios de cada entidad estatal; Que, asimismo, en los Proyectos de Inversion en Obras de Infraestructura y Servicios Publicos del Estado, a cargo de la Comision de Promocion de la Inversion Privada COPRI, se requiere que los predios en los que se van a ejecutar los mismos se encuentren saneados fisica y legalmente; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese el procedimiento que regula el diagnostico y/o saneamiento fisico legal de los bienes inmuebles de Entidades Publicas, inclusive de aquellos involucrados en los Proyectos de Inversion en Obras de Infraestructura y Servicio Publico del Estado, que consta de 6 (seis) articulos y 2 (dos) disposiciones finales. Articulo 2º.- Autoricese a COFOPRI a celebrar convenios, contratos y/o acuerdos que resulten necesarios para la ejecucion de los procedimientos a que se refiere el articulo anterior.

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