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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2002 (08/03/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 218956 NORMAS LEGALES Lima, viernes 8 de marzo de 2002 Pública a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones judiciales a que hubiere lugar contra los ex funcionarios del CTAR SAN MARTÍN, Econ. Luis Alberto Cepeda Aranda, Ing. Julio Hernán Soto Pacheco, Ing. Segundo Morillos Cabel, Ing. José del Carmen Pizarro Baldera, Dr. Alberto Ríos Ramí- rez, Ing. Marino Gonzales Rojas, Ing. José Luis Vela Gue- rra, Prof. Yolanda Rojas Vargas y Econ. Deyner Lezcano Minchón, en mérito al Informe Especial Legal Nº 004-2000- CTAR-SM/GRAI, denominado "Responsabilidad Civil De- terminadas en la Ejecución de Obras: Electrificación de San Miguel del Río Mayo y Construcción de Infraestructu- ra Deportiva Educativa Ayaymama"; Que, con respecto a la obra "Electrificación de San Mi- guel del Río Mayo" se desprende de la documentación ad- ministrativa - financiera que existió un saldo a cargo del Contratista por la suma de S/. 8 563,07 por haber hecho la Gerencia Regional de Administración del CTAR SAN MAR- TÍN la devolución injustificada del 75% del Fondo de Ga- rantía sin haber practicado la liquidación final de la obra; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 192- 98-CTAR-SM/PE de fecha 14 de julio de 1998 se resolvió la intervención económica de la referida obra, detectán- dose posteriormente la inobservancia de una serie de me- didas de control por los funcionarios del CTAR SAN MAR- TÍN, lo cual trajo como consecuencia un sobre pago por concepto de Gastos Generales y Utilidades que corres- ponden al Contratista, perjudicando económicamente a la Entidad con la suma de S/. 11 958,32, según se comprue- ba en el Informe Nº 003-99-CTAR-SM/SGSyL, la Nota Infor- mativa Nº 092-98-CTAR-SM/GO, el Informe Nº 006-98- CTAR-SM/SGO, el Memorando Nº 044-98-CTAR-SM/ORAJ y Memorando Nº 265-98-CTAR-SM/GO; Que, en cuanto se refiere a la segunda obra denomina- da "Construcción de Infraestructura Deportiva - Educativa Ayaymama", al haberse suscrito el Contrato de Ejecución de Obra Nº 012-98-CTAR-SM/P, en el cual se estableció que el Contratista ejecutaría toda la obra, sin embargo pese a ello, el Secretario Técnico de la entidad, Econ. Deyner Lezcano Minchón, por recomendación de la Gerencia Re- gional de Operaciones mediante el Memorando Nº 584- 98-CTAR.SM/ST al Director Regional de Administración, Econ. Luis Cepeda Aranda, ordenó la contratación del Ing. Luis Santiago Rocha Díaz para realizar funciones de con- trol de calidad de las estructuras metálicas de soporte a la cobertura del techo de la obra, pagándole por sus servi- cios la suma de S/. 4 500,00, lo cual no resultaba proce- dente ya que según la cláusula Tercera del Contrato de Ejecución de Obra le correspondía al Contratista; Que, igualmente se ha determinado del análisis de la documentación sustentatoria de la construcción e inspec- ción física de la referida obra, que por recomendaciones hechas a través del Informe Nº 001-98-LSRD/CTAR-SM, la Subgerencia de Supervisión y Liquidación mediante el Informe Nº 091-98-CTAR-SM/SGSyL, propone el cambio de especificaciones técnicas en la Partida 5.12, de cober- tura de planchas de Eternit por la de planchas de aluminio con capa doble de plastificación y asfalto, a la Gerencia Regional de Operaciones, quien por falta de criterio técni- co y la poca participación del Inspector de la Obra no se pone de acuerdo con el Contratista por generarse un adi- cional máximo de 3.92%, autorizándose por Oficio Nº 107- 98-CTAR-SM/GO se ejecute la Partida en mención, de acuerdo al expediente técnico original, lo que ha motivado la mala calidad de la obra, siendo necesario cambiar la cobertura por un monto de S/. 150 000,00, lo que afecta económicamente al CTAR SAN MARTÍN; Que, el Inc. f) del Artículo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, señala que los in- formes y/o dictámenes emitidos por cualquier órgano del Sistema de Control constituye prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales a que hubiere lugar; por lo que en mérito a ello se hace necesa- rio autorizar a la Procuradora Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interpo- ner las acciones legales correspondientes contra los ex funcionarios anteriormente mencionados; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurí- dica; De conformidad con el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Su- premo Nº 011-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presiden-cia, para que en nombre y representación del Estado, in- terponga las acciones legales a que hubiere lugar contra los ex funcionarios comprendidos en el Informe Especial Legal Nº 004-2000-CTAR-SM/GRAI y los que resulten res- ponsables, por los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Pública del sector, para los fines dispuestos por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de la Presidencia 4510 Aprueban donación de bienes a favor del CTAR Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 087-2002-PRES Lima, 6 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Presidencia es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley Orgánica aprobada por Decreto Ley Nº 25556, modifi- cado por Decreto Ley Nº 25738, que tiene entre sus fun- ciones atender las necesidades de la población, a través del desarrollo de obras de infraestructura básica y progra- mas sociales; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 092-2000 se dio por concluida la ejecución del Proyecto 1083 "Cons- trucción y Rehabilitación de Instalaciones Institucionales" del Ministerio de la Presidencia; Que, mediante el dispositivo a que se refiere el consi- derando precedente, se dejó sin efecto la afectación en uso, a favor del Ministerio de la Presidencia, del inmueble ubicado en la Calle Siete Nº 229, Rinconada Baja, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, registra- do a nombre de la Superintendencia de Bienes Naciona- les, en las Fichas Nºs. 100958 y 100959, del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, autorizándose al PRES, en- tre otros, a utilizar y disponer de los bienes y/o equipos descritos en el Anexo Nº 01 del referido Decreto de Urgen- cia; Que, existen materiales de construcción y herramien- tas que fueron adquiridos para la ejecución del Proyecto 1083: "Construcción y Rehabilitación de Instalaciones Institucionales", los cuales se encuentran detallados en los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución; Que, el Consejo Transitorio de Administración Regional, CTAR Lima, es un Organismo Público Descentralizado del Ministerio de la Presidencia, que tiene como finalidad promo- ver e impulsar el desarrollo socioeconómico sostenido y ar- mónico del departamento de Lima, revalorando sus patrones culturales, la prestación de los servicios públicos y administrati- vos e impulsando las obras de infraestructura básica, mejo- rando la calidad de vida de la población y promoviendo la participación de la inversión privada; Que, el Ministerio de la Presidencia ha decidido donar al CTAR Lima, los bienes a que se refiere el cuarto consi- derando de la presente Resolución; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Administración del Ministerio de la Presidencia; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Orgá- nica del Ministerio de la Presidencia, el Decreto Supremo Nº 011-2001-PRES, Reglamento de Organización y Fun- ciones del Ministerio de la Presidencia y el Decreto Supre- mo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar y aceptar la donación de los bie- nes que se detallan en los Anexos I y II, que forman parte integrante de la presente Resolución, valorizados en S/. 305 269,90 (Trescientos Cinco Mil Doscientos Sesenta y Nueve con 90/100 Nuevos Soles), a favor del Consejo Tran- sitorio de Administración Regional, CTAR Lima, para ser destinados en la atención de los requerimientos de infra- estructura básica a cargo de dicha entidad.