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Pág. 219183 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de marzo de 2002 Autorizan a Rímac Internacional Compa- ñía de Seguros y Reaseguros el traslado de agencia ubicada en la provincia de Trujillo RESOLUCIÓN SBS Nº 224-2002 San Isidro, 7 de marzo de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por RÍMAC INTERNACIONAL Compañía de Seguros y Reaseguros, para que se le autorice el traslado de su agencia ubicada en jirón Bolívar Nº 629, de la ciudad y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, hacia la calle Pedemonte y Talavera Nº 108 y Nº 102 esquina con la avenida Jesús de Nazareth Nº 305, urbanización San Andrés, Primera Etapa, de la misma localidad; y, CONSIDERANDO: Que la referida empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el traslado solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Análi- sis y Supervisión del Sistema de Seguros, Cajas y Derra- mas "A", mediante Informe Nº 029-2002-ISA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias, y la Circular Nº S-569-97; y en virtud de la facultad delegada por la Re- solución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Reso- lución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar, a la empresa RÍMAC INTERNACIONAL COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGU- ROS, el traslado de su agencia ubicada en jirón Bolívar Nº 629, de la ciudad y provincia de Trujillo, departamento de La Liber- tad, hacia la calle Pedemonte y Talavera Nº 108 y Nº 102 esqui- na con la avenida Jesús de Nazareth Nº 305, urbanización San Andrés, Primera Etapa, de la misma localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 4807 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de adjudicación di- recta selectiva la adquisición de equipos de audio y videoconferencia para la Uni- versidad Nacional de Huancavelica UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 491-2001-R-UNH Huancavelica, diciembre 27 del 2001 VISTO; El Informe Técnico Nº 009-2001-DUL-VRADM-UNH, Opinión Legal Nº 184-2001-OAJ-R-UNH (27.12.01), res- pecto a la propuesta de exoneración de Adjudicación Di- recta Selectiva de los equipos de Audio y Videoconferencia. Hoja de Trámite Nº 4239-2001-R-UNH (27.12.01), para la emisión de Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú y Artículo 1º de la Ley Universitaria Nº 23733, la Universidad Nacional de Huanca- velica, goza de autonomía académica, normativa, guberna- mental, administrativa y económica dentro de la Ley; Que, mediante Resolución Nº 490-2001-R-UNH. de fe- cha 26.12.01, se cancela el proceso de adjudicación direc- ta selectiva de los equipos de Audio y Videoconferencia; Que, de acuerdo al Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 012-2001-PCM en su Artículo 19º señala respecto a la Exoneración de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa: "Están exonerados los procesos de licitación pública, concur- so público o adjudicación directa, según sea el caso, las ad- quisiciones y contrataciones que se realicen: Inciso f) Cuan- do los bienes o servicios no admiten sustitutos"; Que del Informe Técnico se desprende que por las ca- racterísticas técnicas especificadas en el expediente los equipos previstos son únicos en el mercado Nacional, y que se corrobora con la Opinión Legal, en el sentido que es factible la exoneración de Selección de Adquisición de Equipos y Accesorios de Videoconferencia y que de no conseguir en una segunda convocatoria los postores míni- mos de acuerdo al Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado conllevaría a rever- sión al Tesoro Público y una nueva programación para el próximo año, que en cuestión de costos también implica alza de precios por ende mayor inversión; En uso a las atribuciones que le confiere al Titular del Pliego, al amparo de la Ley Universitaria Nº 23733 y Esta- tuto vigente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXONERAR del Proceso de Adju- dicación Directa selectiva, porque los bienes requeridos de acuerdo a las especificaciones técnicas son únicas y por tratarse de un bien sofisticado. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Universi- taria de Logística, la ejecución de adquisición de los equipos de Audio y Videoconferencia, especificadas en el expediente técnico aprobado mediante Resolución Nº 421-2001-R-UNH. Artículo Tercero.- Aféctese los egresos del presupuesto Institucional, aprobado con D.L. Nº 909-2000 - Ley del Pre- supuesto del Sector Público para el Ejercicio Fiscal 2001 y a la estructura funcional programática correspondiente de Recursos ordinarios. Artículo Cuarto.- PONER en conocimiento de la Con- traloría General de la República. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la pre- sente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN HUAYLLANI MOSCOSO Rector 4800 Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacio- nal de Huancavelica para el año 2002 UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA RECTORADO RESOLUCIÓN Nº 053-2002-R-UNH Huancavelica, 5 de febrero de 2002 VISTOS: El Oficio Transcriptorio Nº 037-2002-SEGE-R-UNH, Oficio Nº 057-2002-DUL-VRADM-UNH, y el Acuerdo Nº 01 de Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 12- 2001-PCM, cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adqui- siciones y Contrataciones. Dicho Plan debe prever los bienes y servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio pre- supuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, de conformidad con el Artículo 5º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aproba- do por Decreto Supremo Nº 13-2001-PCM, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, tendrá en cuenta las necesi- dades de bienes y servicios en general de cada una de las dependencias de la Entidad en función de sus respectivas metas, señalando las prioridades, la programación respecti- va y un perfil genérico de las especificaciones técnicas; Que el Plan de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por el Titular del Pliego, sujetarse a las reglas del Artículo 7º del Reglamento y contener la información mínima establecida en el artículo del mismo cuerpo legal y la Directi-