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Pág. 219172 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de marzo de 2002 PROMUDEH Aceptan renuncia de Jefe de la Oficina de Informática del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2002-PROMUDEH Lima, 11 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 461-2001-PRO- MUDEH de fecha 26 de diciembre del 2001 se designó al señor Emilio Vicente Ramos en el cargo de Jefe de la Oficina de Informática del Programa Nacional de Asistencia Alimen- taria - PRONAA, Organismo Público Descentralizado del Mi- nisterio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMU- DEH y Resolución Ministerial Nº 463-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar a partir de la fecha, la renun- cia presentada por el señor EMILIO VICENTE RAMOS al cargo de Jefe de la Oficina de Informática del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, Organis- mo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, dán- dosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 4858Designan Jefe de la Oficina de Informática del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2002-PROMUDEH Lima, 11 de marzo de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMUDEH se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, Or- ganismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, el mismo que establece la nueva estructura orgánica del referido Programa; Que se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofici- na de Informática del Programa Nacional de Asistencia Ali- mentaria - PRONAA; Que resulta necesario designar al funcionario que ocu- pe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, Decreto Supremo Nº 010-2001-PROMU- DEH y Resolución Ministerial Nº 463-2001-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, al señor FREDERICH ACKERMANN SMITH en el cargo de Jefe de la Oficina de Informática del Programa Nacional de Asis- tencia Alimentaria - PRONAA, Organismo Público Descen- tralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del De- sarrollo Humano - PROMUDEH. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 4859R.D. Nº 161-2002-PE/DINSECOVI Declara inadmisible la solicitud de EMPRESA PESQUERA SIBAR E.I.R.L., al beneficio de pago establecido en la R.M. Nº 304-2001-PE, y declara improcedente el recurso de reconsideración contra la R.D. 357-2001-PE/ DINSECOVI, los documentos alcanzados no reúnen la calidad de prueba nueva. R.D. Nº 162-2002-PE/DINSECOVI Multa de 4 UIT a SOLMAR EMPRESA PESQUERA S.A., por obstaculizar las labores de inspección. R.D. Nº 163-2002-PE/DINSECOVI Multa de 2 UIT a CORPORACIÓN PESQUERA SAN FRANCISCO S.A., por procesar 190,748 TM del recurso hidrobiológico anchoveta con 13,7% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. R.D. Nº 164-2002-PE/DINSECOVI Multa de 3 UIT a PESQUERA FAGPEZA S.R.L., por extraer 277,305 TM del recurso hidrobiológico anchoveta con 19,44% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. E/P DOÑA ADDY. R.D. Nº 165-2002-PE/DINSECOVI Multa de 5,56 UIT a CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A., por llevar a bordo aparejo de pesca no autori- zado de acuerdo a su permiso de pesca otorgado. E/P INCA 3. R.D. Nº 166-2002-PE/DINSECOVI Multa de 5 UIT a AUSTRAL GROUP S.A.A., por procesar 171,840 TM y 244,730 TM del recurso hidrobiológico anchoveta con 12% y 15,5%, respectivamente, de ejemplares en tallas menores a las permitidas. R.D. Nº 167-2002-PE/DINSECOVI Multa de 4,97 UIT a CLEOFE GUTIERREZ FLORES, LUCIA MARCELINA PEREZ ARCE DE GUTIERREZ y CESAR EMILIO PEREZ BAZALAR, por extraer 24,84 TM de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina dentro de las 5 millas marinas de la costa. E/P MARCO ANTONIO. R.D. Nº 168-2002-PE/DINSECOVI Multa de 2 UIT a AUSTRAL GROUP S.A.A., por extraer 171,84 TM del recurso hidrobiológico anchoveta con 12% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. E/P CUBAGUA. R.D. Nº 169-2002-PE/DINSECOVI Multa de 67,5 UIT a CORPORACIÓN FISH PROTEIN S.A., por obstaculizar las labores de inspección. R.D. Nº 170-2002-PE/DINSECOVI Multa de 105 UIT a PESQUERA EXALMAR S.A., por procesar 700 TM del recurso hidrobiológico anchoveta en época de veda. R.D. Nº 171-2002-PE/DINSECOVI Multa de 0,5 UIT a ANICO S.A., por obstaculizar las labores de inspección. R.D. Nº 172-2002-PE/DINSECOVI Multa de 75 UIT a PESQUERA EXALMAR S.A., por procesar 500 TM del recurso hidrobiológico anchoveta en época de veda. R.D. Nº 173-2002-PE/DINSECOVI Multa de 2,08 UIT a ANICO S.A., por llevar a bordo aparejo de pesca no autorizado de acuerdo a su permiso de pesca otorgado. E/P ANICO II. R.D. Nº 174-2002-PE/DINSECOVI Multa de 0,5 UIT a LORENZO FIESTAS ESPINOZA, por extraer 5 TM del recurso hidrobiológico anchoveta sin contar con permiso de pesca. E/P JOSÉ OTILIO IV. R.D. Nº 175-2002-PE/DINSECOVI Multa de 27,53 UIT a FÁBRICA DE CONSERVAS ISLAY S.A., por recepcionar 183,550 TM del recurso hidro- biológico anchoveta durante el período de suspensión. R.D. Nº 176-2002-PE/DINSECOVI Multa de 3 UIT a INVERSIONES EL PLEBEYO S.R.L., por extraer 274,55 TM del recurso hidrobiológico anchoveta con 23,4% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. E/P PLEBEYO. R.D. Nº 177-2002-PE/DINSECOVI Multa de 2 UIT a RICARDO MERINO VINCES, por extraer 39,26 TM del recurso hidrobiológico anchoveta con 42,8% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. E/P NIÑA. R.D. Nº 178-2002-PE/DINSECOVI Multa de 3 UIT a CONSORCIO PESQUERO CAROLINA S.A., por procesar 141,460 TM del recurso hidrobio- lógico anchoveta con 33,58% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. 4794